Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2010 (02/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 537272-5 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 221-2010/SBN-GO-JAR San MORDAZA, 25 de agosto del 2010 Visto el Expediente N° 182-2010/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 14 604,97 m², ubicado al este del Asentamiento Humano, Centro Poblado 6 de MORDAZA y al norte de Zapallal "El Dorado" ­ Sector B, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 14 604,97 m², ubicado al este del Asentamiento Humano, Centro Poblado 6 de MORDAZA y al norte de Zapallal "El Dorado" ­ Sector B, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante Informe Tecnico Nº 4599-2010SUNARP-Z.R.Nº.IX/OC, de fecha 26 de MORDAZA de 2010, la Oficina Registral de MORDAZA, senala que el terreno en consulta se encuentra en zonas donde no se cuenta con informacion grafica de antecedentes registrales; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 16 de junio de 2010, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza, de forma irregular, presenta una topografia de pendiente accidentada, de suelo de textura arcillosa y rocosa, se encuentra desocupado y el acceso es por la parte este del Asentamiento Humano, Centro Poblado 6 de Abril; Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 14 604,97 m², de conformidad con el Articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion N° 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/ SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolucion Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestion Inmobiliaria y Supervision a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identificar

los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, "Estatuto de la SBN" y Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 507 -2010/SBN-GO-JAR, de fecha 20 de MORDAZA de 2010; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 14 604,97 m², ubicado al este del Asentamiento Humano, Centro Poblado 6 de MORDAZA y al norte de Zapallal "El Dorado" ­ Sector B, en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 537272-6

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Aprueban 1 NTP de Acuicultura y dejan sin efecto 1 NTP de la misma materia
RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 16-2010/CNB-INDECOPI MORDAZA, 11 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 28º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Articulos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta MORDAZA Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comites Tecnicos de Normalizacion; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la

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