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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2007 346287 a. Nuevo tratamiento de las rentas provenientes del capital En el Perú, se ha modi fi cado la Ley del Impuesto a la Renta para eliminar las principales exoneraciones aplicables a los intereses y ganancias de capital, introduciendo un tratamiento tributario más favorable para los mismos en el caso de las personas naturales y los contribuyentes no domiciliados, bajo una tasa efectiva reducida, que empezará a regir a partir del año 2009. Asimismo, con el objetivo de aliviar la carga tributaria sobre el capital, se ha optado por establecer, para las personas naturales, un tratamiento diferenciado entre las rentas del capital y las rentas del trabajo. Para las personas jurídicas domiciliadas, las rentas provenientes de los bienes de capital son incorporadas como parte de sus rentas de tercera categoría, por lo que no se ha efectuado ningún cambio ni en la tasa ni en alguna otra regla que las regulen. El tratamiento para los no domiciliados busca incentivar la atracción de inversión a través de la realización en el país de operaciones que originen rentas del capital, con la fi nalidad de introducir un mayor dinamismo en el mercado de capitales peruano a través de mayores volúmenes de negociación en el mercado secundario. b. Perfeccionamiento del régimen de recuperación anticipada del IGV Con el objetivo de atenuar la carga fi nanciera para la inversión de gran escala durante la etapa pre-operativa de las empresas, se ha ampliado el régimen de recuperación anticipada del IGV a todos los sectores de la economía. Con respecto a inversiones menores, se ha fl exibilizado el RER y el RUS para permitir que más contribuyentes puedan bene fi ciarse de sus tratamientos menos rígidos, lo que implicará una carga tributaria más acorde con el tamaño de sus operaciones. c. Menores costos de cumplimiento para los contribuyentes La reforma tributaria también ha introducido cambios importantes en el Código Tributario a favor del contribuyente, lo que ha permitido un mejor balance entre las facultades de la Administración Tributaria y los derechos de los contribuyentes. Destacan, por ejemplo, la fi jación de plazo para la fi scalización, la mayor proporcionalidad de las tablas de sanciones y la eliminación de la capitalización de los intereses de la deuda tributaria. d. Protección de las bases imponiblesLa reforma tributaria ha establecido, por ejemplo, el tratamiento tributario aplicable a los instrumentos fi nancieros derivados, lo que evitará que pérdidas provenientes de operaciones especulativas reduzcan la base imponible proveniente de las operaciones propias del giro del negocio. Por otro lado, también se ha extendido la vigencia del ITAN y el ITF, ya que constituyen mecanismos de control indirecto del Impuesto a la Renta y el IGV, aunque se ha establecido un cronograma de reducciones paulatinas de sus tasas con miras a su eventual eliminación con posterioridad al año 2011. e. Marco para las exoneraciones tributariasFinalmente, un clima favorable de inversiones requiere igualdad de condiciones para todos, lo que demanda la eliminación de distorsiones que puedan suponer tasas de rendimiento asimétricas por razones únicamente geográ fi cas o sectoriales y así lograr una mejor asignación de los recursos en la economía. Así, no sólo se ha introducido una ley marco que exigirá una mayor evaluación del costo-bene fi cio y efectividad de cualquier propuesta de nueva exoneración 1, los sujetos bene fi ciados y el ámbito de su aplicación, sino que se ha establecido un cronograma de eliminación gradual de exoneraciones vigentes en la Amazonía. 3. RESULTADO ECONÓMICO DEL SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO En concordancia con las metas establecidas en la LRTF, se prevé que el défi cit del Sector Público no Financiero, durante el período de análisis, no exceda 0,5% del PBI; y que el crecimiento real del gasto no fi nanciero se encuentre dentro de los límites establecidos por la Ley. OPERACIONES DEL SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO (Porcentaje del PBI) 2006 2007 2008 2009 2010 I. AHORRO EN CUENTA CORRIENTE SIN INTERESES 6.8 5.9 6.3 7.2 8.3 1. Ahorro corriente sin intereses del Gobierno Central 5.1 3.5 4.4 5.3 6.5 a. Ingresos corrientes 17.2 17.1 16.8 17.2 18.1 b. Gastos corrientes 12.2 13.6 12.4 11.9 11.6 2. Ahorro corriente sin intereses del resto SPNF 1.7 2.4 1.9 1.9 1.9 a. Empresas públicas 0.5 0.3 0.3 0.3 0.3 b. Resto del Gobierno General 1.2 2.1 1.6 1.5 1.5 II. RESULTADO DE CAPITAL -2.8 -4.1 -5.2 -6.1 -7.0 1. Gobierno General -2.7 -3.8 -4.7 -5.5 -6.4 a. Ingresos de capital 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 b. Gastos de capital 2.8 3.9 4.8 5.6 6.5 2. Empresas públicas -0.2 -0.3 -0.5 -0.6 -0.6 III. RESULTADO PRIMARIO (I+II) 3.9 1.8 1.1 1.1 1.3 IV. INTERESES 1.9 1.8 1.7 1.6 1.5V. RESULTADO ECONÓMICO (III-IV) 2.0 0.0 -0.5 -0.5 -0.2 1. Financiamiento externo -0.7 -0.2 -0.5 0.1 -0.2 2. Financiamiento interno -1.4 0.1 1.0 0.3 0.3 3. Proceso de promoción de la inversión privada (PPIP) 0.1 0.0 0.1 0.1 0.1 1/ Incluye fi nanciamiento excepcional 2/ Incluye fi nanciamiento de corto plazo y variación de depósitos en el exterior de la ONP Fuente: BCRP, MEF. Proyecciones MEF.