Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2010 (29/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de MORDAZA de 2010

en el ano 2010 por Derecho de Vigencia en la formulacion de petitorios mineros durante el mes de MORDAZA, conforme el referido Decreto Legislativo; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29169, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 20 de Diciembre del 2007, se modifico el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92EM, precisando los porcentajes para la distribucion de los montos recaudados por los pagos efectuados por concepto de Derecho de Vigencia y Penalidad entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas; Que, el articulo 3º de la citada MORDAZA dispone que los Gobiernos Regionales recibiran los porcentajes de los ingresos que correspondan a los pagos efectuados por los Pequenos Productores Mineros y los Productores Mineros Artesanales; a partir de los pagos realizados desde el siguiente mes de su publicacion, esto es a partir de los pagos realizados en el mes de enero de 2008; Que, por Resolucion de Presidencia Nº 088-2009INGEMMET/PCD del 24 de Junio de 2009, se resuelve ratificar la designacion del Ingeniero MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA como Vicepresidente del Consejo Directivo del INGEMMET, quien asumira las funciones del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Geologico Minero y Metalurgico-INGEMMET en su ausencia. Que, la Direccion de Derecho de Vigencia, informa que el monto total a distribuir correspondiente al mes de MORDAZA del 2010, es de US $ 835,282.33 (Ochocientos Treinta y Cinco Mil Doscientos Ochenta y Dos y 33/100 Dolares Americanos) y S/. 287,991.90 (Doscientos Ochenta y Siete Mil Novecientos Noventa y Uno y 90/100 Nuevos Soles), efectuandose a este compensaciones por un monto ascendente a US $ 15,858.43 (Quince Mil Ochocientos Cincuenta y Ocho y 43/100 Dolares Americanos) y S/. 5,104.35 (Cinco Mil Ciento Cuatro y 35/100 Nuevos Soles); resultando un importe neto a distribuir de US $ 819,423.90 (Ochocientos Diecinueve Mil Cuatrocientos Veintitres y 90/100 Dolares Americanos) y S/. 282,887.55 (Doscientos Ochenta y Dos Mil Ochocientos Ochenta y Siete y 55/100 Nuevos Soles); Que, en atencion a las consideraciones precedentes, y a lo dispuesto en el articulo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, procede autorizar la distribucion de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de MORDAZA del 2010, a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas; De conformidad con el articulo 3º inciso 24) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; Con los visados de la Oficina de Asesoria Juridica y la Direccion de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar los montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos recaudados por los pagos efectuados en el ano 2010 por concepto de Derecho de Vigencia en la formulacion de petitorios mineros correspondiente al mes de MORDAZA, al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, de la siguiente manera:
Entidades DISTRITOS INGEMMET MEM GOBIERNOS REGIONALES TOTAL Total a Distribuir US$ 150,815.19 37,703.80 20,301.59 S/. 57,598.38 14,399.60 0.00 Deducciones US$ -2,087.62 -521.91 0.00 S/. Neto a Distribuir US$ 0.00 148,727.57 0.00 0.00 37,181.89 20,301.59 S/. 57,598.38 14,399.60 0.00

Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Oficina de Administracion del INGEMMET, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Consejo Directivo INGEMMET

ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD
De conformidad con el articulo 92º del Reglamento de los Titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y lo senalado en el literal "a" del Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, modificado por la Ley Nº 29169, se determina que la distribucion de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de MORDAZA del 2010, a las Municipalidades Distritales es el siguiente: DPTO. / PROV. / DISTRITO AMAZONAS/BAGUA COPALLIN AMAZONAS/CONDORCANQUI RIO MORDAZA AMAZONAS/RODRIGUEZ DE MORDAZA OMIA MORDAZA MORDAZA AMAZONAS/UTCUBAMBA EL MORDAZA LONYA GRANDE YAMON ANCASH/AIJA AIJA CORIS LA MORDAZA ANCASH/ASUNCION CHACAS ANCASH/BOLOGNESI AQUIA CAJACAY ANCASH/CARHUAZ ATAQUERO MARCARA ANCASH/CARLOS MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA YAUYA ANCASH/CASMA BUENA VISTA ALTA CASMA ANCASH/HUARAZ HUANCHAY S/. U.S. $

0.00

225.00

0.00

2,025.00

0.00 0.00

37.50 225.00

0.00 0.00 0.00

2,925.00 734.75 600.00

0.00 0.00 0.00

34.03 300.00 1,119.66

0.00

112.50

0.00 0.00

375.00 1,836.15

0.00 0.00

450.00 75.00

0.00 0.00

100.00 1,125.00

626,461.75 215,993.92 -13,248.90

-5,104.35 613,212.85 210,889.57

0.00 0.00

4,785.00 225.00

835,282.33 287,991.90 -15,858.43

-5,104.35 819,423.90 282,887.55

(*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2

0.00

112.50

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