Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2013 (22/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Jueves 22 de agosto de 2013

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de las familias y comunidades rurales y urbanas afectadas por el MORDAZA de violencia; Que, con Decreto Supremo N.º 102-2011-PCM, se adscribe la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional ­ CMAN al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, literal a) del numeral 12.1 del articulo 12º de la Ley N.º 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, autoriza de manera excepcional transferencias financieras, entre otras, para atender la operatividad del Plan Integral de Reparaciones ­ PIR, las mismas que se realizan mediante resolucion del titular del pliego y se publican en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Secretaria Ejecutiva de la CMAN con Oficio N.º 503-2013-JUS/SE-CMAN adjunta el Informe N.º 0712013-PMR/SE-CMAN mediante el cual emite opinion favorable y solicita se expida la Resolucion Ministerial que apruebe la transferencia financiera para veintinueve (29) convenios suscritos con Gobiernos Locales, doce (12) de los cuales contienen proyectos de inversion publica que han sido declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP; Que, el Informe N.º 092-2013-JUS/OGPP-OPRE de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para financiar la transferencia financiera hasta por el monto de S/.2 900 000,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Con el visado de la Secretaria Ejecutiva de la CMAN, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N.º 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley N.º 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y el Decreto Supremo N.º 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, hasta por la suma de S/.2 900 000,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor de los Gobiernos Locales detallados en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolucion, el cual se publicara en el MORDAZA institucional (www.minjus.gob.pe) en la misma fecha de publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La transferencia financiera autorizada por la presente Resolucion se realizara con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego: 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la fuente de financiamiento: 00 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora: 001 Oficina General de Administracion; Funcion: 23 Proteccion Social, Division Funcional: 051 Asistencia Social, Grupo Funcional: 0114 Desarrollo de Capacidades Sociales y Economicas, Actividad: 5001154 Reparaciones para las Victimas de la Violencia Terrorista y Violacion de los Derechos Humanos, Meta: 0016 Seguimiento de la Politica Nacional de Paz, Reparacion Colectiva y Reconciliacion Nacional, especificas del gasto 2.4. 1 3. 1 3 A otras Unidades del Gobierno Local - Gastos Corrientes: S/. 1 700 000,00 (UN MILLON SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) y 2.4. 2 3. 1 3 A otras Unidades del Gobierno Local ­ Gastos de Capital: S/. 1 200 000,00 (UN MILLON DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo 3º.- La transferencia financiera se efectuara conforme al cronograma de desembolsos, terminos y obligaciones establecidos en los Convenios suscritos por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con los Gobiernos Locales para el financiamiento de los proyectos y actividades detallados en el Anexo 1 de la presente Resolucion. Asimismo, los recursos no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con la Convencion de Derecho Internacional Privado (Codigo Bustamante), suscrito en la MORDAZA de la Habana, el 20 de febrero de 1928; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del requerido MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el MORDAZA Juzgado Penal Nacional de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Salud Publica, en la modalidad de Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica Bolivariana de Venezuela, de conformidad con la Convencion vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 978319-4

Autorizan transferencias financieras del Ministerio a favor de diversos Gobiernos Locales en el MORDAZA del Plan Integral de Reparaciones - PIR
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0192-2013-JUS MORDAZA, 21 de agosto de 2013 VISTOS: El Oficio N.º 503-2013-JUS/SE-CMAN, de la Secretaria Ejecutiva de la Comision Multisectorial de Alto Nivel, encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional ­ CMAN; el Informe N.º 092-2013-JUS/OGPP-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N.º 576-2013JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, la Ley N.º 28592, establece el MORDAZA Normativo del Plan Integral de Reparaciones - PIR para las victimas de la violencia ocurrida durante el periodo de MORDAZA de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comision de la Verdad y Reconciliacion; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N.º 015-2006-JUS se aprueba el Reglamento de la Ley N.º 28592, el cual establece los mecanismos, modalidades y procedimientos con la finalidad de reparar a las victimas del MORDAZA de violencia, con el objeto de contribuir a afirmar la paz y la MORDAZA entre los peruanos y propender a la reconciliacion nacional; Que, de acuerdo con el articulo 25º del Reglamento de la Ley N.º 28592, el Programa de Reparaciones Colectivas tiene por objetivo contribuir a la reconstruccion del capital social e institucional, material y economico ­ productivo

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