Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2006 (26/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de MORDAZA de 2006

Que, de la fotocopia certificada del Acta de Defuncion expedida por la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA, aparece que el dia 31 de diciembre del 2005 se produjo el sensible fallecimiento de la senora doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mayaute, Juez Titular de Paz Letrado de Independencia, Distrito Judicial del MORDAZA Norte de Lima; Que, el inciso primero del articulo 245º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, establece que el cargo de magistrado termina por fallecimiento; Que, en tal sentido, y habiendose determinado que la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mayaute, fallecio el 31 de diciembre del ano proximo pasado, corresponde en consecuencia formalizar su cese, de conformidad con la MORDAZA cintada precedentemente; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion extraordinaria de la fecha, sin las intervenciones de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse conformando Sala y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer en via de regularizacion, el cese por fallecimiento de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mayaute en el cargo de Juez Titular de Paz Letrado de Independencia, Distrito Judicial del MORDAZA Norte de Lima; reconociendosele postumamente por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07383

geografica, usos y costumbres, adopten las decisiones pertinentes respecto a la jornada laboral en el ambito de su competencia; disponiendose, asimismo, que se respete estrictamente lo prescrito por el articulo 25º de la Constitucion Politica del Estado, en cuanto a que la jornada ordinaria de trabajo es de 8 horas diarias, y que en las sedes judiciales ubicadas en la Costa y MORDAZA, la jornada laboral debera comenzar no MORDAZA de las 7:45 de la manana, y para la MORDAZA no MORDAZA de las 7:00 de la manana, debiendo agregarse, conforme a lo dispuesto por el articulo 7º de la Ley Nº 27671, el tiempo de 45 minutos de refrigerio, el cual no forma parte ni de la jornada ni del horario de trabajo; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA mediante Oficio Nº 3412-2005-P-CSJAN/PJ, conforme al Acuerdo adoptado en Sala Plena y a la solicitud presentada por el Sindicato de Trabajadores de ese Distrito Judicial, solicita a este Organo de Gobierno autorizacion para ampliar el horario de refrigerio en dicha Corte Superior de 45 a 60 minutos, esto es de 13:30 a 14:30 horas, incrementando el horario de salida en 15 minutos; Que, sobre el particular, la mencionada resolucion administrativa dispuso en el inciso 2) de sus Normas Especificas que "cualquier decision con relacion al horario de refrigerio distinto a lo preceptuado, requerira previo acuerdo con los trabajadores y autorizacion del Consejo Ejecutivo"; al respecto aparece de fojas 4 a 6 los Oficios Nºs. 70 y 72-2005-STPJ-BA-HZ/DIR cursados por el Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en los que expresan conformidad con la variacion del horario de refrigerio; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Minano, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez por encontrarse de vacaciones, por unanimidad: RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA a establecer en el ambito de su circunscripcion el horario de refrigerio de 13:30 a 14:30 horas, incrementandose el horario de salida en 15 minutos. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Fiscalia de la Nacion, Ministerio de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07384 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 047-2006-CE-PJ MORDAZA, 27 de marzo del 2006 VISTOS: Los Oficios Nºs. 1254-2005-P-CSJIC/PJ, 40692005-P-CSJIC/PJ y 7572-2005-P-CSJIC/PJ, cursados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica; y,

Autorizan a las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, Ica y MORDAZA a establecer horarios de refrigerio en sus respectivas jurisdicciones
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 046-2006-CE-PJ MORDAZA, 27 de marzo del 2006 VISTO: El Oficio Nº 3412-2005-P-CSJAN/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial conforme a las atribuciones establecidas en el articulo 82º, inciso 26, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, expidio la Resolucion Administrativa Nº 072-2002-CE-PJ, su fecha 5 de junio del 2002, aprobando la Directiva que regula la jornada laboral en las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, en la que se establece el MORDAZA normativo para que las Cortes Superiores de Justicia de acuerdo a su realidad

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