Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2001 (28/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

Oficina de Derechos de Autor
Derechos de Tramite (**) S.A. Positivo X Despues de 15 dias Oficina de Derechos de Autor u Oficina Descentralizada 0,09 UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Jefe de la Oficina de Derechos de Autor 0,14 UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual Tribunal de Indecopi 0,05 UIT Automatico Calificacion Evaluacion Previa S.A. No Negativo Regulado Recurso de Reconsideracion Recurso de Apelacion Dependencia donde se inicia el procedimiento Autoridad que resuelve la Solicitud y la Reconsideracion Autoridad que resuelve la Apelacion

Requisitos

Formales

1.Registro de Obras Literarias Ineditas o Publicadas

MORDAZA, jueves 28 de junio de 2001

1. Formato respectivo consignando todos los datos exigidos 2. Un Ejemplar de la Obra (en el caso de las Obras publicadas, los Ejemplares deberan consignar en un lugar visible, los requisitos establecidos en los literales b) y j) del Articulo 99º del Decreto Legislativo Nº 822) 3. La Autorizacion y/o Cesion de Derechos, en el que se especifique claramente los derechos cedidos, el tiempo de duracion el Territorio y si el Acto es oneroso o gratuito o la Declaracion Jurada de poseer tal documento 4. MORDAZA de los documentos que acrediten la existencia de la Persona Juridica 5. Los poderes que fueren necesarios (*) 6. En el caso de Documentos elaborados en el extranjero, deberan estar traducidos al espanol.

Base Legal: Decreto Ley Nº 25868 Art 37º publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo Nº 822 publicado el 24 de MORDAZA de 1996
0,10 UIT X Despues de 15 dias Oficina de Derechos de Autor u Oficina Descentralizada 0,09 UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Jefe de la Oficina de Derechos de Autor 0,14 UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual Tribunal de Indecopi

2.Registro de Base o Compilacion de Datos

1. Formato respectivo consignando todos los datos exigidos 2. Un Ejemplar del soporte material en el cual se encuentre contenida la obra y en el caso que fuera publicada, ademas debera cumplir con los requisitos senalados en el Registro de Obras Literarias Publicadas 3. Memoria Descriptiva 4. La Autorizacion y/o Cesion de Derechos, en el que se especifique claramente los derechos cedidos, el tiempo de duracion, el territorio y si el acto es oneroso o gratuito o la Declaracion Jurada de poseer tal documento 5. Los documentos que acrediten la existencia de la Persona Juridica. 6. Los Poderes que fueren necesarios (*). 7. En el caso de Documentos elaborados en el extranjero, deberan estar traducidos al espanol.

Base Legal: Decreto Ley Nº 25868 Art 37º publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo Nº 822 publicado el 24 de MORDAZA de 1996
0,05 UIT MORDAZA 20 Obras o Fijaciones X Despues de 15 dias Oficina de Derechos de Autor u Oficina Descentralizada 0,09 UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Jefe de la Oficina de Derechos de Autor 0,14 UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual Tribunal de Indecopi

NORMAS LEGALES

3. Registro de Fonograma

1. Formato respectivo consignando todos los datos exigidos 2. Un Ejemplar de la Fijacion y en caso que el Fonograma fuera editado, debera cumplir con los requisitos mencionados en el Articulo 123 del Decreto Legislativo Nº 822. 3. La Autorizacion y/o Cesion de Derechos, en el que se especifique claramente los derechos cedidos, el tiempo de duracion, el Territorio y si el Acto es Oneroso o gratuito o la Declaracion Jurada de poseer tal documento. 4. MORDAZA de los documentos que acrediten la existencia de la Persona Juridica 5. Los poderes que fueren necesarios (*) 6. En el caso de Documentos elaborados en el extranjero, deberan estar traducidos al espanol.

Base Legal: Decreto Ley Nº 25868 Art 37º publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo Nº 822 publicado el 24 de MORDAZA de 1996
0,10 UIT X Despues de 30 dias Oficina de Derechos de Autor u Oficina Descentralizada 0,09 UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Jefe de la Oficina de Derechos de Autor 0,14 UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual Tribunal de Indecopi

4. Registro de Software o Programa de Computacion

1. Formato respectivo consignando todos los datos exigidos 2. Manual del Usuario 3. La Parte Esencial o Caracteristica del Codigo Fuente 4. Indistintamente la Memoria Descriptiva o un Ejemplar del Soporte donde este contenida la Obra (los ejecutables) 5. MORDAZA de los Documentos que acrediten la existencia de la Persona Juridica 6. Los Poderes que fueren necesarios (*) 7. En el caso de Documentos elaborados en el extranjero, deberan estar traducidos al espanol.

Base Legal: Decreto Ley Nº 25868 Art 37º publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo Nº 822 publicado el 24 de MORDAZA de 1996
0,05 UIT X Despues de de 15 dias Oficina de Derechos de Autor u Oficina 0,09 UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Jefe de la Oficina de Derechos de Autor 0,14 UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual Tribunal de

5. Registro de Obras Audiovisuales o Imagenes en Movimiento no consideradas como Obras

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1. Formato respectivo consignando todos los datos exigidos 2. Un Ejemplar del Videograma en soporte VHS, que debera cumplir con los requisitos establecidos en el Articulo 61 del Decreto Legislativo Nº 822 o en su defecto fotografias de las principales escenas 3. Indicar la fecha de realizacion y divulgacion 4. De ser el caso, relacion detallada del argumento, dialogos y musica

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