Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2001 (28/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

Comision de Libre Competencia
Derechos de Tramite (*) S.A. Positivo X 0,30 UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Comision de Libre Competencia 0,30 UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion 0,30 UIT Sala de Defensa de la Competencia Tribunal de Indecopi Secretaria Tecnica de la Comision de Libre Competencia u Oficina Descentralizada Automatico Calificacion Evaluacion Previa S.A. No Negativo Regulado Recurso de Reconsideracion Recurso de Apelacion Autoridad que resuelve la Apelacion Dependencia donde se inicia el procedimiento Autoridad que resuelve la Solicitud y la Reconsideracion

Requisitos

Formales

MORDAZA, jueves 28 de junio de 2001

1. Procedimiento para Prevenir, Eliminar o Sancionar las Practicas Monopolicas, Controlistas y Restrictivas de la Libre Competencia en la Produccion y Comercializacion de Bienes y en la Prestacion de Servicios

1. Datos de identificacion y domicilio de la Persona Natural o Juridica (**), poderes del Representante Legal (***) 2. Actividad economica del o los Denunciantes 3. Tipificacion y descripcion de la practica que se denuncia: Abuso de Posicion de Dominio en el MORDAZA, practicas que restrinjan, impidan o limiten la Libre Competencia 4. MORDAZA u ofrecimiento de pruebas que acrediten la Practica que se denuncia 5. Nombre o Razon Social de otras empresas nacionales que se dediquen a la actividad objeto de la practica 6. Nombre o Razon Social de quienes se presume se encuentren ejecutando la practica 7. Indicacion de reincidencia o reiterancia, de ser el caso 8. Las pruebas que permitan apreciar la existencia del perjuicio (ventas, inventarios, utilizacion de capacidad instalada, empleo, inversion, produccion, salarios, etc.) 9. Copias de la solicitud y recaudos, segun el numero de denunciados 10. Cualquier documento que tenga estricta Relacion con la Denuncia Presentada

Base Legal: Decreto Ley 25868 Art 21º, publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo 807 Art 49º, publicado el 18 de MORDAZA de 1996
0,1% del Valor de la Operacion de Concentracion (****) X Secretaria Tecnica de la Comision de Libre Competencia No Contemplado Comision de Libre Competencia Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Sala de Defensa de la Competencia Tribunal de Indecopi

2. Procedimiento para Evaluar Concentraciones Electricas

NORMAS LEGALES

Notificacion que debera ser presentada en formato aprobado por la Comision y que debera consignar por lo menos lo siguiente : 1. Identificacion de las Personas o Empresas que efectuan la notificacion y de las otras partes que intervienen en la Operacion de Concentracion. 2. Descripcion de la Estructura de Propiedad y Control de cada una de las personas o empresas que participan en la Operacion de Concentracion, incluyendo la de las empresas que pertenezcan al mismo grupo; 3. Descripcion de los vinculos personales, de propiedad, y/o de gestion existentes entre cada una de las Personas o Empresas comprendidas en el punto anterior respecto de otras Empresas que operan en el MORDAZA o en mercados relacionados; 4. Descripcion de los pormenores de la Operacion de Concentracion y Relacion de los Mercados afectados por la Operacion; 5. Informacion relativa a los mercados afectados por la Operacion de Concentracion: ambito geografico del MORDAZA afectado, grado de competencia existente en el MORDAZA, elementos que determinan la facilidad o dificultad de acceso al MORDAZA en el que se ha de verificar la concentracion, entre otros; 6. Descripcion detallada de los efectos de la operacion sobre el MORDAZA, asi como de las eficiencias economicas generadas; y: 7. MORDAZA de los documentos definitivos o mas recientes relativos al cierre de la Operacion de Concentracion; MORDAZA de los analisis o estudios llevados a cabo por las Empresas Involucradas en la operacion a efectos de evaluar la Operacion de Concentracion en cuanto a las condiciones de Competencia, los competidores y la situacion de mercado.

Base Legal: Decreto Ley 25868 Art 21º, publicado el 6 de Noviembre de 1992 Decreto Legislativo 807 Art 49º, publicado el 18 de MORDAZA de 1996 (*) La MORDAZA del Comprobante de Pago del Derecho de Tramite, debera adjuntarse a los requisitos establecidos para cada uno de los Procedimientos. (**) Debera presentarse MORDAZA de los documentos que acrediten la existencia de la persona juridica (***) Los Poderes deberan cumplir con las siguientes formalidades: A. En el caso de Personas Naturales: la representacion debera constar en Carta Poder simple B. En el caso de Personas Juridicas: intervendran en el MORDAZA a traves de sus Representantes Legales, quienes deberan actuar premunidos de los respectivos Poderes, para lo cual sera suficiente la MORDAZA de la MORDAZA de los documentos respectivos. C. En el caso de Poderes otorgados en el extranjero, estos deberan contener ademas Visacion Consular (****) Hasta un limite de 50 UIT, segun lo establecido en el Articulo 12 de la Ley Antimonopolio y Antioligopolio del Sector Electrico, Ley Nº26876

Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios
Derechos de Tramite (* * *) MORDAZA de Solicitud 0,20 UIT Automatico S.A. Positivo Calificacion Evaluacion Previa S.A. No Negativo Regulado X Dependencia donde se inicia el procedimiento Recurso de Reconsideracion Autoridad que resuelve la Solicitud y la Reconsideracion Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios Recurso de Apelacion Autoridad que resuelve la Apelacion Sala de Defensa de la Competencia Tribunal de Indecopi Inicio de investigacion o

Requisitos

Formales

1. Procedimiento para Evitar y Corregir las Distorsiones de la Competencia en el MORDAZA Generadas por el Dumping o Subvenciones

1. Solicitud de inicio de Investigacion por Practicas de Dumping o Subvenciones (b), o de Examen (c) de derechos definitivos, consignando datos de identificacion, domicilio y actividad economica del solicitante, asi como MORDAZA de los documentos que acrediten su existencia y a su Representante Legal (e), de ser el caso.

2. Cuestionario para empresas solicitantes debidamente absuelto, en el que se debe incluir:

Secretaria Tecnica de la Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios

Pag. 205301

A) Para el caso de empresas productoras solicitantes de inicio de investigacion por Practicas de Dumping o Subvenciones, - Pruebas sobre la representatividad del Solicitante dentro de la MORDAZA de produccion nacional o constancias de

0,10 UIT Procede dentro de los 15 dias habiles de notificada la Resolucion No procede contra Resolucion que impone Derechos

0,10 UIT Procede dentro de los 15 dias habiles de notificada la Resolucion No procede contra Resolucion que impone Derechos

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