Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2003 (17/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 17 de diciembre de 2003

"Formatos y Contenido de la Propuesta para la Aprobacion de los Importes Maximos de Corte y Reconexion"
EXPOSICION DE MOTIVOS
Mediante el Decreto Supremo Nº 039-2003-EM, se ha otorgado facultades al OSINERG para aprobar los importes maximos de corte y reconexion y la periodicidad de su vigencia, sobre la base de criterios y procedimientos que establezca al efecto. El procedimiento para la aprobacion de dichos importes maximos se inicia con la MORDAZA de una propuesta de las empresas concesionarias en la que deben sustentarse los costos relacionados con el corte y reconexion de acuerdo al articulo 90º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y articulo 180º de su Reglamento. Es necesaria la aprobacion de los formatos y contenido de la propuesta que uniformice la MORDAZA de la informacion de los importes de corte y reconexion, que deben aplicar las empresas concesionarias de distribucion de servicio publico de electricidad, de forma tal que el OSINERG cuente con la informacion necesaria para identificar los diversos costos, analizarlos y compararlos con valores de mercado. A traves de la especificacion del contenido de la propuesta, se contara con informacion relativa a los antecedentes, aspectos relevantes, criterios tecnicos, calculos y resultados de los importes de corte y reconexion propuestos por las empresas concesionarias de distribucion. Los formatos que contiene la MORDAZA, permitiran ademas uniformizar la MORDAZA de la informacion de las distintas empresas concesionarias, contribuyendo a la eficiencia en el procesamiento y analisis de las respectivas propuestas. La MORDAZA permitira tanto a las empresas concesionarias de distribucion como a todos los interesados contar con la informacion debidamente estructurada lo que contribuira a hacerla mas simetrica, para efectos de las actividades previstas en el MORDAZA de aprobacion de los importes maximos de corte y reconexion. De acuerdo al criterio de transparencia en el ejercicio de la funcion normativa del OSINERG, previsto en el articulo 25º de su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, se ha cumplido con prepublicar el proyecto de MORDAZA "Formatos y Contenido de la Propuesta para la Aprobacion de los Importes Maximos de Corte y Reconexion", con el objeto de recibir las opiniones de los interesados que puedan contribuir a mejorar dicho procedimiento, opiniones que en ciertos casos han sido recogidas en la MORDAZA definitiva materia de aprobacion.

Formatos y Contenido de la Propuesta para la Aprobacion de los Importes Maximos de Corte y Reconexion
1. Objetivo
Establecer los formatos y contenido de la propuesta que deberan aplicar las empresas concesionarias de distribucion electrica para la MORDAZA de la informacion de los importes de corte y reconexion de la conexion electrica.

2. Antecedentes
De acuerdo al articulo 90º de la Ley de Concesiones Electricas (LCE), las empresas de distribucion electrica podran efectuar el corte inmediato del servicio, sin necesidad de aviso previo al usuario ni intervencion de las autoridades competentes, en los siguientes casos: 1. 2. 3. Cuando esten pendientes de pago facturaciones y/o cuotas, debidamente notificadas de dos o mas meses derivados de la prestacion del servicio publico de electricidad con los respectivos intereses y moras. Cuando se consuma energia electrica sin contar con la previa autorizacion de la empresa o cuando se vulnere las condiciones del suministro. Cuando se ponga en peligro la seguridad de las personas o las propiedades por desperfecto de las instalaciones involucradas, estando ellas bajo la administracion de la empresa, o MORDAZA instalaciones de propiedad del usuario.

El articulo 180º del Reglamento de la LCE establece que los importes de corte y reconexion deberan cubrir los costos eficientes en que se incurra para su realizacion. Asimismo, establece que el OSINERG aprobara los importes maximos de corte y reconexion correspondientes y la periodicidad de su vigencia, sobre la base de los criterios y procedimientos que establezca al efecto.

3. Costos de Corte y Reconexion
Las empresas concesionarias de distribucion electrica deberan elaborar la informacion de los importes maximos de corte y reconexion de acuerdo a los tipos de corte y reconexion que se indican y considerando la estructura de costos unitarios y totales de los mismos. Asimismo, se debera considerar la ejecucion de las actividades de corte y reconexion segun el MORDAZA de MORDAZA de acuerdo a lo siguiente:

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