Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2005 (04/02/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 58

Pag. 286216

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 4 de febrero de 2005

Lecaros MORDAZA, para que promueva labores de capacitacion, coordinacion para la ejecucion del Codigo Procesal Penal; Que, habiendo sido designado el Dr. MORDAZA MORDAZA Lecaros MORDAZA, Presidente de la Primera Sala Civil, es conveniente designar a un Vocal de la especialidad penal, que cumpla esa funcion; Que, asi mismo el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, reune las cualidades para el cargo; Por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al suscrito por el articulo 90º incisos 3), 4) y 9) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, la Presidencia; RESUELVE: Primero.- DESIGNAR como Presidente de la Comision de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal al doctor MORDAZA MORDAZA Escalante. Segundo.- Dar las MORDAZA por los servicios prestados al doctor MORDAZA MORDAZA Lecaros MORDAZA en la referida comision. Tercero.- PONGASE la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la Republica, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Oficina Distrital de Control de la Magistratura y Oficina Distrital de Administracion. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA INFANTES MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA 02549

Que, en atencion a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROBLES; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 02427 RESOLUCION JEFATURAL Nº 213-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 21 de enero de 2005 Visto, el Oficio Nº 12388-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC y el Informe Nº 045-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 13 de enero del 2005. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que los ciudadanos que registran foto, firma e impresion digital en las Partidas de Inscripcion Nº 06240787 y Nº 00003067, quienes dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA HJARLES MORDAZA, respectivamente; los mismos que, en atencion al MORDAZA de veracidad para el procedimiento registral, solicitaron y obtuvieron inscripcion en el entonces Registro Electoral, utilizando para tal fin sustentos que no les pertenecen con la intencion de usurpar la identidad de terceros, haciendo introducir de esta forma datos falsos en el Sistema del Archivo Nacional de Identificacion, cuya organizacion y mantenimiento es encargada por ley al RENIEC; Que, aun cuando si bien, se ha procedido administrativamente, esto es, la exclusion del registro de las inscripciones obtenidas en base a usurpacion de identidad, en salvaguarda del derecho a la identidad de los ciudadanos afectados y en estricto cumplimiento del articulo 67º inciso 7 del Decreto Ley Nº 14207 y de la Ley Nº 26497, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito Contra la Fe Publica en modalidad de Falsedad Generica; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra los ciudadanos que registran foto, firma e impresion digital en las Partidas de Inscripcion Nº 06240787 y Nº 00003067, y contra los que resulten responsables; y,

ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador interponer acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 212-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 21 de enero de 2005 VISTO: el Oficio Nº 11403-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Informe Nº 371 y 375-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC y el Informe Nº 018-2005-GAJ/RENIEC de fecha 5 de enero del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dada la simplificacion administrativa y en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones en los documentos, se presentaron a solicitar inscripcion en el Registro Unico de Identificacion, valiendose para ello de declaraciones falsas, las mismas que fueron ingresadas en instrumento publico, esto es el Registro, motivando la cancelacion de las inscripciones fraudulentas por disposicion de la Gerencia de Procesos, al tratarse de tramites irregulares; Que, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.