Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 1999 (09/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 9 de diciembre de 1999

SUNASS
Autorizan a diversas empresas prestadoras de servicios de saneamiento el incremento de tarifas de agua potable y alcantarillado
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 1123-99-SUNASS MORDAZA, 6 de diciembre de 1999 VISTOS: El Oficio Nº 132-99-GG-EMPSSAPAL S.A., por el cual la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas Sociedad Anonima solicita un incremento de 43% en las tarifas de agua potable y un incremento en el cargo por alcantarillado de 10% a 35%; Los Informes Nº 134-99-SUNASS-IT/EG y Nº 135-99SUNASS-IT/T, en los que se evalua el sustento tecnico de la referida solicitud de incremento tarifario. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 150-99-SUNASS se establecieron los criterios y procedimientos para la aprobacion de los incrementos tarifarios y/o ajustes compensatorios que podran efectuar las EPS municipales durante 1999; Que, en concordancia con lo establecido por el Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, la referida Resolucion puso enfasis en el MORDAZA de viabilidad financiera, de modo que las tarifas a aplicarse permitan cubrir, en orden de prioridad, los costos y gastos desembolsables acordes con las Metas de Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestion Empresarial, las obligaciones financieras existentes y las inversiones con recursos propios que cuenten con un adecuado apalancamiento financiero; Que, al ser evaluada la solicitud de la EMPSSAPAL S.A., mediante los Informes Nº 134-99-SUNASS-IT/EG y Nº 135-99-SUNASS-IT/T, se concluye que es procedente autorizar un incremento tarifario uniforme de 23% en las tarifas de agua potable que cobra EMPSSAPAL S.A., manteniendo sin alteracion el cargo por alcantarillado; Que, a la fecha, no es pertinente tomar en consideracion las Metas de Calidad del Servicio y Eficiencia de la Gestion Empresarial para el presente ano; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26284 y la Resolucion de Superintendencia Nº 150-99SUNASS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas Sociedad Anonima - EMPSSAPAL S.A., a que apruebe un incremento uniforme de 23% en las tarifas correspondientes a las localidades de Sicuani y MORDAZA MORDAZA administradas por la empresa, hasta los niveles que figuran en el Anexo Nº 1 de la presente Resolucion. Bajo ninguna circunstancia la EPS podra modificar la Estructura Tarifaria aprobada mediante Resolucion Nº 497-99-SUNASS. Articulo 2º.- La autorizacion otorgada tendra vigencia hasta el 31 de diciembre del presente ano. Previamente a su aplicacion, las tarifas deberan ser publicadas en el diario o semanario encargado de la insercion de los avisos judiciales de la MORDAZA donde opera la EPS, entrando en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 3º- La Intendencia de Normas y Fiscalizacion quedara encargada de la verificacion del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo 4º.- Suspendase la vigencia de las disposiciones contenidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 150-99-SUNASS, en todo aquello que se oponga al presente dispositivo legal.

Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAU Superintendente
ANEXO Nº 1 TARIFAS MAXIMAS QUE PODRA APROBAR LA EPS EMPSSAPAL S.A. PARA LA LOCALIDAD DE SICUANI

A.- TARIFAS POR EL SERVICIO DE AGUA POTABLE

CATEGORIA
SOCIAL DOMESTICA COMERCIAL INDUSTRIAL ESTATAL

Rango de Consumo (m3/mes) 0 A 18 19 A MAS 0 A 15 16 A MAS 0 A 24 25 A MAS 0 A 60 61 A MAS 0 A 20 21 A MAS

Tarifa (S/./m3) 0,8610 0,8610 0,5945 0,8610 0,8610 1,2300 1,2300 2,2140 0,8610 1,2300

B.- TARIFA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Equivale al 10% del importe a facturar por el servicio de agua potable.

TARIFAS MAXIMAS QUE PODRA APROBAR LA EPS EMPSSAPAL S.A. PARA LA LOCALIDAD DE MORDAZA MORDAZA

A.- TARIFAS POR EL SERVICIO DE AGUA POTABLE

CATEGORIA
SOCIAL DOMESTICA COMERCIAL ESTATAL

Rango de Consumo (m3/mes) 0 A 10 11 A MAS 0 A 15 16 A MAS 0 A 20 21 A MAS 0 A 20 21 A MAS

Tarifa (S/./m3) 0,3075 0,4305 0,3301 0,4674 0,5535 0,7872 0,3321 0,4674

B.- TARIFA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Equivale al 10% del importe a facturar por el servicio de agua potable.

15322 RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 1124-99-SUNASS MORDAZA, 6 de diciembre de 1999 VISTOS: El Oficio Nº 131-99-EPS-M/GG., por el cual la Empresa Prestadora de Servicios de Moyobamba Sociedad de Responsabilidad Limitada solicita un incremento de 20%, en las tarifas de agua potable y alcantarillado; El Informe Nº 144-99-SUNASS-IT/T, en el que se evalua el sustento tecnico de la solicitud de incremento tarifario de la referida empresa. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº15099-SUNASS se establecieron los criterios y procedimientos para la aprobacion de los incrementos tarifarios y/o ajustes compensatorios que podran efectuar las EPS municipales durante 1999; Que, en concordancia con lo establecido por el Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, la referida Resolucion puso enfasis en el MORDAZA de viabilidad financiera, de modo que las tarifas a aplicarse permitan cubrir, en orden de prioridad, los costos y gastos desembolsables acordes con las Metas de Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestion Empresarial, las obligaciones financieras existentes y las inversiones con recursos propios que cuenten con un adecuado apalancamiento financiero;

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