Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2014 (02/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Miercoles 2 de MORDAZA de 2014

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SE ACORDO: Articulo 1º.- APROBAR el balance general y la memoria anual del ejercicio economico 2013 de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, con las notas a los estados financieros correspondientes y los resultados de gestion respectivos. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Subgerencia de Contabilidad la remision y MORDAZA a la Direccion Nacional de Contabilidad Publica para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica de los documentos aprobados, dentro del plazo exigido por ley, bajo responsabilidad. Articulo 3º.- DISPONER la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA municipal http.//www.munisanmiguel.gob.pe. Articulo 4º.- DISPENSAR al presente acuerdo del tramite de comisiones y del tramite de lectura y aprobacion del acta. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA R. AGUAYO LUY Regidor Encargado del Despacho de Alcaldia 1069069-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Convenio entre la Republica del Peru y la Republica Portuguesa para Evitar la Doble Tributacion y Prevenir la Evasion Fiscal en Relacion con los Impuestos a la Renta, y su Protocolo
(Aprobado por Resolucion Legislativa N° 30141 del 26 de diciembre de 2013, y ratificado por Decreto Supremo Nº 009-2014-RE del 5 de marzo de 2014) CONVENIO ENTRE LA REPUBLICA DEL PERU Y LA REPUBLICA PORTUGUESA PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION Y PREVENIR LA EVASION FISCAL EN RELACION CON LOS IMPUESTOS A LA RENTA La Republica del Peru y la Republica Portuguesa, Deseando concluir un Convenio para Evitar la Doble Tributacion y Prevenir la Evasion Fiscal en relacion con los Impuestos sobre la Renta, con el fin de promover y fortalecer las relaciones economicas entre los dos paises. Han acordado lo siguiente: CAPITULO I AMBITO DE APLICACION DEL CONVENIO ARTICULO 1 PERSONAS COMPRENDIDAS El presente Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados Contratantes. ARTICULO 2 IMPUESTOS COMPRENDIDOS 1. El presente Convenio se aplica a los impuestos sobre la Renta exigibles por cada uno de los Estados Contratantes, y en el caso de MORDAZA, respecto de sus subdivisiones politicas o administrativas o sus entidades locales, cualquiera que sea el sistema de exaccion. 2. Se consideran Impuestos sobre la Renta los impuestos que gravan la totalidad de la renta o cualquier parte de la misma, incluidos los impuestos sobre las ganancias derivadas de la enajenacion de la propiedad mobiliaria o inmobiliaria, los impuestos sobre los importes totales de los sueldos o salarios pagados por las empresas, asi como los impuestos sobre las plusvalias latentes. 3. Los impuestos actuales a los que se aplica este Convenio son, en particular: a) en el caso de Portugal: (i) Impuesto sobre la renta de personas (Imposto sobre o Rendimento das Pessoas Singulares ­ IRS); (ii) Impuesto sobre la renta empresarial (Imposto sobre o Rendimento das Pessoas Colectivas ­ IRC); y (iii) Sobretasa a las rentas empresariales (Derramas); (en adelante "Impuesto Portugues"); b) en el caso de Peru, los impuestos sobre la renta establecidos en la "Ley del Impuesto a la Renta"; (en adelante " Impuesto Peruano") 4. El Convenio se aplicara igualmente a los impuestos de naturaleza identica o analoga que se establezcan con posterioridad a la fecha de la firma del mismo, y que se anadan a los actuales o les sustituyan. Las autoridades competentes de los Estados Contratantes se comunicaran mutuamente las modificaciones significativas que se hayan introducido en sus respectivas legislaciones impositivas. CAPITULO II DEFINICIONES ARTICULO 3 DEFINICIONES GENERALES 1. A los efectos del presente Convenio, a menos que de su contexto se infiera una interpretacion diferente:

Designan responsable del MORDAZA de internet de la Municipalidad
(Se publica la presente Resolucion a solicitud de la Municipalidad de San MORDAZA, mediante Oficio Nº 2052014-SG/MDSM, recibido el 31 de marzo de 2014) RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 266-2012/MDSM San MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2012 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 225-2012/ MDSM se designa a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ballon, como Subgerente de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA y de acuerdo al Reglamento de organizacion y funciones de esta, promulgado mediante ordenanza Nº233-MDSM, la subgerencia a su cargo, administra el MORDAZA municipal de la entidad; Que, el articulo 5º, in fine, de la Ley Nº27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion, dispone que toda entidad publica debera identificar al funcionario responsable de la elaboracion de los portales de internet; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas al MORDAZA por el inciso 17) del articulo 20º de la Ley Nº27972, Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DESIGNAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLON, Subgerente de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones, como responsable de la administracion del MORDAZA municipal de la Municipalidad Distrital de San Miguel. Articulo 2º.- El funcionario designado en el articulo precedente, queda encargado de la publicacion en el MORDAZA municipal, de las normas municipales y toda otra informacion relevante que produzca la Municipalidad Distrital de San Miguel. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 1068781-1

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