Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2010 (29/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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requisitos previstos en los articulos 208º y 211 de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, por lo que corresponde a la Administracion pronunciarse sobre el fondo del asunto; Que, a traves del Oficio Nº 0320-2010-PRODUCE/ OGA/OEC de fecha 20 de MORDAZA de 2010, emitido por la Direccion de Oficina de Ejecucion Coactiva del Ministerio de la Produccion, se comunica a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero que respecto a la embarcacion pesquera MORDAZA 2 identificada con matricula CE-3046-PM, cuentan con dos procedimientos de ejecucion coactiva, los mismos que se encuentran suspendidos temporalmente por haberse interpuesto una demanda de revision judicial ante la MORDAZA Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA (Expedientes Coactivos Nºs. 346 y 398-2009); Que, en tal sentido y atendiendo a que lo informado por la Oficina de Ejecucion Coactiva del Ministerio de la Produccion con el Oficio Nº 0320-2010-PRODUCE/ OGA/OEC de fecha 20 de MORDAZA de 2010, corrobora lo manifestado por los recurrentes, consideramos que, se han superado los motivos que sustentaron la improcedencia de la solicitud de cambio de titularidad del permiso de pesca de la embarcacion MORDAZA 2 con matricula CE3046-CM, por lo que debe declararse fundado el Recurso de Reconsideracion interpuesto por los senores MORDAZA NORITH MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 175-2010-PRODUCE/DGEPP de fecha 18 de marzo de 2010; Que, habiendose cumplido con la totalidad de requisitos del procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, al MORDAZA del MORDAZA de celeridad establecido en el numeral 1.9 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, que establece "Quienes participan en el procedimiento deben ajustar su actuacion de tal modo que se dote al tramite de la MORDAZA dinamica posible, evitando actuaciones procesales que dificulten su desenvolvimiento o constituyan meros formalismos, a fin de alcanzar una decision en tiempo razonable, sin que ello releve a las autoridades del respeto al debido procedimiento o vulnere el ordenamiento", debe otorgarse el cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Que, asimismo, el cambio de titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA 2 con matricula CE-3046-CM debe otorgarse condicionando su vigencia al resultado de la demanda contencioso administrativa ante la MORDAZA Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, (Expedientes Coactivos Nºs. 346 y 398-2009), de conformidad con el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, que textualmente dice: "En aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la via administrativa o judicial, procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, encontrandose condicionada la vigencia a su resultado."; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto a traves del Informe Nº 250-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920 y demas normas complementarias y el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar FUNDADO el Recurso de Reconsideracion interpuesto por los senores MORDAZA

NORITH MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 175-2010-PRODUCE/DGEPP. Articulo 2º.- Aprobar a favor de los senores MORDAZA NORITH MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cambio de la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA 2 con matricula CE-3046-CM, en los mismos terminos y condiciones que fue otorgado con Resolucion Ministerial Nº 022-2000-CTAR-ANCASH/DRP-CH, condicionandose su vigencia al resultado del MORDAZA judicial correspondiente, por las consideraciones expuestas en la presente resolucion. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 022-2000-CTAR-ANCASH/DRP-CH, para operar la embarcacion pesquera denominada MORDAZA 2 de matricula CE-3046-CM. Articulo 4º.- Consignar a los senores MORDAZA NORITH MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como titulares del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera MORDAZA 2 de matricula CE-3046-CM, asi como, la presente Resolucion al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, excluyendo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la Resolucion Ministerial Nº 0222000-CTAR-ANCASH/DRP-CH de dicho Anexo. Articulo 5º .- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolucion sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE, que establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Articulo 6º. - Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CAMOGLIANO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 498829-8

Autorizan reincorporacion de permiso de pesca de embarcacion pesquera para extraccion de sardina, jurel y caballa, solicitado por la Compania Pesquera Pepa S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 277-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2010 Visto el escrito de registro Nº 00086639-2009 de fecha 03 de noviembre del 2009, presentado por la COMPANIA PESQUERA PEPA S.A.C. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 505-97-PE de fecha 03 de octubre de 1997, se otorgo entre otras a COMPANIA PESQUERA PEPA S.A., permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "ARIANA" con matricula PT-11386-CM con 102.26 m3 de capacidad de bodega para la extraccion de los recursos hidrobiologicos sardina, jurel y caballa con

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