Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2003 (17/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, miercoles 17 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se establece que estan exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las contrataciones que se realizan para servicios personalisimos, los que se realizaran mediante una adjudicacion directa de menor cuantia conforme a lo dispuesto en el articulo 116º del Reglamento de Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM; Que, el Articulo 111º del Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, modificado por el Decreto Supremo Nº 041-2003-PCM, incluye expresamente los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, visto el Informe Tecnico Nº 038-2003/GP de fecha 9 de diciembre del 2003, de la Gerencia de Promocion que senala que es necesaria la contratacion de publicidad para la promocion de la setima convocatoria del Proyecto Techo Propio en los medios de comunicacion de mayor alcance del MORDAZA objetivo; Que, asimismo el valor referencial total por la citada contratacion asciende a US$ 20,000.00 (veinte mil y 00/ 100 dolares americanos) incluido el IGV, por el periodo comprendido entre el 15 al 23 del presente mes; Que, visto el Informe Legal contenido en el Memorandum Nº 314-2003-OAJ, de fecha 11 de diciembre, que indica que la mencionada Gerencia ha sustentado la causal de exoneracion del MORDAZA de adquisicion prevista en el literal h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; De conformidad con los Articulos 19º y 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los articulos 111º y 116º de su Reglamento aprobados por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y, la Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE; Que, el titular de la entidad es el Secretario Ejecutivo; En uso de las facultades conferidas; SE RESUELVE: 1. Autorizar la contratacion de publicidad para la promocion de la setima convocatoria del Proyecto Techo Propio en los medios de comunicacion de mayor alcance del MORDAZA objetivo, exonerandolos del MORDAZA de seleccion, de conformidad con lo siguiente: a. MORDAZA de contrato: servicios. b. Descripcion del servicio: publicidad de la setima convocatoria del Proyecto Techo Propio. c. Monto referencial total: US$ 20,000.00 (veinte mil y 00/100 dolares americanos), incluido IGV. d. Fuente de financiamiento: recursos propios. e. Tiempo que se requiere contratar el servicio: 15 al 23 de diciembre. f. Dependencia que contrata: Gerencia de Administracion y Presupuesto. g. Dependencia que da conformidad del servicio: Gerencia de Promocion, de conformidad con el articulo 137º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 2. Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto proceda a llevar a cabo las acciones correspondientes a fin de contratar el servicio indicado en el numeral precedente segun el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia. 3. Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo de diez dias habiles si-

guientes a la fecha de su emision, asi como en la pagina Web institucional. 4. Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes sustentatorios respectivos a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA D. Secretario Ejecutivo 23433

INDECOPI
Aprueban MORDAZA Tecnica Peruana sobre Gas Natural Seco
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0114-2003/CRT-INDECOPI

MORDAZA, 27 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, respectivamente; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo el Comite Tecnico de Normalizacion de Gas Natural Seco de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, el 18 de MORDAZA del 2003, el Comite Tecnico senalado presento a la Secretaria Tecnica de la Comision 01 Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana, el cual fue elaborado de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema Ordinario, y sometido a Discusion Publica por un periodo de sesenta dias calendario, contados a partir del 20 de agosto del 2003; Que, habiendose recibido observaciones al Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana estas fueron revisadas, evaluadas y aprobadas por el Comite Tecnico, sometiendolo a consideracion de la Comision; Luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo la aprobacion del Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana, como MORDAZA Tecnica Peruana; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el De-

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