Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2006 (26/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de MORDAZA de 2006

5. Predio Eriazo: Predio improductivo por falta o exceso de agua, se encuentra comprendido en el termino generico de Predio Rustico. 6. Habilitacion Urbana: MORDAZA que implica el cambio de uso del predio MORDAZA o eriazo a MORDAZA, individualizando los lotes destinados a la realizacion de actividades urbanas, dotandolos de los servicios basicos indispensables, asi como de las areas de equipamiento para recreacion publica y servicios publicos complementarios, en concordancia con el Plan MORDAZA Distrital y normas reglamentarias vigentes. 7. Habilitacion MORDAZA Nueva: MORDAZA que se sigue sobre terrenos eriazos o rusticos con el fin de convertirlos en urbanos, que no cuenten con viviendas construidas. 8. Habilitacion MORDAZA Ejecutada: Habilitacion MORDAZA sobre la que se ha construido viviendas sin contar con resolucion de la autoridad competente que apruebe la Habilitacion MORDAZA en el MORDAZA de la Ley Nº 26878 y su modificatoria Ley Nº 27135, ni con Estudios Preliminares y/o Estudios Definitivos de Habilitacion MORDAZA, segun la normatividad anterior a las Leyes mencionadas. 9. Aporte Reglamentario: Son las areas de terreno habilitado que entrega gratuita y obligatoriamente la persona natural o juridica que lleva a cabo el MORDAZA de Habilitacion MORDAZA, con el fin de cubrir las necesidades de equipamiento MORDAZA de la MORDAZA, recreacion publica, parques zonales, servicios publicos complementarios (Educacion y Otros Fines) y para fines de renovacion urbana. 10. Subdivision de Lotes Sin Cambio de Uso: MORDAZA de particion de lotes urbanos en fracciones que seran destinadas al mismo uso que el terreno matriz. Puede ser "Sin Obras o "Con Obras Complementarias", entendiendose como obras, aquellas propias de la habilitacion urbana; como pistas y/o accesos para que el lote subdividido pueda funcionar en forma independiente. 11. Independizacion: Particion de un terreno MORDAZA o MORDAZA MORDAZA ubicada en MORDAZA de expansion MORDAZA en dos o mas parcelas. Articulo 4º.- Organo Competente El organo competente para conocer los procedimientos normados por la presente Ordenanza en el ambito de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA es la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a traves de la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas. CAPITULO II COMISION TECNICA DISTRITAL DE HABILITACIONES URBANAS Articulo 5º.- Competencia La Comision Tecnica Distrital de Habilitaciones Urbanas es la encargada de pronunciarse, mediante dictamenes en todos los procedimientos establecidos en el articulo 1º de la presente Ordenanza. Articulo 6º.- Conformacion La Comision Tecnica Distrital de Habilitaciones Urbanas estara conformada por: a) Presidente: Subgerente de Licencias y Habilitaciones Urbanas. b) Miembro: Delegado del Colegio de Arquitectos del Peru. c) Miembro: Delegado del Colegio de Ingenieros del Peru. d) Miembro: Representante de SEDAPAL. e) Miembro: Representante de LUZ del SUR f) Miembro: Representante de la Camara Peruana de la Construccion (CAPECO) Los dictamenes seran aprobados por mayoria simple de los asistentes. En el caso de inasistencia del Presidente, el Gerente de Desarrollo MORDAZA asumira la presidencia de la Comision. Las entidades integrantes deberan acreditar anualmente a sus representantes titulares y suplentes o alternos, ante la Gerencia de Desarrollo Urbano.

Articulo 7º.- Miembros AD HOC El presidente de la Comision Tecnica, cuando el caso lo amerite, podra citar a los representantes Ad Hoc: a) Delegado del Instituto Nacional de Cultura, en el caso de presumirse la interferencia de areas del patrimonio cultural, historico o monumental de la Nacion con la habilitacion MORDAZA en tramite. b) Delegado del Ministerio de Agricultura, de encontrarse el terreno materia de tramite afectado por cursos de agua. c) Delegado del SERPAR, cuando el apor te reglamentario a dicho organismo sea igual o mayor del area normativa de la MORDAZA, quien emitira opinion respecto de la ubicacion de los lotes que corresponden como aporte al Servicio de Parques. d) Delegado del Colegio de Ingenieros, especialista en vialidad MORDAZA, cuando la complejidad del proyecto lo requiera. e) Delegado del Instituto de Defensa Civil, en caso que el terreno a habilitar se encuentre en zonas vulnerables a desastres naturales. La opinion de los representantes MORDAZA senalados, en los temas de su competencia, sera de obligatoria consideracion por los miembros de la Comision, para la evaluacion y calificacion del proyecto de habilitacion urbana. La Comision podra invitar a representantes de instituciones publicas o privadas cuando considere necesaria su participacion. Articulo 8º.- Funciones La Comision Tecnica Distrital de Habilitaciones Urbanas tiene las funciones siguientes: 1. Revisar y pronunciarse acerca del cumplimiento de las condiciones tecnicas normativas que rigen los procedimientos establecidos en la presenta Ordenanza, y supletoriamente el Titulo II Habilitaciones Urbanas del Reglamento Nacional de Edificaciones aprobado con la Resolucion Ministerial Nº 290-2005-VIVIENDA, asi como toda MORDAZA sobre la materia. 2. Establecer la calidad minima de las obras (calzadas y aceras). 3. En los procesos de habilitacion MORDAZA, pronunciarse acerca de la conformidad de la ubicacion y caracteristicas de las areas de aporte reglamentario, asi como establecer la obligacion de la redencion en dinero del aporte para Recreacion Publica, cuando el area a entregar para dicho fin sea menor de 800 metros cuadrados, excepto en las Parcelaciones Semi-rusticas: Los MORDAZA, El Derby, MORDAZA MORDAZA, El Vivero y San MORDAZA que tienen un regimen especial sobre el tratamiento del aporte para Recreacion Publica, y definir los lotes que le corresponden como aporte reglamentarios al Servicio de Parques, con la opinion favorable del delegado Ad Hoc del Servicio de Parques o en caso de inasistencia de este. 4. Atender al profesional responsable del proyecto cuando este solicite sustentar verbalmente su proyecto ante la Comision. TITULO II PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 9º.- Etapas del procedimiento de Habilitaciones Urbanas. El procedimiento se encuentra constituido por dos etapas: a) Etapa de Aprobacion de Habilitacion MORDAZA, que tiene por objeto que el solicitante sustente y obtenga la conformidad tecnica de su proyecto y de las condiciones urbanisticas que debe respetar; y, b) Etapa de Recepcion de Obras, que tiene por objeto que el solicitante obtenga la conformidad de las obras urbanas que MORDAZA ejecutado en concordancia con la Habilitacion MORDAZA aprobada.

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