Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2003 (17/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 17 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Informe Nº 1124-2003-INABIF-OA-UL de fecha 20 de noviembre de 2003 de la Unidad de Logistica, el Memorandum Nº 363-2003/INABIF/OA de fecha 23 de octubre de 2003 de la Oficina de Administracion. CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos del visto se senala la necesidad de modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INABIF correspondiente al Ano 2003 mediante la exclusion e inclusion de un MORDAZA de seleccion; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 016 del 24 de enero de 2003 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INABIF, correspondiente al ano 2003, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 -Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; el mismo que ha sido modificado mediante Resoluciones Presidenciales Nº 113 , Nº 121, Nº 246, Nº 315 y Nº 360, de fechas 14 y 28 de MORDAZA, 22 de agosto, 2 de octubre y 12 de noviembre de 2003 respectivamente; Que, el ultimo parrafo del articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, concordante con el numeral 6 del capitulo VI Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODEPRE; precisa que toda modificacion del Plan Anual, sea por inclusion o exclusion de procesos de seleccion, se efectuara de conformidad con la asignacion presupuestal o reprogramacion de metas propuestas y debe ser aprobada por el Titular del Pliego debiendo comunicarse a las instancias respectivas; Que, la propuesta de exclusion e inclusion del MORDAZA de seleccion referido en los documentos de visto, cuenta con la opinion favorable de la Unidad de Logistica, con el requerimiento formulado por los organos competentes de la Institucion, asi como la respectiva documentacion sustentatoria y obedece a reprogramacion de necesidades y metas propuestas por el INABIF; Con las visaciones de la Unidad de Logistica, Oficina de Administracion, Oficina de Planeamiento y Desarrollo, Gerencia General y la Oficina de Asesoria Juridica, y estando a lo senalado en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento; En uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 019-2003-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la exclusion e inclusion en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Instituto Nacional de Bienestar Familiar correspondiente al ano 2003, de los siguientes procesos de seleccion, atendiendo a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion:
MORDAZA de MORDAZA Objeto del MORDAZA Valor Referencial S/. 214,588.00 Modificacion Mes aproximado de convocatoria Octubre Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios Recursos Ordinarios

de la Institucion, de lo dispuesto por la presente Resolucion, haciendo de conocimiento del CONSUCODE, PROMPYME y del publico interesado; en las condiciones y plazos que senala el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demas normas complementarias. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA POMALIMA MORDAZA Presidente 23426

PRODUCE
Dejan en suspenso articulos de la R.M. Nº 418-2003-PRODUCE en tanto dure el Regimen de Pesca Exploratoria
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 496-2003-PRODUCE

MORDAZA, 16 de diciembre del 2003 CONSIDERANDO: Que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, por lo que corresponde al Estado regular el manejo integral propiciando su explotacion racional, conforme a lo dispuesto en el articulo 2º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977; Que el articulo 9º de la citada Ley establece que el Ministerio de Pesqueria, hoy Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos determinara, segun el MORDAZA de pesqueria, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, temporadas y zonas de pesca, regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que en el numeral 16.4 del articulo 16º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE se dispone que el Ministerio de la Produccion podra establecer regimenes de acceso a la extraccion de recursos subexplotados e inexplotados basados en modalidades distintas a la prevista en el articulo 11º del citado reglamento, que considere convenientes para promover su aprovechamiento; Que por Resolucion Ministerial Nº 418-2003-PRODUCE del 5 de noviembre del 2003, se excluyo del numeral 3.2 del articulo 3º del Reglamento de Ordenamiento de la Pesqueria del Bacalao de Profundidad aprobado por Resolucion Ministerial Nº 236-2001-PE a los recursos "centolla" (Lithodis panamensis) y "pulpo de profundidad" (Benthoctopus sp). Asimismo, se declaro a los recursos centolla (Lithodidos), langostinos rojos (Benthesicymus tanneri), camaron MORDAZA (Heterocarpus affinis), camaron nailon (Heterocarpus vicarius) , camaron paton (Nematocarcinus agassizii) y gamba roja (Haliporoides diomedeae) como subexplotados, por recomendacion del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE mediante los Oficios Nºs. DE-100-267-2003-IMP/PRODUCE del 10 de octubre del 2003 y DE-100-284-2003-IMP/PRODUCE del 28 de octubre del 2003; y se dispuso ademas, el otorgamiento de las autorizaciones de incremento de flota y los permisos de pesca conforme a lo establecido en el articulo 15º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Que el IMARPE mediante Oficio Nº PCD-100-5822003-PRODUCE/IMP del 4 de diciembre del 2003 senala que las exploraciones realizadas por la citada Institucion a lo largo del tiempo, no estuvieron orientadas a priorizar el estudio determinado de la "centolla", obteniendose como resultado la captura de una diversidad de especies de crustaceos decapodos bentonicos; por lo que de alli, la necesidad de orien-

Adjudicacion Directa Publica Adjudicacion Directa Selectiva

Adquisicion de Juguetes y regalos Adquisicion de Juguetes y regalos

Exclusion

100,000.00

Inclusion

Noviembre

Articulo Segundo.- Considerando la exclusion e inclusion de los procesos de seleccion, dispuesta por el articulo primero de la presente Resolucion, quedan modificados en lo que corresponda la relacion de documentos y MORDAZA que lo conforman. Articulo Tercero.- Encargar a la Unidad de Logistica las acciones administrativas correspondientes para la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y la Pagina Web

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