Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2003 (17/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

MORDAZA, miercoles 17 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 241-2003-OS/CD MORDAZA, 12 de diciembre de 2003 VISTO: El informe emitido por la Asesoria Legal OSINERG-GART-AL-2003-169. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 039-2003-EM se modifico el articulo 180º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, disponiendose que los importes de corte y reconexion deberan cubrir los costos eficientes en que se incurra para su realizacion y facultandose al OSINERG a aprobar los importes maximos de corte y reconexion, y la periodicidad de su vigencia, sobre la base de criterios y procedimientos que establezca al efecto; Que, la Unica Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 039-2003-EM, dispone que dentro de los noventa (90) dias calendario contados desde su publicacion, los concesionarios presentaran la primera propuesta por concepto de corte y reconexion debidamente sustentada y en caso incumplan con dicha MORDAZA, el OSINERG podra aprobar de oficio los importes maximos por dichos conceptos; Que, resulta necesario establecer un procedimiento para la aprobacion de los importes maximos de corte y reconexion, considerando como fecha de inicio el plazo previsto por la Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 039-2003-EM; Que, la Resolucion OSINERG Nº 196-2003-OS/CD, publicada el 26 de noviembre de 2003, dispuso la publicacion del proyecto de MORDAZA "Procedimiento para la Aprobacion de los Importes Maximos de Corte y Reconexion", en cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento General del OSINERG aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y con el objeto que los interesados remitan por escrito sus comentarios a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERG; Que, a consecuencia de la publicacion del documento mencionado se recibieron comentarios de dos empresas resumiendo el contenido de la MORDAZA y considerando que esta se ajustaba a los terminos indicados en el MORDAZA de transparencia; Que, habiendose cumplido con la publicacion correspondiente sin que se hayan formulado observaciones al proyecto de MORDAZA, se ha seguido el procedimiento dispuesto por el articulo 25º del Reglamento General del OSINERG, razon por la cual se encuentra expedita la aprobacion de la MORDAZA "Procedimiento para la Aprobacion de los Importes Maximos de Corte y Reconexion" y su exposicion de motivos, por el Consejo Directivo, en aplicacion de la funcion normativa que le otorga el inciso c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, asi como el articulo 22º del citado Reglamento General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del OSINERG aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y en el Decreto Supremo Nº 039-2003EM, asi como en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebese la MORDAZA "Procedimiento para la Aprobacion de los Importes Maximos de Corte y Reconexion", asi como su exposicion de motivos, la misma que consta de 5 Articulos, una Disposicion Transitoria y un Anexo, los cuales forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Dispongase la publicacion, en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del OSINERG: www.osinerg.gob.pe, de la presente Resolucion, de la MORDAZA "Procedimiento para la Aprobacion de los Importes Maximos de Corte y Reconexion" y de su exposicion de motivos.

MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo
OSINERG

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