Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2010 (29/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

419777

Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y estando a la Resolucion de Superintendencia Nº 007-2010/SUNAT; SE RESUELVE:

Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, la aprobacion del "Procedimiento para Exoneracion de Compensaciones por Interrupciones Programadas"; CONSIDERANDO:

Articulo 1°.- Sustituyanse el numeral 5 del literal A de la seccion VII y el inciso b) del numeral 10 del literal C de la seccion VII del Procedimiento Especifico de "Reconocimiento Fisico - Extraccion y Analisis de Muestras" INTA-PE.00.03 (version 3), aprobado por Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 061-2010/SUNAT/A, por los siguientes textos: "5. Culminado el reconocimiento previo, el deposito temporal emite el Acta correspondiente (Anexo 6 del Procedimiento de Manifiesto de Carga INTA-PG.09 v.4.) la cual es suscrita por el dueno, consignatario o su representante y por funcionario aduanero, en los casos que participe." "b. Si se trata de un despacho de mercancias amparadas en declaraciones sin garantia segun el Articulo 160° de la Ley, el funcionario aduanero suspende el levante y comunica al despachador de aduanas y/o dueno o consignatario las incidencias encontradas. Para obtener el levante el despachador y/o dueno o consignatario cancela o garantiza los tributos, recargos y multas de corresponder, pudiendo solicitar la rectificacion de la declaracion, de acuerdo a lo senalado en el Procedimiento sobre rectificacion de declaracion correspondiente. El funcionario aduanero registra la diligencia en el SIGAD, verifica que se MORDAZA cancelado o garantizado la deuda tributaria aduanera y recargos. Articulo 2°.- En el Procedimiento Especifico de "Reconocimiento Fisico - Extraccion y Analisis de Muestras" INTA-PE.00.03 (version 3), aprobado por Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 061-2010/SUNAT/A, cuando se mencione: -"Despacho Excepcional" se debe entender "Despacho Excepcional o Despacho Normal". -"Solicitud Electronica de Reconocimiento Fisico" se debe entender "Confirmacion Electronica" Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 500291-1

Que, segun lo establecido por el inciso c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades sujetas a supervision o de sus usuarios; Que, el articulo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, establece que la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que segun lo dispuesto por el Articulo 3º de la Ley Nº 27699 ­ Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora; Que, en ejercicio de dicha facultad, se determino que era necesario incorporar un MORDAZA procedimiento para la tramitacion de las solicitudes de exoneracion de pago de compensaciones por interrupciones programadas por reforzamientos o ampliaciones de instalaciones del sistema de transmision, en concordancia con la modificacion de la Tercera Disposicion Final de la MORDAZA Tecnica de Calidad de los Servicios Electricos; Que, en ese sentido, a traves de la Resolucion Nº 2582009-OS/CD, OSINERGMIN prepublico el 26 de diciembre de 2009 en el Diario Oficial El Peruano, el "Procedimiento para Exoneracion de Compensaciones por Interrupciones Programadas", en concordancia con lo dispuesto en el articulo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, con la finalidad de recibir los aportes del publico en general, los mismos que han sido objeto de comentarios en la exposicion de motivos de la presente Resolucion; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, la Gerencia Legal y la Gerencia de Fiscalizacion Electrica. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Procedimiento para Exoneracion de Compensaciones por Interrupciones Programadas" contenido en el anexo adjunto y cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El presente Procedimiento entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, conjuntamente con su exposicion de motivos, en la pagina web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe y en el MORDAZA el Estado Peruano. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN PROCEDIMIENTO PARA EXONERACION DE COMPENSACIONES POR INTERRUPCIONES PROGRAMADAS I. OBJETIVO: Establecer el procedimiento administrativo que deberan observar las empresas concesionarias para la MORDAZA de solicitudes de exoneracion de pago de compensaciones por interrupciones programadas, a

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban Procedimiento para Exoneracion de Compensaciones por Interrupciones Programadas
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 106-2010-OS/CD MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2010 VISTO: El Memorando Nº GFE-603-2010 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo

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