Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2010 (29/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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Que en este orden de ideas es necesaria la creacion de un organismo a nivel regional, multidisciplinario comprometido con la difusion, fomento, promocion y vigilancia de las politicas y cumplimiento de normas de seguridad y salud en el trabajo, para prevenir enfermedades y accidentes ocupacionales, utilizando la capacidad de analisis, instrumentos de gestion y la normatividad existente sobre el tema. De conformidad con la Constitucion Politica del Peru de 1993, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Articulo 37º y Articulo 38º de la Ley Organica de Gobierno Regionales Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968 y, estando a lo acordado. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional Articulo Primero.- CREACION Y OBJETO CREAR, el Comite Regional Transectorial de Seguridad y Salud en el Trabajo ­La MORDAZA (CORETRASSTRA ­ LA LIBERTAD), cuyo objetivo central es difundir y velar por el desarrollo de las politicas y normas legales referidas a seguridad y salud en el trabajo, teniendo en cuenta la especialidad de cada uno de los miembros que lo integran, representantes de entidades identificadas con la problematica. Articulo Segundo.- DE LAS FUNCIONES Son funciones del Comite Transectorial de Seguridad y Salud en el Trabajo ­ La Libertad: · Elaborar el Plan Regional sobre la materia que se aprobara mediante Resolucion Ejecutiva Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, debiendo ser publicado en el diario oficial de circulacion regional y colgada en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de La Libertad. · Coordinar y velar por el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas por los Programas de la Organizacion Internacional del Trabajo en el area de seguridad y salud en el trabajo que resulten pertinentes para cumplir con los instrumentos internacionales ratificados por el Estado Peruano y Politica del Gobierno Regional Central. · Orientar las acciones para la prevencion de condiciones laborales inseguras y procurar ambientes laborales adecuados. Articulo Tercero.- DE LA CONFORMACION El Comite Transectorial de Seguridad y Salud en el Trabajo - La MORDAZA, estara integrado por: 1.- Un Representante de la Gerencia Regional Trabajo. 2.- Un Representante de la Gerencia Regional de Salud. 3.- Un Representante Gerencia Regional de Agricultura. 4.- Un Representante Gerencia Regional Energia, Minas e Hidrocarburos. 5.-.Un Representante de la Sociedad Nacional de Industrias Sede La Libertad. 6.- Un Representante Gerencia Regional Transportes y Comunicaciones. 7.- Un Representante Gerencia Regional de Produccion. 8.- Un Representante del Es SALUD. 9.- Un Representante de la Camara de Comercio de La Libertad. 10.- Un Representante de cada Central Sindical de orden nacional acreditada en la Region. 11.- Un Representante de la Asociacion de Comerciantes e Industriales de Trujillo. 12.- Un Representante de las Universidad Nacional de la Region. 13.- Un Representante de las Universidades Privadas de la Region. 14.- Un Representante de los Colegios Profesionales de la Region. Articulo Cuarto.- DE LA SECRETARIA TECNICA La Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo, actuara como Secretaria Tecnica del mencionado Comite y contara con el apoyo tecnico de expertos de la O.I.T. y del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo

para cuyos efectos se estableceran las coordinaciones necesarias. Articulo Quinto.- DE LA IMPLEMENTACION OTORGAR, un plazo de treinta (30) dias para la implementacion del Comite Transectorial de Seguridad y Salud en el Trabajo ­ La Libertad. Las instituciones que integran el comite, designaran y acreditaran ante la Secretaria Tecnica del Comite Directivo Regional a sus representantes: indicando un titular y un alterno, en el termino de diez (10) dias habiles de publicada la presente resolucion. Articulo Sexto.- DE LA INSTALACION El Comite se instalara en sesion plena de los integrantes que conforman el comite, y dentro del plazo de quince dias de instalado debera elaborar los documentos de gestion; asi como formar comisiones especializadas para abordar los temas objeto de la presente. Articulo Setimo.- DE LA VIGENCIA La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de La MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los tres dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado AL SENOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La MORDAZA a MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 499242-5

Constituyen la Mancomunidad Regional Amazonas - San MORDAZA - La MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 001­2010­GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, de conformidad con lo previsto en el Articulo 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; de la Ley Organica de Gobierno Regionales, Ley Nº 27867, su modificatoria, Ley Nº 27902 y demas normas complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional. VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 15 de enero del ano 2010, el Oficio Nº 003-2009-GRLL/CR-ANRL, de fecha 09 de Diciembre del 2009, suscrito por el Consejero Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presenta el proyecto de Ordenanza Regional Nº 143-2099-GR-LL/CR, relativo a

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