Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2010 (29/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 2010

Que, dicha solicitud fue atendida mediante Oficio N° 0246-2009/CIP-CDT de fecha 11 de Noviembre de 2009 (fs. 222), mediante la cual, el Decano del Colegio de Ingenieros del Peru (CIP) ­ Consejo Departamental de Tumbes, designo a los Ingenieros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con CIP N° 47673 ­ REPEV.SBS. 077499 y MORDAZA MORDAZA LUPERDI MORDAZA, con CIP N° 25064 ­ REPEV.SBS. 0137-07. Que, mediante Escrito con Registro N° 041 de fecha 27 de Enero de 2010, los peritos MORDAZA mencionados, alcanzaron al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tumbes, el Informe de Tasacion Comercial del predio MORDAZA de 1'295,474.58 M2, de propiedad del Estado Peruano representado por el Gobierno Regional de Tumbes, ubicado en el Km 1,190+150 de la carretera Panamericana Norte, distrito de Canoas de Punta Sal, provincia de Contralmirante MORDAZA, departamento de Tumbes. Que, dicho Informe establece como valor comercial en el MORDAZA a la fecha (26 de Noviembre de 2009) del terreno MORDAZA descrito, el monto de U.S.$ 1'036,201.25 (Un millon treinta y seis mil doscientos uno con 25/100 Dolares Americanos), con un MORDAZA de Cambio de 2.89 S/.US$. Que, luego de realizada la tasacion, y en aplicacion de lo dispuesto en el numeral 3.3.5. de la Directiva N° 0012007/SBN, modificada por Resolucion N° 025-2007/SBN, la Entidad procedio con fecha 24 de Enero del presente ano, a la publicacion por unica vez en el Diario Oficial El Peruano, de un extracto en el que se consigno las caracteristicas del predio, su partida registral y valor de tasacion. Que, conforme a la MORDAZA MORDAZA mencionada, cualquier tercero interesado puede solicitar su inclusion en el procedimiento de venta, para lo cual tiene un plazo de diez (10) dias habiles para presentar una mejor oferta. Que, en orden a lo senalado en el considerando precedente, mediante Informe N° 019-2010/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-SGR de fecha 08 de Febrero de 2010 (fs. 265) el Secretario General Regional, encargado de centralizar, coordinar y supervisar el Tramite Documentario, informo que de la revision de los expedientes recepcionados desde el dia 25 de Enero al 05 de Febrero del presente ano, no ha recepcionado expediente sobre interes en el procedimiento administrativo de adjudicacion en venta directa presentado por la empresa BLUE MORDAZA BEACH CLUB S.A. Que, al no haberse presentado ningun tercero interesado en el procedimiento de venta iniciado por la empresa BLUE MORDAZA BEACH CLUB S.A., mediante Informe Tecnico Legal N° 001-2010/GOB.REG.TUMBESGRPPAT-SGAT-DABS-CMBV de fecha 09 de Febrero de 2010, MORDAZA con Informe Tecnico Legal Ampliatorio N° 001-A-2010/GOB.REG.TUMBES-GRPPAT-SGAT-DABSCMBV de fecha 25 de Febrero de 2010, la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tumbes opina que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos legales para la adjudicacion en venta directa bajo la causal prevista en el literal c) del articulo 34° del D.S N° 042-2006-EF, por lo que se debe proceder a emitir la correspondiente Resolucion Ejecutiva Regional aprobatoria de la venta directa y posterior suscripcion de minuta de transferencia. Que, en conclusion, habiendose cumplido con los presupuestos legales establecidos en el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por D.S N° 154-2001-EF y modificatorias, asi como con lo dispuesto en la Directiva N° 001-2007/SBN, modificada por Resolucion N° 0252007/SBN; y teniendose por reconocida plenamente la legalidad de la intervencion del Gobierno Regional de Tumbes en los actos de administracion y adjudicacion de bienes inmuebles a favor de terceros, corresponde adjudicar en venta directa la totalidad del terreno ubicado en la carretera Panamericana Norte Km 1190+150 del distrito de Zorritos (hoy Distrito de Canoas de Punta Sal), provincia de Contralmirante MORDAZA y departamento de Tumbes, con un area de 1'295,474.58 M2 y perimetro de 5,697.98 ML, de propiedad del Estado Peruano representado por el GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES,

cuyos linderos y medidas perimetricas corren inscritos en la Partida Electronica N° 11015157, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Tumbes adscrita a la MORDAZA Registral N° I ­ Sede Piura. Que, estando a lo informado y contando con la visacion de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, Secretaria General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial, y Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tumbes; en uso de las atribuciones conferidas al despacho mediante Ley Organica de Gobierno Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y Articulo Tercero de la Resolucion Ejecutiva Regional N° 669-2006/GOB.REG.TUMBES publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 16 de Noviembre de 2006. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, la adjudicacion en venta directa a favor de la empresa BLUE MORDAZA BEACH CLUB S.A. del predio de libre disponibilidad y dominio privado del Estado Peruano representado por el GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES, con un area de 1'295,474.58 metros cuadrados, ubicado en la carretera Panamericana Norte Km 1190+150 del distrito de Zorritos (hoy Distrito de Canoas de Punta Sal), provincia de Contralmirante MORDAZA y departamento de Tumbes, cuyos linderos y medidas perimetricas corren inscritos en la Partida Electronica N° 11015157, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Tumbes adscrita a la MORDAZA Registral N° I ­ Sede Piura; el cual se destinara para fines turisticos, bajo sancion de reversion Articulo Segundo.- El valor comercial del terreno cuya venta se aprueba en el Articulo Primero de la presente resolucion, asciende a U.S.$ 1'036,201.25 (Un millon treinta y seis mil doscientos uno con 25/100 Dolares Americanos), conforme la Valuacion Comercial realizada por los peritos Ingenieros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con CIP N° 47673 ­ REPEV.SBS. 0774-99 y MORDAZA MORDAZA LUPERDI MORDAZA, con CIP N° 25064 ­ REPEV.SBS. 0137-07; valor que sera cancelado mediante Cheque de Gerencia a nombre del Gobierno Regional de Tumbes, bajo fe notarial, contra la firma de la minuta del contrato de compra venta del terreno adjudicado en el articulo precedente, la cual sera firmada por las partes en un plazo que no excedera de treinta (30) dias habiles computados a partir de la fecha en que la presente Resolucion Ejecutiva Regional quede firme y consentida. La minuta sera formalizada mediante Escritura Publica, asumiendo los gastos notariales y registrales la empresa BLUE MORDAZA BEACH CLUB S.A. Articulo Tercero.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, luego de transcurrido el plazo de quince (15) dias habiles sin que se MORDAZA interpuesto ningun recurso administrativo contra la presente resolucion; elaborara el proyecto de minuta de compra venta para proceder con lo establecido en el articulo precedente. Articulo Cuarto.- De conformidad con lo establecido en el articulo 949° del Codigo Civil, la obligacion de enajenar el terreno descrito en el Articulo Primero de la presente resolucion, se MORDAZA efectiva al momento de la suscripcion por parte del Gobierno Regional de Tumbes y la empresa BLUE MORDAZA BEACH CLUB S.A. de la Escritura Publica mencionada en el articulo MORDAZA de la presente resolucion. Articulo Quinto.- Los ingresos que se obtengan de la venta descrita en el Articulo Primero de la presente resolucion, constituiran recursos del Tesoro Publico y del Gobierno Regional de Tumbes, en un 97% y 3% respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos correspondientes a cargo de la Entidad. Articulo Sexto.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, procedera a deducir los gastos operativos y administrativos inherentes al presente MORDAZA de venta; luego de lo cual distribuira bajo MORDAZA de entrega el producto final de la venta, de acuerdo a los porcentajes correspondientes MORDAZA senalados.

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