Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2010 (29/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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una posibilidad intolerable, en la medida que se busca incidir en el caracter MORDAZA del riesgo generado y, por ende, en la necesidad de actuar inmediatamente ante el. Asi, el riesgo electrico grave no solo se presenta cuando en las edificaciones u otras instalaciones en MORDAZA de construccion y en el desarrollo de determinadas actividades se incumplen con las distancias minimas de seguridad establecidas en el Codigo Nacional de Electricidad - Suministro, sino que tambien se configura cuando se verifica casos de MORDAZA electricos o incendios de instalaciones electricas. Sin embargo, en vista que a futuro podrian presentarse nuevos supuestos que MORDAZA pasibles de ser calificados como riesgo electrico grave, OSINERGMIN se reserva la facultad de calificar como tal un supuesto que no se encuentre expresamente previsto. Asimismo, el proyecto de modificacion establece que los interesados podran informar la existencia de una situacion de riesgo electrico grave no solo a OSINERGMIN y a la empresa concesionaria, sino tambien a sus autoridades locales y regionales a fin que OSINERGMIN actue de acuerdo a su competencia, esto en atencion a que se pretende que en las zonas que se encuentran alejadas de las principales ciudades del MORDAZA el procedimiento sea aplicado efectivamente. Por otro lado, a fin de dinamizar la comunicacion sobre la existencia de una situacion de riesgo electrico grave, el proyecto de modificacion establece que esta informacion podra ser comunicada no solo mediante un documento escrito, sino tambien utilizando el correo electronico. En lo que respecta a la disposicion de medidas dispuestas por OSINERGMIN, se ha visto por conveniente incluir el retiro de las instalaciones que se acerquen a conductores desnudos y/o partes con tension ubicadas en areas de uso publico, atendiendo a lo dispuesto en el articulo 2º de la Ley Nº 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, para supuestos en los cuales el incumplimiento de las distancias de seguridad MORDAZA ocasionados por paneles publicitarios u otras instalaciones similares. El proyecto de modificacion incorpora la obligacion de OSINERGMIN de efectuar una inspeccion, a fin de constatar el cumplimiento de la medida dispuesta. En ese sentido, sobre la base de la informacion que se obtenga en esta inspeccion se procedera a poner en conocimiento del Ministerio Publico la situacion de riesgo electrico grave y la omision de cumplir con la medida dispuesta por OSINERGMIN en la que incurra el infractor, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones de acuerdo a lo previsto en la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28151. A su vez, el MORDAZA procedimiento establece los requisitos y el procedimiento que debe seguir el interesado que solicite el levantamiento de la medida dispuesta por OSINERGMIN. En conclusion, debemos senalar que con las modificaciones propuestas en el proyecto de modificacion del procedimiento, se lograra mejorar la atencion y disposicion de medidas ante situaciones de riesgo electrico grave y se otorgara mayor eficacia a la labor de OSINERGMIN en estos casos.

areas de acceso publico, asi como aquellas acciones que OSINERGMIN realice ante el riesgo identificado. 3.- BASE LEGAL - Ley Nº 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (articulo 2º). - Ley Nº 28151, Ley que modifica diversos articulos de la Ley Nº 26734, Ley del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (articulo 2º y MORDAZA Disposicion Complementaria). - Codigo Nacional de Electricidad Suministro, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 366-2001-EM/VME. - Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Electricas, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 161-2007-MEM/DM. - Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. - Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, y modificatorias. 4.- LINEAMIENTOS GENERALES 4.1 Riesgo electrico grave es la posibilidad intolerable de ocurrencia de un accidente por contacto accidental con partes energizadas expuestas, arco electrico o incendio en una instalacion electrica. Se considera como tal: a) El incumplimiento actual o potencial de las distancias de seguridad, establecidas en el Codigo Nacional de Electricidad ­ Suministro, entre conductores desnudos y/o partes con tension ubicadas en areas de acceso publico, como vias, plazas, parques, etc., a las edificaciones u otras instalaciones en MORDAZA de construccion o montaje. b) El desarrollo de actividades en andamios, escaleras, carteles, letreros u otras instalaciones, cuya ubicacion con respecto a conductores desnudos y/o partes con tension ubicadas en areas de acceso publico, incumple las distancias de seguridad establecidas en el Codigo Nacional de Electricidad ­ Suministro. c) Otras situaciones que OSINERGMIN califique como riesgo electrico grave, o apruebe dar dicha calificacion en caso lo solicite la concesionaria. 4.2 Las situaciones de riesgo electrico grave identificadas por las concesionarias seran informadas a OSINERGMIN. Las referidas situaciones tambien pueden ser informadas por cualquier persona natural o juridica a OSINERGMIN o a la concesionaria de electricidad para ser remitida a este Organismo a fin que actue de acuerdo con su competencia. 4.3 OSINERGMIN evaluara la informacion recibida, efectuara una inspeccion para calificar riesgo electrico grave cuando corresponda y dispondra al infractor el cumplimiento de una o mas medidas previstas en el numeral 6.1. 4.4 Asimismo, verificara el cumplimiento de la disposicion de medida. En caso de incumplimiento, este organismo comunicara al Ministerio Publico. 4.5 Ante el requerimiento del levantamiento de la disposicion de medida, OSINERGMIN evaluara si la informacion es confiable, efectuara una inspeccion si fuera necesario y procedera a efectuar el levantamiento de la disposicion de medida, si corresponde. 5.- INFORMACION GRAVE DE RIESGO ELECTRICO

PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCION Y DISPOSICION DE MEDIDAS ANTE SITUACIONES DE RIESGO ELECTRICO GRAVE 1.- OBJETIVO Atender las comunicaciones cursadas ante situaciones de riesgo electrico grave, y disponer las medidas para prevenir, reducir o eliminar el riesgo identificado. 2.- ALCANCE Comprende las acciones que deben realizar las empresas concesionarias del servicio publico de electricidad, personas juridicas y personas naturales a nivel nacional, ante situaciones de riesgo electrico grave que ocurran en instalaciones electricas ubicadas en

5.1 Para que OSINERGMIN disponga una o mas medidas, la informacion debe contener lo siguiente: a) La ubicacion de la construccion, proyecto de construccion o instalacion que genera el riesgo electrico grave, adjuntar el croquis de ubicacion u otra referencia. b) Descripcion de la situacion de riesgo electrico grave. La informacion enviada por las concesionarias, ademas, debe contener fotografias o esquemas con indicacion de las distancias de seguridad vertical u horizontal incumplidas a las instalaciones electricas.

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