Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2006 (26/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, miercoles 26 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Articulo 10º.- Sujetos del Procedimiento Son sujetos del procedimiento las personas naturales o juridicas, privadas o publicas MORDAZA estas Asociaciones de Vivienda o Pro Vivienda, Cooperativas de Vivienda, Urbanizadoras, Habilitadoras y toda otra forma de organizacion de persona juridica, que proyecten el cambio de uso del suelo, con el fin de convertirlo de eriazo, MORDAZA o semi MORDAZA en MORDAZA, con o sin edificacion. CAPITULO II HABILITACION MORDAZA NUEVA Articulo 11º.- Requisitos El expediente contendra los siguientes documentos: a) Formulario-Solicitud, debidamente llenado. b) Titulo de propiedad inscrito en el Registro de Predios, que incluya la descripcion del terreno y/o MORDAZA literal de dominio con fecha de expedicion no mayor a 30 dias calendario. Si el propietario del terreno es persona juridica debera presentar la MORDAZA literal del Registro de Personas Juridicas o el Certificado de Vigencia de Poderes, que acredite la representacion y las facultades de los representantes. c) Plano de Lotizacion, que cumpla con los requisitos del Reglamento de Inscripciones de Registros Publicos; Plano de Ubicacion referencial a escala conveniente y de localizacion a escala 1/10,000 con coordenadas geograficas UTM, Memoria Descriptiva firmada y sellada por el proyectista, indicando las manzanas, areas de los lotes, numeracion, aportes y servicios con los que cuente. (2 copias y una MORDAZA digitalizada en diskette o CD). d) Factibilidad de ser vicios de agua potable, alcantarillado convencional y/o de sistemas de agua y saneamiento alternativos, energia electrica; otorgadas por las instituciones Publicas o Privadas competentes, segun corresponda. e) Certificado de habilidad del proyectista expedido por el Colegio profesional correspondiente (Arq. o Ing. Civil). f) Comprobantes de pago por derecho de tramite y de revision. g) Declaracion Jurada de Inexistencia de Restos Arqueologicos (CIRA) del Instituto Nacional de Cultura, Declaracion Jurada de Inexistencia de Feudatarios, Declaracion Jurada de Inexistencia de MORDAZA de Regadio firmado por el propietario del terreno y plano de canalizacion de agua de regadio aprobado por el Ministerio de Agricultura de ser el caso, Declaracion Jurada de Inexistencia de Riesgo del terreno e Informe de Evaluacion de Riesgo del terreno otorgado por el Instituto Nacional de Defensa Civil-INDECI, de ser el caso. Adicionalmente, de considerarlo necesario la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas, segun la ubicacion y/o caracteristicas de la habilitacion propuesta, solicitara el Estudio de Impacto Ambiental y/o Estudio de Impacto Vial. Esta documentacion debera ser vigente a la fecha de su MORDAZA y constituira el Expediente Tecnico. Articulo 12º.- Procedimiento El expediente se presentara ante el Modulo de Orientacion al Administrado de la Municipalidad donde se verificara que se encuentra completo, de ser asi ingresara a la administracion a traves de la Mesa de Partes, de faltar algun requisito, o ser insuficiente la documentacion presentada, la omision se notificara en el acto al interesado, quien tendra 48 horas para subsanarla, en su defecto se devolvera dandose por no recibido. Los expedientes conformes se tramitaran a la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas donde se verificara la formalidad de los requisitos, asi como el cumplimiento de los Planes Urbanos y la Normatividad urbanistica vigente: a) Si se cumplen los requisitos, el Expediente Tecnico sera remitido a la Comision Tecnica con los informes respectivos. b) Si de la evaluacion de los documentos presentados, se advirtiera observaciones de caracter tecnico y/o legal,

se comunicara al administrado por unica vez para la subsanacion de los mismos, en un plazo no mayor de 15 dias habiles, contados a partir de la recepcion de la notificacion, remitiendose los actuados subsanados o no, a la Comision Tecnica de Habilitacion MORDAZA para su pronunciamiento. Articulo 13º- Pagos y Emision de la Resolucion Si el dictamen de la Comision Tecnica es "Favorable", previo pago de la liquidacion equivalente al 1% del Valor de las Obras, la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas emitira la Resolucion que aprueba la Habilitacion MORDAZA Nueva y Autoriza la Ejecucion de las Obras en un plazo de dieciocho (18) meses, debiendose remitir MORDAZA certificada del expediente a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en un plazo que no excedera los cinco (5) dias habiles. Si el dictamen es desfavorable, se comunicara al administrado para la subsanacion de las observaciones en un plazo no mayor a 20 dias habiles de recepcionada la notificacion, caso contrario se emitira la Resolucion correspondiente. Articulo 14º- Autorizacion para construccion simultanea y venta garantizada. La Resolucion de aprobacion de la Habilitacion MORDAZA Nueva incluira, en todos los casos, la autorizacion para llevar a cabo construccion simultanea y para celebrar contratos de venta garantizada. La autorizacion de construccion simultanea es potestativa pudiendo el habilitador hacer uso de MORDAZA o no. En el caso que el habilitador proceda a la venta de los lotes, MORDAZA de la conclusion de las obras, debera incluir en los contratos de compraventa, cualquiera de las garantias previstas en la legislacion vigente para asegurar la culminacion de las obras de habilitacion urbana. Articulo 15º.- Habilitaciones Urbanas con Estudios Preliminares y/o Definitivos La presente Ordenanza da por cumplida la etapa de Aprobacion de la Habilitacion MORDAZA, con o sin modificaciones, con relacion a los estudios aprobados de los proyectos que figuran en la relacion que como anexo 1 forma parte de la presente Ordenanza, los que a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 26878 contaban con resolucion consentida de la autoridad competente que aprueba los Estudios Preliminares y/o los Estudios Definitivos. Para formalizar la aprobacion de la habilitacion MORDAZA la Subgerencia de Licencias y Habilitaciones Urbanas procedera a la emision, en cada caso, de una Resolucion especifica, en la que se consignen las condiciones establecidas en la presente Ordenanza y procedera al MORDAZA de los planos de replanteo, previa visacion y verificacion de su concordancia con el levantamiento catastral de la MORDAZA por la Subgerencia de Planeamiento Urbano. Para tal efecto los interesados deberan presentar los siguientes requisitos: a) Formulario-Solicitud, debidamente llenado. b) Titulo de Propiedad, debidamente inscrito en los Registros Publicos. c) MORDAZA de los Planos aprobados de trazado y lotizacion. d) Plano de Replanteo de trazado y lotizacion. MORDAZA certificada de la Resolucion y del plano de replanteo correspondiente, a que se refiere el parrafo anterior, seran remitidos a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en un plazo que no excedera los cinco (5) dias habiles. Articulo 16º.- Tratamiento especial de las Habilitaciones Semi-rusticas En el caso de predios pertenecientes a Parcelaciones Semi-rusticas para la regularizacion de la habilitacion MORDAZA convencional, de conformidad con el articulo 35º del Decreto de Alcaldia Nº 079 de fecha 30 de setiembre del 2005 emitido por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, cuando se trata de la habilitacion MORDAZA de lote unico, por haber seguido un MORDAZA de habilitacion previo en el que se han aprobado los Estudios, Proyectos y Recepcion de Obras como Parcelacion Semi-rustica, por la presente Ordenanza se da por cumplida la etapa

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