Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2001 (28/06/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologias
Derechos de Tramite (* * * *) S.A. Positivo Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologias u Oficina No Contemplado --------No Contemplado --------0,063 UIT Para Productos Farmaceuticos 0.095 UIT Por resumen adicional S/.1,00 MORDAZA de Solicitud: 0,09 UIT Reivindicar Prioridad 0,03 UIT Examen de Fondo 0,0725 UIT Examen Adicional: 0,0625 UIT Modificaciones a los Dibujos Tecnicos presentados inicialmente Por pagina 0,01 UIT X Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologias u Oficina Descentralizada 0,09 UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Jefe de la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologias 0,14 UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion X Automatico Calificacion Evaluacion Previa S.A. No Negativo Regulado Recurso de Reconsideracion Recurso de Apelacion Autoridad que resuelve la Apelacion Dependencia donde se inicia el procedimiento Autoridad que resuelve la Solicitud y la Reconsideracion

Requisitos

Formales

15. Busqueda de Informacion Tecnologica

Solicitud en Formato impreso que debera consignar o adjuntar, segun corresponda: 1. Datos de Identificacion, domicilio y telefono. 2. MORDAZA tecnico en el que se desea se efectue la Busqueda detallando las caracteristicas tecnicas. 3. Figuras, fotografias relacionadas con el objeto de la Busqueda, de ser el caso. 4. Motivo de la Busqueda. La busqueda de Informacion Tecnologica para Productos Farmaceuticos incluiran 50 resumenes.

MORDAZA, jueves 28 de junio de 2001

Base Legal: Decreto Legislativo 823, publicado el 24 de MORDAZA de 1996

16. Registro de Circuitos Integrados
Sala de Propiedad Intelectual Tribunal de Indecopi

NORMAS LEGALES

1. La Solicitud indicando a. El requerimiento de concesion del registro b. El nombre y la direccion del solicitante c. La nacionalidad o domicilio del solicitante. Cuando este fuese una persona juridica, debera indicarse el lugar de constitucion d. El nombre y el domicilio del disenador del esquema de trazado, cuando no fuese el mismo solicitante e. De ser el caso, el nombre y la direccion del representante legal del solicitante f. De ser el caso, la fecha, el numero y la oficina de MORDAZA de toda solicitud de registro u otro titulo de proteccion que se hubiese presentado u obtenido en el extranjero por el mismo solicitante o su causante y que se refiera total o parcialmente al mismo esquema de trazado objeto de la solicitud presentada en el MORDAZA Miembro; y, g. La firma del solicitante o de su Representante Legal 2. Una MORDAZA o dibujo del esquema de trazado y, cuando el circuito integrado MORDAZA sido explotado comercialmente, una muestra de ese circuito integrado 3. De ser el caso, una declaracion indicando la fecha de la primera explotacion comercial del circuito integrado, en cualquier lugar del MORDAZA 4. De ser el caso, una declaracion indicando el ano de la creacion del circuito integrado 5. Una descripcion que defina la funcion electronica que debe realizar el circuito integrado que incorpora el esquema de trazado 6. MORDAZA de toda Solicitud de Registro u otro titulo de proteccion que se hubiese presentado u obtenido en el extranjero por el mismo solicitante o su causante y que se refiera total o parcialmente al mismo esquema de trazado objeto de la solicitud presentada en el MORDAZA Miembro; 7. Los poderes que fuesen necesarios; Cuando el esquema de trazado cuyo registro se solicita incluyera algun secreto empresarial, el solicitante presentara, ademas de la representacion grafica requerida, una representacion del esquema en la cual se hubiese omitido, borrado o desfigurado las partes que contuvieran ese secreto. Las partes restantes deberan ser suficientes para permitir en todo caso la identificacion del esquema de trazado.

Base Legal: Decision MORDAZA 486, aprobada en setiembre del 2000

(*) Los Poderes podran constar en Instrumento Privado y deberan cumplir las siguientes formalidades: A. En el caso de Personas Naturales: la firma debera ser legalizada por un Notario B. En el caso de Personas Juridicas: el documento debera contener las facultades otorgadas al Representante y la Representacion con la que actua el Poderdante y su firma debera ser autenticada por Notario C. En el caso de Poderes otorgados en el extranjero, estos deberan contener ademas Visacion Consular. (**) El pago se realiza por cada Acto Modificatorio (***) Los derechos correspondientes se abonan directamente en El Instituto Nacional de Investigacion Agraria - INIA (****) La MORDAZA del Comprobante de Pago del Derecho de Tramite, debera adjuntarse a los requisitos establecidos para cada uno de los procedimientos. (*****) La tasa y el plazo de 15 dias tambien son vigentes para la Apelacion de Multas y para la Apelacion de Medidas Cautelares

Pag. 205285

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.