Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2010 (02/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de setiembre de 2010

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Disponen la desafectacion de bien de uso publico ubicado en el Asentamiento Humano Proyecto Especial Huaycan, distrito de Ate
ORDENANZA N° 1420 EL MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 12 de agosto del 2010, el Dictamen Nº 112-2010-MML-CMDUVN de la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura y el Dictamen Nº 080-2010-MML-CMAL de la Comision Metropolitana de Asuntos Legales. Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE DESAFECTA UN BIEN DE USO PUBLICO EN EL DISTRITO DE ATE Articulo Unico.- Desafectar el Uso del Suelo del terreno cuya area es de 839.29 m2, constituido por el area de Equipamiento MORDAZA ­ Recreacion Publica en el lote 158 y en el lote 159 que forman parte del Plano del Trazado de Lotizacion de la UCV 47 B ­ MORDAZA C ­ Primera Etapa del Asentamiento Humano Proyecto Especial Huaycan, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de MORDAZA, y Asignarle el uso de Vivienda, de conformidad con calificacion Residencial de Densidad Media ­ RDM vigente, y aprobado mediante Ordenanza Nº 1099-MML del 12 de diciembre del 2007. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, 13 AGO. 2010. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 537292-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Declaran en emergencia el MORDAZA Manchay
ACUERDO DE CONCEJO Nº 038-2010-MDP/C MORDAZA, 17 de agosto del 2010 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA VISTO: En Sesion Extraordinaria de fecha 17 de agosto del 2010, sobre declaracion en Emergencia por riesgo inminente por deterioro del MORDAZA Manchay ubicado en la Progresiva 17+00 en colindancia entre el distrito de MORDAZA y Cieneguilla provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de Gobierno Local y personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia,

en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, el Articulo 195º de la MORDAZA constitucional citada, senala que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo, siendo competentes para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulacion y transito; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, senala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion Que, sub - numeral 1.8 y 2.1 del numeral 1) y 2) del Articulo 73º en concordancia con el sub-numeral 1.4 del numeral 1 del Articulo 81º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" en materia de Servicios Publicos Locales, los gobiernos locales ejercen como funciones especificas exclusivas y compartidas en lo que respecta a MORDAZA, viabilidad, circulacion y transporte publicos, el de normar y regular el transporte de carga e identificar las vias y rutas establecidas para tal objeto y en materia de Organizacion del Espacio Fisico- Uso de Suelo, ejercen la funcion compartida de promover la ejecucion de las obras de infraestructura MORDAZA y rural en el que sea indispensable para el desenvolvimiento de la MORDAZA del vecindario, el transporte y comunicacion en el distrito, tales como pistas, vias, puentes y obras similares en coordinacion con la municipalidad provincial respectiva conforme lo establece el Sub. numeral 4.1 del numeral 4 del Articulo 79º de la MORDAZA acotada; Que, con Informe Nº 0284-2010-MDP/SGDC de fecha 04 de agosto del 2010 e Informe Nº 0237-2010-MDP/SGDC de fecha 16 de junio del 2010 la Sub Gerencia de Defensa Civil, informa sobre el serio deterioro que viene sufriendo el MORDAZA de Manchay y que efectuada la verificacion in situ presenta fisuras diagonales y verticales, asimismo indica que en estos ultimos meses se viene incrementando el pase de vehiculos en forma alarmante que cruzan por el MORDAZA, entre ellos vehiculos con carga pesada que transportan material de construccion de las canteras por lo que propone la emision de una MORDAZA municipal que restrinja el pase vehicular de vehiculos de carga pesada mayores a 8.5 TH hasta que se cuente con el debido mantenimiento; Que, con Informe Nº 0118-2010-MDP/GDUR e Informe Nº 0125-2010-MDP/GDUR, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural, informa respecto a la realizacion y programacion de los operativos conjuntamente con la Policia Nacional a los vehiculos de transporte pesado, los mismos que vienen causando perjuicios en la estructura del MORDAZA Manchay, asimismo, sugiere la "Declaracion en Emergencia" a efectos de restringir el paso de unidades vehiculares de carga con un peso mayor a 20 toneladas, de igual modo, indica que no existe rutas alternas de desvio por esta jurisdiccion; Que, es pertinente adoptar las acciones inmediatas a efectos de prevenir y evitar algun siniestro que se pudiera producir y lamentar, coadyuvando a redisenar e implementar los mecanismos de seguridad permanente, asi como restringir, controlar, y/o exigir que los vehiculos de carga pesada cumplan con circular por las vias autorizadas, en concordancia con las normas de MORDAZA, viabilidad, circulacion y transporte vigentes. Dichas acciones deberan realizarse en forma conjunta, por ser de competencia exclusiva y compartida entre el Ministerio de Transporte y Comunicaciones y la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Informe Nº 176-2010-MDP/OAJ, la Oficina de Asesoria Juridica, senala que de acuerdo a lo informado por las areas tecnicas de Defensa Civil, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural y la Sub Gerencia de Transporte y Ordenamiento Vial opina someter a consideracion del Pleno del Concejo Municipal para su debate y aprobacion "la declaracion de emergencia por riesgo inminente por deterioro del MORDAZA Manchay ubicado en la Progresiva 17+00 en colindancia entre el Distrito de MORDAZA y Cieneguilla provincia y departamento de Lima", conforme a las atribuciones del Concejo Municipal senaladas en el numeral 8) del Articulo 9º y Articulo 41º de la Ley Nº 27972; Que, segun el Articulo 41º de la Ley Nº 27972, los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; En uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del Articulo 9° y el Articulo 41° de la Ley Nº 27972 ­ "Ley

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