TEXTO PAGINA: 9
El Peruano Jueves 22 de agosto de 2013 501523 decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con la Convención de Derecho Internacional Privado (Código Bustamante), suscrito en la ciudad de la Habana, el 20 de febrero de 1928; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición activa del requerido CARLOS ALBERTO MARTÍNEZ CASTAÑEDA, formulada por el Segundo Juzgado Penal Nacional de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública, en la modalidad de Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática a la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con la Convención vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 978319-4 Autorizan transferencias financieras del Ministerio a favor de diversos Gobiernos Locales en el marco del Plan Integral de Reparaciones - PIR RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0192-2013-JUS Lima, 21 de agosto de 2013 VISTOS: El Ofi cio N.º 503-2013-JUS/SE-CMAN, de la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel, encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional – CMAN; el Informe N.º 092-2013-JUS/OGPP-OPRE, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N.º 576-2013- JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley N.º 28592, establece el Marco Normativo del Plan Integral de Reparaciones - PIR para las víctimas de la violencia ocurrida durante el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N.º 015-2006-JUS se aprueba el Reglamento de la Ley N.º 28592, el cual establece los mecanismos, modalidades y procedimientos con la fi nalidad de reparar a las víctimas del proceso de violencia, con el objeto de contribuir a afi rmar la paz y la concordia entre los peruanos y propender a la reconciliación nacional; Que, de acuerdo con el artículo 25º del Reglamento de la Ley N.º 28592, el Programa de Reparaciones Colectivas tiene por objetivo contribuir a la reconstrucción del capital social e institucional, material y económico – productivo de las familias y comunidades rurales y urbanas afectadas por el proceso de violencia; Que, con Decreto Supremo N.º 102-2011-PCM, se adscribe la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional – CMAN al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, literal a) del numeral 12.1 del artículo 12º de la Ley N.º 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, autoriza de manera excepcional transferencias fi nancieras, entre otras, para atender la operatividad del Plan Integral de Reparaciones – PIR, las mismas que se realizan mediante resolución del titular del pliego y se publican en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, la Secretaría Ejecutiva de la CMAN con Ofi cio N.º 503-2013-JUS/SE-CMAN adjunta el Informe N.º 071- 2013-PMR/SE-CMAN mediante el cual emite opinión favorable y solicita se expida la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera para veintinueve (29) convenios suscritos con Gobiernos Locales, doce (12) de los cuales contienen proyectos de inversión pública que han sido declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP; Que, el Informe N.º 092-2013-JUS/OGPP-OPRE de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para fi nanciar la transferencia fi nanciera hasta por el monto de S/.2 900 000,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Con el visado de la Secretaría Ejecutiva de la CMAN, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N.º 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley N.º 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y el Decreto Supremo N.º 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, hasta por la suma de S/.2 900 000,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor de los Gobiernos Locales detallados en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución, el cual se publicará en el portal institucional (www.minjus.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego: 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la fuente de fi nanciamiento: 00 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora: 001 Ofi cina General de Administración; Función: 23 Protección Social, División Funcional: 051 Asistencia Social, Grupo Funcional: 0114 Desarrollo de Capacidades Sociales y Económicas, Actividad: 5001154 Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Terrorista y Violación de los Derechos Humanos, Meta: 0016 Seguimiento de la Política Nacional de Paz, Reparación Colectiva y Reconciliación Nacional, específi cas del gasto 2.4. 1 3. 1 3 A otras Unidades del Gobierno Local - Gastos Corrientes: S/. 1 700 000,00 (UN MILLON SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) y 2.4. 2 3. 1 3 A otras Unidades del Gobierno Local – Gastos de Capital: S/. 1 200 000,00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo 3º.- La transferencia fi nanciera se efectuará conforme al cronograma de desembolsos, términos y obligaciones establecidos en los Convenios suscritos por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con los Gobiernos Locales para el financiamiento de los proyectos y actividades detallados en el Anexo 1 de la presente Resolución. Asimismo, los recursos no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.