Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2003 (17/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 17 de diciembre de 2003

judiciales en la capital de la region o provincia, tratandose de entidades con menor alcance; Que, teniendo en cuenta el procedimiento establecido en la Ley Nº 27444, se hace necesario adecuarse y sustituir el actual Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Canta; Que, de acuerdo con la realidad de cada gobierno local se debe adoptar las acciones para la publicacion, difusion y cumplimiento de las normas municipales dentro de su ambito jurisdiccional; Que, en consecuencia resulta necesario aprobar el MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Canta; Estando a las facultades de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y la Ley Nº 27444, el Concejo Municipal por unanimidad, con dispensa de aprobacion del acta, sanciono la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Articulo Primero.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), de la Municipalidad Provincial de Canta, edicion 2003, la misma que forma parte integrante de la presente. Articulo Segundo.- Derogar la Ordenanza que aprobo el MORDAZA anterior, y toda disposicion que se oponga al presente. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion del integro del MORDAZA en los pueblos que conforman el distrito Capital, debiendo dejar MORDAZA de la accion. Articulo Quinto.- El MORDAZA que aprueba la presente Ordenanza, todas sus partes estan sujetas a modificaciones y actualizacion de acuerdo a las exigencias e interes institucional y a los dispositivos legales. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA RUFFNER MORDAZA 23316

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA
Imponen diversas sanciones disciplinarias a ex funcionarios municipales y ordenan archivamiento de otros procesos administrativos
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1380-2003-AMPI

Ica, 9 de diciembre del 2003 VISTO.- Los Informes Finales del Nº 001 al Nº 012; del Nº 014 al Nº 019; del Nº 24 al Nº 035-2003-CEPADMPI, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, por Resoluciones de Alcaldia Nº 1248-2003AMPI de fecha 27 de octubre del 2003 y publicada el dia 7 de noviembre del 2003, y Nº 1250-2003-AMPI, publicada el 1 de noviembre del 2003 en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario La Opinion de Ica, publicada el 31 de octubre del 2003, se instauro Procesos Administrativos Disciplinarios contra ex Funcionarios y Funcionarios de la Municipalidad Provincial de Ica; senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castro; MORDAZA

MORDAZA Garcia; MORDAZA MORDAZA Herrera; MORDAZA MORDAZA Aliaga; MORDAZA MORDAZA Acuna Ruiz; MORDAZA MORDAZA Girao Moron; MORDAZA MORDAZA Cornejo; MORDAZA MORDAZA Aliaga; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Martinez; MORDAZA MORDAZA Espinosa; MORDAZA MORDAZA Neyra; MORDAZA MORDAZA Arteaga; MORDAZA MORDAZA Pena Levano; MORDAZA MORDAZA Jaime; MORDAZA Murazi Sanchez; MORDAZA MORDAZA Juarez; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aroni; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paredes; MORDAZA Riccio Riccio; MORDAZA Baracco Luna; MORDAZA Geng Olaechea; MORDAZA MORDAZA Girao; MORDAZA MORDAZA Pena Chanca; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huaranga; MORDAZA MORDAZA Fuentes; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Donayre; MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Arevalo; MORDAZA MORDAZA Andia; MORDAZA MORDAZA Tipacti y MORDAZA MORDAZA Flores; comprendidos dentro de las Observaciones del Informe de la Contraloria General de la Republica Nº 001-2003-CG/LR denominado "Examen Especial a la Municipalidad Provincial de Ica" periodo enero 2000 - diciembre 2001; Que, dentro del plazo de Ley los implicados senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Exp. Nº 003; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Exp. Nº 010; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Exp. Nº 011; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Exp. Nº 015; MORDAZA Murazi MORDAZA, con Exp. Nº 016; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Exp. Nº 018; MORDAZA MORDAZA Pena Chanca, con Exp. Nº 028; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Exp. Nº 031; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Exp. Nº 033; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Exp. Nº 035; solicitaron prorroga del plazo siendo otorgado por la Comision; Asimismo, los funcionarios MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Exp. Nº 004; MORDAZA MORDAZA Girao MORDAZA, con Exp. Nº 006; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Exp. Nº 007; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Exp. Nº 008; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Exp. Nº 029; y MORDAZA MORDAZA Tipacti, con Exp. Nº 034; solicitaron Prorroga del Plazo e Informe Oral, lo que fue concedido por la Comision, con Excepcion del informe oral solicitado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA no se levanto el Acta respectiva por no haberse presentado. Que, mediante los expedientes Numeros 003 al 008; Numeros 010 al 019; y Numeros 027 al 035 los implicados presentaron sus descargos adjuntando los documentos que sustentan aquellos; asimismo, los expedientes del CEPAD con Nº 001 del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castro; Nº 002 del Sr. MORDAZA MORDAZA Garcia; Nº 009 del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Martinez; Nº 024 del Sr. MORDAZA Riccio Riccio; Nº 025 del Sr. MORDAZA Baracco Luna; Nº 026 del Sr. MORDAZA MORDAZA Girao; y Nº 030 del Sr. MORDAZA MORDAZA Fuentes; los procesados no han cumplido con presentar sus descargos correspondientes y el Exp. Nº 005 del Sr. MORDAZA MORDAZA Acuna Ruiz; pese haber presentado sus descargos, estos fueron declarados IMPROCEDENTES por la Comision, como consecuencia de haberlo presentado fuera de los plazos senalado por Ley, por lo que en este caso especifico, se tiene por no efectuado sus descargos; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de Ica, de conformidad con el art. 167º ; 168º y 170º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en pleno ejercicio de sus facultades, en sesion del dia cinco de diciembre del Dos Mil Tres y en merito del Informe largo efectuado por la Contraloria General de la Republica Nº 001-2003-CG/LR, que se consideran prueba preconstituida mediante los Informes del Visto, recomienda al Despacho de Alcaldia las sanciones a imponerse en forma individual a los funcionarios que mas adelante se indican, asi como se disponga el archivamiento de los procesos de quienes no tienen responsabilidad administrativa, luego de haber merituado los descargos presentados por los procesados, quienes han tenido las facilidades y garantias del debido MORDAZA asi como el derecho a la legitima defensa; Estando a lo informado por la Comision Especial de Procedimientos Administrativos Disciplinarios, y en uso de las facultades senaladas por el Inc. 6) Art. 20º de la Ley Nº 27972; Organica de Municipalidades; Dec. Leg. Nº 276 - Ley de la MORDAZA Administrativa y su Reglamento aprobado mediante Dec. Sup. Nº 005-90-PCM y sus modificatorias;

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