Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2016 (30/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Miércoles 30 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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participar en la " V Visita Técnica Internacional a Buenos Aires - Argentina ". Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración y Finanzas, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades orgánicas el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo, en el ámbito de sus respectivas competencias, y a la Secretaría General, su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SANTIAGO NEYRA ALMENARA Alcalde 1458602-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL MI PERU
Aprueban la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 035-MDMP Mi Perú, 16 de noviembre de 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 003-2016-GPP/MDMP, del Gerente de Planificación y Presupuesto mediante el cual remite Informe Técnico, Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, Organigrama Estructural de la Municipalidad distrital de Mi Perú y el Informe Nº 248-2016-MDMP/GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 002-MDMP, de fecha 11.01.2016., se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Mi Perú. Que, con el Informe Nº 003-2016-GPP/MDMP, emitido por el Gerente de Planificación y Presupuesto, se remite el Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, Organigrama Estructural de la Municipalidad distrital de Mi Perú y su respectivo Informe Técnico, el cual señala que existe en la Municipalidad la necesidad de contar con un Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF ­ actualizado, que identifique claramente las funciones y órganos y unidades orgánicas correspondientes. Que, se propone el presente proyecto de Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, con el objeto de mejorar el funcionamiento y operatividad de la municipalidad, así como para optimizar los procesos de la entidad. Que, mediante Informe Nº 248-2016-MDMP/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre la propuesta de Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad distrital de Mi Perú. Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de la Administración Pública, en su artículo 28º precisa que se requiere, entre otros, la aprobación del ROF en el siguiente caso: f) para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con la mayor eficiencia su misión y funciones. Que, con Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, aprobó la Política de Modernización de la Gestión Pública, que es el principal documento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establecerá la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país. Dicha norma, refuerza los objetivos y acciones que deben cumplir las entidades públicas y fortalece las políticas de obligatorio cumplimiento aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, que define y establece las Políticas Nacionales, las que se encuentran orientadas a la adopción de un enfoque de gestión basado en procesos. Que, el artículo 9º numeral 3) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la acotada norma que señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º incisos 4) y 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el voto UNANIME, el Concejo Municipal y, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ Artículo Primero.- APROBAR la ESTRUCTURA ORGÁNICA y el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ, mismo que consta de 141º artículos y 04 disposiciones finales. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, la adecuación de los documentos de gestión. Artículo Tercero.- DEROGAR, la Ordenanza Nº 002-MDMP y sus modificatorias, así como las demás disposiciones que contravengan la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y la remisión del texto íntegro de su ROF y el organigrama institucional, al Consejo Nacional de Descentralización para su publicación en el portal electrónico de éste. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Imagen Institucional la publicación del íntegro de este documento de gestión en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el portal institucional (www. munimiperu.gob.pe), conforme prescribe el artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a las unidades orgánicas de la Municipalidad el cumplimiento de la presente Ordenanza de acuerdo a sus competencias. Regístrese, comuníquese y cúmplase. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde 1458508-1

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