Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2006 (26/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, miercoles 26 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la MORDAZA MORDAZA indicada que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, conforme al articulo 195º inciso 6) de la Constitucion Politica del Peru, establece que las municipalidades son competentes para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece en el Titulo V de las Competencias y Funciones Especificas de los Gobiernos Locales, Capitulo I de las Competencias y Funciones Especificas Generales, el articulo 73º literal d) como una de las competencias de los Gobiernos Locales en general, la de emitir las normas tecnicas generales, en materia de organizacion del espacio fisico y usos del suelo asi como sobre la proteccion y conservacion del medio ambiente; Que, la Ordenanza Nº 220-MSS de fecha 23 de marzo de 2005 regula el procedimiento de habilitacion MORDAZA y tramites conexos para el distrito de MORDAZA de MORDAZA, regulando los procedimientos de habilitacion MORDAZA nueva, modificacion de proyectos de habilitacion MORDAZA aprobada, subdivision de lote sin cambio de uso con o sin obras complementarias, visacion de planos para la instalacion de servicios basicos, habilitacion MORDAZA complementaria, recepcion de obras y consultas tecnicas; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ha emitido la Ordenanza Nº 836-MML que establece los aportes reglamentarios para las habilitaciones urbanas en la provincia de MORDAZA y el Decreto de Alcaldia Nº 079MML que aprueba Normas que regulan los Procedimientos de Habilitaciones Urbanas para la Provincia de Lima; disposiciones que en lo que compete al nivel metropolitano se han tenido en cuenta a fin de definir con claridad el tramite a seguir uniformizando los procedimientos; Que, con fecha 12 de MORDAZA de 2005 se aprueba el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas mediante Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA el mismo que constituye una MORDAZA juridica que reglamenta la aplicacion de una Ley, y por ende es de aplicacion general en todo el territorio de la Republica, en consecuencia, dicha disposicion legal es aplicable dentro de la jurisdiccion territorial del distrito de MORDAZA de MORDAZA, para los procedimientos no regulados en la Ordenanza a que se refiere el considerando anterior; Que, entre los procesos no normados en el Decreto de Alcaldia Nº 079-MML, se encuentran las habilitaciones urbanas que a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 26878, en el distrito de MORDAZA de MORDAZA se encontraban con resolucion consentida de la autoridad competente que aprueba los Estudios Preliminares y/o los Estudios Definitivos de su proyecto de habilitacion MORDAZA, todos los cuales a la fecha cuentan con un alto grado de consolidacion con viviendas construidas, habitadas y con todos los servicios basicos, por lo que resulta indispensable legislar, en el MORDAZA normativo del Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA, con el fin de facilitar su formalizacion en el estado en que se encuentran; Que, igualmente es necesario normar la Subdivision de Lotes Urbanos sin Cambio de Uso Con Obras o Sin Obras asi como la Independizacion de Terrenos Rusticos y establecer las Consultas Tecnicas a nivel de la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas con el fin de simplificar los procedimientos y garantizar el orden en el desarrollo MORDAZA del distrito; Que, la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA es competente para dictar normas municipales complementarias para la aplicacion de las disposiciones legales que regulan los procedimientos relativos a la Habilitaciones Urbanas, siempre que no se vulneren sus disposiciones o principios juridicos establecidos; Que, siendo asi se hace necesario derogar la Ordenanza Nº 220-MSS y normar en concordancia con la legislacion vigente en materia de Habilitacion MORDAZA,

estableciendo los procedimientos conexos a los tramites de habilitacion urbana; Que, de la revision de la citada Ordenanza, se verifica que la Habilitacion MORDAZA Nueva y Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, se encuentran inmersas en los tramites senalados tanto en el Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA como en el Decreto de Alcaldia Nº 079-MML, por lo que sus requisitos y procedimientos se adecuaran a las normas precitadas; Que, asimismo es necesario regular los tramites conexos como Subdivision de Lotes sin Cambio de Uso Sin Obras y Con Obras, Independizacion de Terrenos Rusticos y Consultas Tecnicas adecuandose a lo senalado en el Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 290-2005VIVIENDA; Contando con opiniones favorables expresadas en el Dictamen Nº 005-2006-CDL/MSS de la Comision de Desarrollo Local y el Dictamen Nº 007-2006-CAJ-MSS de la Comision de Asuntos Juridicos, y con el Informe Nº 177-2006-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA e Informes Nº 272-2006-OAJ-MSS y Nº 3202006-OAJ-MSS de la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con lo previsto en los articulos 9º, 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta por Unanimidad se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LOS PROCEDIMIENTOS DE HABILITACION MORDAZA Y TRAMITES CONEXOS PARA EL DISTRITO DE MORDAZA DE SURCO. TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I OBJETO Y ALCANCES DE LA ORDENANZA Articulo 1º.- Objeto El objeto de la presente Ordenanza es regular los procedimientos administrativos de: 1. Habilitacion MORDAZA Nueva. 2. Modificacion de Proyecto de Habilitacion MORDAZA Nueva aprobada. 3. Recepcion de Obras de Habilitacion MORDAZA 4. Habilitacion MORDAZA Ejecutada. 5. Subdivision de Lotes Sin Cambio de Uso Con o Sin Obras. 6. Independizacion de Terreno Rustico. 7. Consultas Tecnicas La Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA es la competente para conocer los procedimientos mencionados. Articulo 2º.- Ambito de aplicacion El ambito de aplicacion comprende los predios rusticos, semi rusticos y urbanos existentes en la jurisdiccion de MORDAZA de MORDAZA, cuyos propietarios deban efectuar los procedimientos senalados en el articulo precedente. Articulo 3º.- Definiciones Para los efectos de la presente Ordenanza, se entendera por: 1. Plan MORDAZA Distrital: El Plan MORDAZA Distrital de MORDAZA de MORDAZA vigente, que es el principal instrumento tecnico normativo urbanistico que rige y orienta el desarrollo MORDAZA del distrito. 2. Predio Urbano: predio que se encuentra dentro del ambito MORDAZA y cuenta con el MORDAZA de habilitacion MORDAZA concluido. 3. Predio Rustico: Predio que no ha sido objeto del MORDAZA de habilitacion urbana. 4. Predio Semi-rustico: Predio proveniente de una Parcelacion Semi-Rustica en el MORDAZA del Reglamento de Urbanizaciones y Subdivision De Tierras, aprobado por Decreto Supremo Nº 001 de fecha 20 de enero de 1955.

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