Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2010 (02/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, jueves 2 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

424907

Organica de Municipalidades", con el MORDAZA UNANIME de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se: ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en Emergencia por riesgo inminente por deterioro del MORDAZA Manchay ubicado en la Progresiva 17+00 en colindancia entre el distrito de MORDAZA y Cieneguilla provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- EXHORTAR al Ministerio de Transporte y Comunicaciones tomar las medidas inmediatas para el mantenimiento y/o reconstruccion del MORDAZA Manchay ubicado en la Progresiva 17+00 en colindancia entre el Distrito de MORDAZA y Cieneguilla. Articulo Tercero.- EXHORTAR a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA la prohibicion y control de la circulacion de los vehiculos de carga pesada que transitan y/o cruzan el MORDAZA Manchay ubicado en la Progresiva 17+00 "Av. MORDAZA Malasquez" en colindancia entre el distrito de MORDAZA y Cieneguilla. Articulo Cuarto.- EXHORTAR a la Municipalidad Distrital de Cieneguilla efectuar la fiscalizacion y control MORDAZA de las canteras que explotan, venden material de construccion sin autorizacion dentro de su jurisdiccion. Articulo Quinto.- AUTORIZAR al Procurador Publico Municipal hacer la denuncia penal ante la fiscalia de prevencion del delito contra los que resulten responsables con el fin de evitar que ocurra algun siniestro. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural, Gerencia de Servicios a la MORDAZA, Sub Gerencia de Transporte y Ordenamiento Vial y la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, el fiel cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 537584-1

obstante conforme al informe de vistos, existen solicitudes de los vecinos porque se amplie la vigencia del beneficio, y de parte de la administracion tributaria disposicion por corresponder, por lo que resulta necesario prorrogar la vigencia de dicho beneficio; Estando a lo expuesto, y con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal, en uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del articulo 20º de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria, establecido en la ordenanza N° 197-MDSM hasta el 18 de setiembre de 2010, bajo los mismos terminos precisados en el Decreto de Alcaldia Nº 014-2010-MDSM. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, las Subgerencias de Tesoreria e Informatica, y a la Gerencia de Imagen Institucional. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 537770-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Reducen tasas previstas en el MORDAZA respecto a los procedimientos de obtencion de Licencia de Funcionamiento y suprimen el Procedimiento Nº 02 denominado "Declaracion Jurada Anual de permanencia en el giro"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2010-MDB-AL Bellavista, 26 de febrero de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Informe N° 019-2010-MUDIBE-ODECT de la Oficina de Desarrollo Economico y Cooperacion Tecnica, el Informe N° 019-2010-MUDIBE/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 041-2010MDB-OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28976, Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento establece el MORDAZA juridico aplicable al procedimiento para el otorgamiento de licencias de funcionamiento por parte de las municipalidades del MORDAZA, precisando en su articulo 7º los requisitos maximos que pueden ser exigidos por las municipalidades para obtener una licencia de funcionamiento, para que de esta forma pueda reducirse el numero de procedimientos a un unico procedimiento de otorgamiento de licencia de funcionamiento, el mismo que viene siendo de evaluacion previa con silencio administrativo positivo. Que, mediante Ordenanza Municipal N° 012-2007-CDB del 23 de agosto de 2007 se modifico el Texto Unico de ProcedimientosAdministrativos, adecuando los procedimientos de la Oficina de Desarrollo Economico y Cooperacion Tecnica ­ Unidad de Comercializacion a lo dispuesto en la Ley Nº 28976 (Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento) y suprimiendo aquellos que resultaban innecesarios. Que, el Decreto Supremo N° 025-2010-PCM modifica el numeral 10 del articulo 2° del Decreto Supremo N° 0272007-PCM que define y establece las Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional incorporando el Anexo I, que detalla los Principios, Objetivos y Estrategias de la Politica Nacional de Simplificacion

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria establecido por Ordenanza Nº 197-MDSM, bajo los terminos precisados en el D.A. Nº 0142010-MDSM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 017-2010-MDSM San MORDAZA, 31 de agosto de 2010 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTOS, el informe Nº 074-2010-GRAT/MDSM emitido por la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria y el proveido recaido en el mismo, emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, mediante ordenanza Nº 197-MDSM, se aprobo el beneficio de regularizacion tributaria y no tributaria en el distrito de San MORDAZA, en cuya MORDAZA disposicion final se faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de aquella; Que, el articulo 42º de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en efecto senala que los decretos de alcaldia establecen, entre otras disposiciones y de aplicacion de las ordenanzas, normas que regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Que, el referido beneficio ha sido prorrogado mediante Decreto de Alcaldia Nº 016-2010-MDSM, prorroga que vence el 31 de agosto del ano en curso y cuyo articulo primero senala que la condonacion a que se refiere el numeral 2.1.2 del articulo 2º de la ordenanza Nº 197-MDSM comprende inclusive la condonacion del 50% del monto insoluto de los arbitrios municipales por las deudas provenientes del periodo 2002 al 2005, mediante pago al contado de la deuda total, no

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