Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2001 (28/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

Comision de Reestructuracion Patrimonial
Automatico Expedidas por la Comision Calificacion Evaluacion Previa S.A. S.A. No Positivo Negativo Regulado Recurso de Reconsideracion Dependencia donde se inicia el procedimiento Autoridad que resuelve la Solicitud y la Reconsideracion Recurso de Apelacion Autoridad que resuelve la Apelacion Recurso de Revision Autoridad que resuelve la Revision

Requisitos

Formales

Derechos de Tramite (*)

Base Legal: Decreto Supremo Nº014-99-ITINCI, Texto Unico Ordenado de la Ley de Reestructuracion Patrimonial, publicado el 1 de noviembre de 1999
X 3% del Credito Controvertido hasta 0,10 UIT Procede dentro de los 5 dias de Notificada la Resolucion (Sede Central o Delegada) Secretario Tecnico o Comision de Reestructuracion Patrimonial

5. Solicitud de Reconocimiento de Creditos en el Procedimiento de Declaracion de Insolvencia Originado por un Concurso Preventivo (**)
Sala de Defensa de la Competencia Tribunal del Indecopi Secretaria Tecnica de la Comision Reestructuracion Patrimonial u Oficina Descentralizada 3% del Credito Controvertido hasta 0,10 UIT Procede dentro de los 5 dias de Notificada la Resolucion Procede dentro de los 5 dias de notificada la Resolucion de la Comision que conoce la Apelacion Interpuesta contra el Pronunciamiento del Secretario Tecnico

MORDAZA, jueves 28 de junio de 2001

1. Solicitud consignando datos de identificacion y domicilio de la Empresa Deudora. Para el caso de Personas Juridicas se debera acreditar, ademas, la Existencia y los Poderes (***). En caso de personas naturales deberan presentar MORDAZA simple de su documento de identidad 2. Identificacion de la Empresa Deudora 3. MORDAZA de la documentacion que acredite la existencia, origen, legitimidad y cuantia de los creditos, distinguiendo capital, intereses y gastos, y de ser el caso tasa aplicada 4. MORDAZA de la documentacion que acredite existencia de garantias constituidas sobre los bienes del Deudor. 5. Informar bajo Declaracion Jurada que no mantiene ningun MORDAZA de vinculacion con su Deudor, o, en caso contrario, informar de la Existencia de Vinculacion con este, en cualquiera de los casos a que se refiere el Articulo 5 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Reestructuracion Patrimonial. 6. Presentar MORDAZA de la documentacion para la otra parte.

NORMAS LEGALES

Nota: Los acreedores cuyos creditos no fueron reconocidos por la Comision en el Concurso Preventivo, deberan seguir el procedimiento previsto en el punto 4 del presente TUPA.

Base Legal: Decreto Supremo Nº014-99-ITINCI, Texto Unico Ordenado de la Ley de Reestructuracion Patrimonial, publicado el 1 de noviembre de 1999
X

1.5% de la parte del Credito Invocado, que fue reconocido por la Comision hasta un MORDAZA de 0,50 UIT. Por la diferencia entre los creditos invocados y los ya reconocidos en el Concurso Preventivo el 3% de dicho monto hasta completar un MORDAZA de 0,80 UIT (Los Creditos Laborales estan exonerados de este pago) (****)

Comision de Reestructuracion Patrimonial para el caso de Resoluciones Expedidas por el Secretario Tecnico o Sala de Defensa de la Competencia en el caso de Resoluciones Expedidas por la Comision

6. Ampliacion de Creditos (**)
3% del Credito Controvertido Procede dentro de los 5 dias de Notificada la Resolucion Secretario Tecnico o Comision de Reestructuracion Patrimonial (Sede Central o Delegada) Sala de Defensa de la Competencia Tribunal del Indecopi Secretaria Tecnica de la Comision Reestructuracion Patrimonial u Oficina Descentralizada 3% del Credito Controvertido hasta 0,10 UIT Procede dentro de los 5 dias de Notificada la Resolucion Comision de Reestructuracion Patrimonial para el caso de Resoluciones Expedidas por el Secretario Tecnico o Sala de Defensa de la Competencia en el caso de Resoluciones Expedidas por la Comision Procede dentro de los 5 dias de notificada la Resolucion de la Comision que conoce la Apelacion Interpuesta contra el Pronunciamiento del Secretario Tecnico

1. Solicitud consignando datos de identificacion y domicilio de la Empresa Deudora. Para el caso de Personas Juridicas se debera acreditar, ademas, la Existencia y los Poderes (***). En caso de personas naturales deberan presentar MORDAZA simple de su documento de identidad 2. Identificacion de la Empresa Deudora 3. MORDAZA de la documentacion que acredite la existencia, origen, legitimidad y cuantia de los creditos, distinguiendo capital, intereses y gastos, y de ser el caso tasa aplicada 4. MORDAZA de la documentacion que acredite existencia de garantias constituidas sobre los bienes del Deudor. 5. Informar bajo Declaracion Jurada que no mantiene ningun MORDAZA de vinculacion con su Deudor, o, en caso contrario, informar de la Existencia de Vinculacion con este, en cualquiera de los casos a que se refiere el Articulo 5 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Reestructuracion Patrimonial. 6. Presentar MORDAZA de la documentacion para la otra parte. Nota: Este procedimiento se inicia cuando se solicita el reconocimiento de creditos adicionales a los

3% del Credito Invocado hasta 0,80 UIT (Los Creditos Laborales estan exonerados de este pago) (****) Esta tasa aplica aun

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