Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2003 (17/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 17 de diciembre de 2003

Que, la mencionada funcionaria ha puesto a disposicion el cargo que venia desempenando; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, en el Decreto Legislativo Nº 560, y en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por la senora MORDAZA PUELLES MORDAZA, al cargo de Viceministra de Gestion Institucional del Ministerio de Educacion, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MALPICA FAUSTOR Ministro de Educacion 23511

ENERGIA Y MINAS
Reconocen servidumbre convencional de electroducto y de paso para linea de transmision a favor de concesion definitiva de transmision de la que es titular el Consorcio Energetico de Huancavelica S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 633-2003-MEM/DM

suscrito con Compania de Minas MORDAZA S.A. el 7 de agosto de 2003, cuyas copias obran en el Expediente; Que, de acuerdo a los Testimonios de Escritura Publica a que se refiere el considerando que antecede, la concesionaria ha compensado a los propietarios de los predios afectados por las servidumbres que se indican en el primer considerando de la presente Resolucion, siendo a titulo gratuito la servidumbre constituida en el predio afectado de la Compania de Minas MORDAZA S.A.; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, como es el presente caso, pueden solicitar al Ministerio el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 110º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 319-2003-DGE-CEL; Estando a lo dispuesto en el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER a favor de la concesion definitiva de transmision de la que es titular Consorcio Energetico de Huancavelica S.A. (CONENHUA), la servidumbre convencional de electroducto y de paso para la linea de transmision de 60 kV SE Huancavelica - SE Ingenio - SE Caudalosa en los bienes de propiedad de las comunidades campesinas de Huaylacucho, MORDAZA Chacra, San MORDAZA de Matipacana, Mosocc Cancha, MORDAZA MORDAZA de Pachacclla, Antacancha y MORDAZA, Palcas Cascabamba (Bajo y Alto), MORDAZA Ututo Bajo, Huachocolpa y Sallcca MORDAZA Ana; asi como, en la propiedad de la Compania de Minas MORDAZA S.A., ubicada en las provincias de Huancavelica, Angaraes y Castrovirreyna del departamento de Huancavelica, constituida mediante Escrituras Publicas extendidas los dias 29 de febrero, 1 de marzo, 2 de marzo, 27 de MORDAZA, 4 de MORDAZA y 19 de junio de 1984 y contrato celebrado el 7 de agosto de 2003, en los terminos y condiciones estipulados en los mismos. Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. FLURY Ministro de Energia y Minas 23180

MORDAZA, 28 de noviembre de 2003 VISTA: La solicitud de imposicion de las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la linea de transmision de 60 kV SE Huancavelica - SE Ingenio - SE Caudalosa, presentada por Consorcio Energetico de Huancavelica S.A. (CONENHUA), persona juridica inscrita en el folio Nº 154, partida XXXVII, asiento 1, tomo I del Registro de Sociedades de Huancavelica e inscrito en el asiento 1, folio 171, tomo 33 del Libro de Sociedades Contractuales del Registro Publico de Mineria; CONSIDERANDO: Que, CONENHUA, concesionaria de transmision de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema Nº 087-93-EM de fecha 28 de diciembre de 1993, ha solicitado la imposicion de las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de obras e instalaciones de la linea de transmision de 60 kV SE Huancavelica - SE Ingenio - SE Caudalosa, ubicada en las provincias de Huancavelica, Angaraes y Castrovirreyna del departamento de Huancavelica, segun las coordenadas UTM que figuran en el Expediente Nº 21135602; Que, la concesionaria ha acreditado que, en los lugares senalados en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de electroducto y de paso para la linea de transmision de 60 kV SE Huancavelica - SE Ingenio - SE Caudalosa, celebrada con las comunidades campesinas de Huaylacucho, MORDAZA Chacra, San MORDAZA de Matipacana, Mosocc Cancha, MORDAZA MORDAZA de Pachacclla, Antacancha y MORDAZA, Palcas Cascabamba (Bajo y Alto), MORDAZA Ututo Bajo, Huachocolpa y Sallcca MORDAZA MORDAZA, propietarios de los predios involucrados, conforme consta en los respectivos Testimonios de las Escrituras Publicas extendidas los dias 29 de febrero, 1 de marzo, 2 de marzo, 27 de MORDAZA, 4 de MORDAZA y 19 de junio de 1984; asi como, en el contrato

Reconocen concesion definitiva de generacion a favor del Sindicato Energetico S.A., servidumbre, embalses y obras para la Central Hidroelectrica Curumuy, en el Proyecto Especial Chira-Piura
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 639-2003-MEM/DM

MORDAZA, 2 de diciembre de 2003

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