Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2010 (29/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 2010

Aprueban Procedimiento para la Atencion y Disposicion de Medidas ante Situaciones de Riesgo Electrico Grave
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 107-2010-OS/CD MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2010 VISTO: El Memorando Nº GFE-611-2010-OS/GFE de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, la aprobacion de la publicacion del "Procedimiento para la Atencion y Disposicion de Medidas ante Situaciones de Riesgo Electrico Grave". CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido por el inciso c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el articulo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, establece que la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que, segun lo dispuesto por el articulo 3º de la Ley Nº 27699 ­ Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora; Que, de acuerdo al articulo 2º de la Ley Nº 28151, Ley que modifica diversos articulos de la Ley Nº 26734, Ley del Organismo Supervisor de Inversion en Energia y Mineria, es funcion de OSINERGMIN fiscalizar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones tecnicas y legales del subsector electricidad, referidas a la seguridad y riesgos electricos, por parte de empresas de otros sectores, asi como de toda persona natural o juridica de derecho publico o privado, informando al organismo o sector competente sobre las infracciones cometidas, quienes a su vez les comunicaran de las sanciones impuestas; Que, asimismo, la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28151 establece que en situaciones de riesgo electrico grave que exponga la MORDAZA de las personas, OSINERGMIN procedera a disponer la suspension de la actividad que la provoque o el corte del servicio; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 735-2007-OS/CD se aprobo el "Procedimiento para la Solicitud de Paralizacion de Actividades por Riesgo Electrico Grave", el cual establece los criterios basicos para la evaluacion de las solicitudes de paralizacion de actividades por riesgo electrico, a fin de eliminar aquellas situaciones que ponen en peligro la seguridad publica; Que, considerando el tiempo transcurrido desde la vigencia del "Procedimiento para la Solicitud de Paralizacion de Actividades por Riesgo Electrico Grave", deviene en necesario actualizarlo teniendo en cuenta la experiencia adquirida en la atencion de las solicitudes formuladas por las empresas concesionarias y otros, considerando las observaciones y propuestas derivadas de la labor de supervision por parte de esta entidad. Que, en ese sentido, OSINERGMIN prepublico el 12 de febrero de 2010 en el Diario Oficial El Peruano el "Procedimiento para la Atencion y Disposicion de Medidas ante Situaciones de Riesgo Electrico Grave", en concordancia a lo dispuesto en el articulo 25º del

Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, con la finalidad de recibir los aportes del publico en general, los mismos que han sido objeto de comentarios en la exposicion de motivos de la presente Resolucion; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, la Gerencia Legal y la Gerencia de Fiscalizacion Electrica. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Procedimiento para la Atencion y Disposicion de Medidas ante Situaciones de Riesgo Electrico Grave", contenido en el anexo adjunto y cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El presente Procedimiento entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el MORDAZA del Estado Peruano y en el MORDAZA Institucional de OSINERGMIN. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCION Y DISPOSICION DE MEDIDAS ANTE SITUACIONES DE RIESGO ELECTRICO GRAVE EXPOSICION DE MOTIVOS Con el "Procedimiento para la Solicitud de Paralizacion de Actividades por Riesgo Electrico Grave", OSINERGMIN establecio el procedimiento, requisitos y los criterios basicos empleados para la evaluacion de las solicitudes presentadas por las empresas concesionarias o terceros ante una situacion de riesgo electrico grave. Asi, a pesar que con dicho procedimiento se mejoro la tramitacion de las solicitudes presentadas por las concesionarias y los administrados en general, OSINERGMIN ha detectado inconvenientes y omisiones en aspectos del procedimiento relativos a precisar el criterio tecnico para identificar una situacion de riesgo electrico grave, la forma de realizar las comunicaciones a OSINERGMIN ante casos de riesgos identificados, establecer mecanismos dinamicos para que los involucrados e interesados comuniquen a la entidad la existencia de una situacion de riesgo electrico grave, ampliar las medidas a ser dispuestas en estos casos, verificar el cumplimiento de la medida dispuesta y establecer el procedimiento para solicitar el levantamiento de la referida medida. En ese sentido, OSINERGMIN en aplicacion de la facultad normativa que le otorga el inciso c) del Articulo 3º de la Ley Nº 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, asi como el articulo 3º de la Ley Nº 27699 ­ Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, ha elaborado el Proyecto de modificacion del procedimiento denominandolo "Procedimiento para la Atencion y Disposicion de Medidas ante Situaciones de Riesgo Electrico Grave". El proyecto de modificacion establece un cambio en la denominacion del procedimiento motivado por el enfasis de la labor que OSINERGMIN realiza en estos casos. En efecto, en el MORDAZA esquema del procedimiento se detalla la labor que OSINERGMIN realizara en cada etapa del procedimiento desde el momento en que se toma conocimiento de la situacion del riesgo electrico, la disposicion de la medida, la labor de coordinacion con las entidades involucradas y el permanente seguimiento de OSINERGMIN en cada caso. Uno de los aspectos que se ha considerado necesario establecer en el MORDAZA procedimiento tiene que ver con delimitar terminologicamente el concepto tecnico de riesgo electrico grave. En ese sentido, el proyecto lo califica como

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