Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2003 (17/12/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 72

Pag. 257526

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 17 de diciembre de 2003

mejoramiento de la infraestructura y/o ensenanza de colegios de educacion publica y en genera a la optimizacion del Sistema educativo dentro de la jurisdiccion del distrito del Cercado Callao. Para los efectos de la presente Ordenanza, se entiende susceptible de ser materia de acogimiento, la deuda tributaria generada o las obligaciones futuras de naturaleza tributaria o de multas administrativas. Articulo Segundo.- Para efectos del acogimiento al pago de deuda tributaria por contribucion a la educacion, el solicitante debera presentar su peticion, acompanada de los siguientes documentos: a) MORDAZA simple del documento de identidad o comprobante informacion registrada en el RUC expedido por SUNAT, del contribuyente o su representante legal de ser el caso. b) Pericia de valorizacion suscrita por profesional colegiado (de corresponder). c) Propuesta de canje de deuda: la que consistira en un resumen que debera definir con precision, las caracteristicas de los bienes y servicios, grado de disponibilidad de los mismos, valor de MORDAZA y demas especificaciones tecnicas, asi como su potencialidad de empleo en el ambito educativo. d) Documento que sustente la propiedad de los bienes ofrecidos en calidad de pago, de corresponder. Articulo Tercero.- Conformese un Comite Evaluador de las solicitudes que MORDAZA presentadas por los deudores tributarios, conforme al articulo primero de la presente Ordenanza, el mismo que estara integrado por: a) El Gerente Municipal, quien lo presidira. b) El Gerente General de Asesoria Juridica c) El Gerente General de Servicios Sociales y Culturales. d) El Gerente General de Administracion Tributaria y Rentas. El Comite sesionara en forma permanente, debiendo contar con la asistencia del numero total de sus miembros para la adopcion de las decisiones. Para efectos de la evaluacion de las solicitudes presentadas, el Comite podra solicitar a cualquiera de las Direcciones u Oficinas integrantes de la Municipalidad, los informes que estime convenientes. Los acuerdos del Comite son apelables y seran resueltos en MORDAZA instancia por el MORDAZA Provincial del Callao. Articulo Cuarto.- Los Convenios de pago de deuda en inversion en educacion deberan establecer las medidas apropiadas para asegurar la adecuada y efectiva administracion de los bienes y/o servicios, asi como los mecanismos que permitan la verificacion de su correcta gestion. Articulo Quinto.- A los efectos de lo dispuesto en el articulo anterior, se constituira un Comite Especial de Control, cuyos integrantes seran designados mediante Resolucion de Alcaldia, el mismo que permanecera en funciones hasta el termino del Convenio suscrito, dando cuenta trimestralmente al Concejo Municipal de los convenios celebrados. Articulo Sexto.- Mediante Decreto de Alcaldia, se senalaran a las instituciones educativas que seran beneficiarias de los proyectos de desarrollo, con preferencia de los sectores de extrema pobreza. Articulo Setimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA 23431

Establecen prohibiciones y sanciones al acceso a paginas pornograficas por menores de edad en cabinas de Internet del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000022 Callao, 13 de diciembre de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 13 de diciembre de 2003; Aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, el desarrollo y uso de las tecnologias de informacion, ejercen gran influencia en todos los ambitos de la sociedad, principalmente por su tendencia a la masificacion y por representar un medio eficaz para difundir y acceder a todo MORDAZA de informacion; Que, dentro del MORDAZA de MORDAZA de Globalizacion, la llamada Sociedad Global de la Informacion, basada en la aplicacion y uso masivo de las tecnologias para el acceso a la informacion y el conocimiento, obtiene importantes avances en el desarrollo de las relaciones economicas y sociales del MORDAZA Actual; Que, sin perjuicio de lo senalado en el considerando precedente, esta situacion tambien ha ocasionado una problematica que atenta contra la integridad espiritual de los menores de edad, detectandose el acceso de los mismos a informacion via Internet con contenidos renidos contra la moral y el pudor; Que, es urgente para autoridades publicas, educadores, padres de familia y menores en general se MORDAZA conciencia de lo nocivo que resulta este MORDAZA de Internet, cuyas imagenes son portadoras de informacion que transmiten mensajes explicitos, implicitos o subliminales que ocasionan una distorsion grave en la formacion espiritual de los menores de edad; Que, ante el incremento de establecimientos de cabinas con acceso a Internet, es necesario implementar un mecanismo de Proteccion del Menor ante la agresion de personas inescrupulosas que promueven el acceso de los mismos a paginas pornograficas, expidiendo una MORDAZA Municipal que disponga limitaciones y sanciones a cualquier establecimiento que permita el acceso a pornografica infantil, asi como el acceso a paginas Web con contenidos renidos contra la moral y el pudor a menores de 18 anos de edad; Que, a pesar de su enorme potencial benefico, resultan evidentes algunos modos degradantes y perjudiciales de usar Internet, y las autoridades publicas tienen la responsabilidad de garantizar que este maravilloso instrumento contribuya al bien comun y no se convierta en una fuente de dano social; Que, la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA asi como el Protocolo Facultativo de la Convencion sobre los derechos del MORDAZA (CRC) relativo a la venta de ninos, la prostitucion infantil y la utilizacion de ninos en la pornografia, suscritos por nuestro MORDAZA senalan que se entiende por MORDAZA todo ser humano menor de dieciocho anos de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, MORDAZA alcanzado MORDAZA la mayoria de edad; Que, dentro de este MORDAZA, el MORDAZA tiene derecho a la MORDAZA de expresion que incluye la MORDAZA de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo MORDAZA, sin consideracion de fronteras, ya sea oralmente, impresas o por cualquier otro medio; Que, el ejercicio de tal derecho podra estar sujeto a ciertas restricciones, que pueden ser unicamente las que la Ley preve y MORDAZA necesarias para el respeto de los derechos de los demas, asi como para la proteccion de la moral y el orden publicos;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.