Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2005 (04/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

CODIGO Grave Grave Grave Grave Grave Grave Grave Multa de 0.5 UIT Multa de 0.5 UIT Suspension de la Habilitacion Vehicular Multa de 0.5 UIT Suspension de la Habilitacion Vehicular Multa de 0.5 UIT Suspension de la Habilitacion Vehicular Multa de 0.5 UIT Multa de 0.5 UIT Multa de 0.5 UIT Interrupcion del viaje Multa de 0.5 UIT Multa de 0.5 UIT Multa de 0.5 UIT Multa de 0.5 UIT Multa de 0.5 UIT

INFRACCION

CALIFICACION

SANCION

MEDIDA PREVENTIVA

X15

No programar ni controlar el cumplimiento de las jornadas de trabajo de los conductores.

X16

No elaborar ni distribuir entre sus conductores, la cartilla de instrucciones que contenga informacion sobre las obligaciones que deben ser observadas durante la prestacion del servicio de transporte turistico terrestre.

X17

No comunicar a la autoridad competente del respectivo registro, en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario, cualquier variacion que se MORDAZA producido en la informacion inscrita en el mismo.

X18

No capacitar a sus conductores conforme a lo establecido en el reglamento.

MORDAZA, viernes 4 de febrero de 2005

X19

Usar en el servicio vehiculos de la categoria M3, sin contar ni mantener en buen estado de funcionamiento el dispositivo electronico que registre la velocidad, la detencion del vehiculo, el tiempo de viaje y la distancia recorrida.

X20

Usar en el servicio vehiculos de la categoria M3 sin contar ni mantener en buen estado de funcionamiento el dispositivo limitador de velocidad, conforme al reglamento.

X21

No usar el disco diagrama o documento registrador de la informacion del dispositivo electronico que registra la velocidad del vehiculo durante la prestacion del servicio.

X22 Grave Grave

No poner a disposicion de la autoridad competente o de la encargada de la investigacion policial, cuando sea requerido la hoja de ruta, Grave el disco diagrama o documento registrador de velocidad conforme al reglamento.

X23

Usar en el servicio vehiculos de su flota habilitada que no porten elementos de emergencia, conforme al reglamento.

X24

Permitir que en los vehiculos de su flota se transporte materiales inflamables, explosivos, corrosivos, venenosos o similares que pongan en riesgo la seguridad del viaje.

NORMAS LEGALES

X25

Usar en el servicio vehiculos de su flota habilitada que no cuenten con el equipo para la aplicacion de oxigeno conforme al reglamento. Grave

X.26

No verificar que al inicio y durante la prestacion del servicio, se porte en el vehiculo, la respectiva licencia del conductor, tarjeta de Grave identificacion vehicular o tarjeta de propiedad vehicular, certificado de habilitacion vehicular, certificado de revision tecnica y certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA, asi como la relacion de usuarios con indicacion del itinerario del viaje.

X27

No conservar la hoja de ruta, el disco diagrama o documento registrador de velocidad, asi como la ficha tecnica de mantenimiento del Leve vehiculo conforme al reglamento. Leve Leve Leve Leve

Multa de 0.25 UIT Multa de 0.25 UIT Multa de 0.25 UIT Multa de 0.25 UIT Multa de 0.25 UIT

X28

No tener, en el local de la empresa, la ficha tecnica de mantenimiento por cada vehiculo habilitado, o no ponerla a disposicion de la autoridad competente conforme al reglamento.

X29

No comunicar a la autoridad competente la nomina de sus conductores, de conformidad con lo dispuesto en el reglamento.

X30

No entregar la informacion o documentacion tecnica, legal, economico-financiera y estadistica relacionada con sus actividades que le sea requerida por la autoridad competente.

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X31

No exhibir en el caso de los vehiculos de las categorias M2 y M3, la leyenda "Transporte Turistico" conforme al reglamento.

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