Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 1999 (09/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

MORDAZA, jueves 9 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES
Nº de Procedimiento Administrativo Matrimonio Civil Ordinario Requisitos (...) Evaluacion

Pag. 181275
Derecho de Pago - Apertura de Expediente Matrimonial: S/. 50.00 Derecho de Ceremonia: - Dentro del Horario de Oficina: S/. 100.00 - Sabados (Casa de la Cultura): S/. 150.00 - A domicilio: Con el Jefe de Registro Civil dentro del distrito: S/. 300.00 - A domicilio: Con el Jefe de Registro Civil fuera del distrito: S/. 350.00 - A domicilio: Con el Sr. MORDAZA (sujeto a su disponibilidad) S/. 500.00

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la municipalidad
ORDENANZA Nº 030/99-MDCH Chorrillos, 30 de noviembre de 1999 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE CHORRILLOS: En la Sesion Ordinaria del Concejo de fecha 30 de noviembre de 1999. CONSIDERANDO: Que, la Unidad de Registro Civil, mediante Informe Nº 189-99/URC de fecha 15 de noviembre del ano en curso, propone el reajuste de la tarifa correspondiente a los pagos por derecho de Matrimonio Civil, ya que muchos de los solicitantes optan por acudir a los Municipios colindantes, los cuales tienen comparativamente precios mas bajos. Que, asimismo en el Informe adicional Nº 203-99/URC la mencionada Unidad, agrega, que los beneficios finales que originara la reduccion de dicha tarifa sera para la poblacion chorrillana, asi como para la Municipalidad, tanto en el aspecto social como economico, por el incremento virtual de la demanda de ceremonias, lo que es ratificado con el Informe Nº 031-99-OA-MDCH de la Oficina de Administracion. Que, la Municipalidad de Chorrillos, como parte integrante del Estado, tiene no solo el deber de proteger a la familia y promover el Matrimonio Civil, institucion natural y fundamental de la sociedad, de acuerdo al Articulo 4º de la Constitucion Politica, sino tambien la de dar facilidades y otorgar los mecanismos posibles para que los vecinos formalicen su situacion de hecho dentro del distrito. Que, los derechos de pago vigentes estan incorporados en el Texto Unico de Procedimiento Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Chorrillos, dentro del 1° Procedimiento Administrativo denominado Matrimonio Civil Ordinario, aprobado segun Ordenanza Nº 022/99-MDCH de fecha 30-6-99 y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 1 y 11 de MORDAZA del ano en curso, el mismo que es necesario modificar. Que, de acuerdo a lo normado por el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757, Ley MORDAZA para el crecimiento de la inversion Privada, los MORDAZA se aprueban mediante Ordenanza, consecuentemente, las modificaciones al mismo deben ser aprobados por el mismo instrumento normativo. Que, el Articulo 34º Inciso c) del Decreto Supremo Nº 094-92PCM, que aprueba el Reglamento de las Disposiciones sobre Seguridad Juridica en materia Administrativa contenidas en la Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada; senala que "Toda modificacion que se realice conforme lo prescrito en el presente articulo debera referirse al MORDAZA de la entidad correspondiente, y sera incorporada al mismo o segun las normas sobre actualizacion anual y publicacion obligatoria contenidas en el Articulo 36º del presente Reglamento". Estando a lo dictaminado por las Comisiones de Asuntos Legales y de Rentas, estando a los Informes Nº 189-99/URC y Nº 203-99/URC de la Unidad de Registro Civil e Informe Nº 03199-OA-MDCH de la Oficina de Administracion; de conformidad con lo dispuesto en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico del Codigo Tributario, aprobado segun Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Articulo 60º de la Ley de Tributacion Municipal Decreto Legislativo Nº 776; Articulos 36º, Inciso 1) y 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, y con el MORDAZA en mayoria de los senores Regidores, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Modifiquese el Texto Unico de Procedimiento Administrativo (TUPA 99) de la Municipalidad de Chorrillos, aprobado mediante Ordenanza Nº 022/99-MDCH, en lo referente al Procedimiento Administrativo con Nº 01, denominado Matrimonio Civil Ordinario, reajustandose los derechos de pago correspondientes, en la siguiente forma:

Articulo Segundo.- Deroguese toda MORDAZA o Disposicion que se apoye a la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Encargar a la UNIDAD DE REGISTRO CIVIL, OFICINA DE RENTAS, OFICINA DE ADMINISTRACION y a la OFICINA DE SECRETARIA GENERAL, el cumplimiento de la presente Ordenanza, en cuanto fuera de su competencia. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 15317

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen disposiciones para la realizacion de propaganda electoral en el distrito
ORDENANZA Nº 14 MORDAZA MORDAZA, 30 de noviembre de 1999 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 30 de noviembre de 1999; CONSIDERANDO: Que, en vista de la realizacion de las proximas Elecciones Generales, que se llevaran a cabo el dia 9 de MORDAZA del 2000, se hace necesario preservar el ornato y el orden, asi como la MORDAZA urbanistica del distrito de MORDAZA MORDAZA, con el objeto de que no se vea afectada con la colocacion y/o pintas indiscriminadas de anuncios y propaganda electoral; Que, la Plaza de MORDAZA del distrito, el MORDAZA de Marte, y la Plaza MORDAZA, asi como los jardines interiores de la Residencial San MORDAZA, han sido objeto de importantes obras de recuperacion y mantenimiento, lo cual constituye un sustancial esfuerzo de inversion efectuada, con el fin de velar por la conservacion y el ornato destinado al bienestar de la comunidad; Que, de acuerdo a lo prescrito por los incisos 9), 13) y 18) del Articulo 65º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, concordante con lo dispuesto en el Titulo VII de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones, en lo que respecta a Propaganda Electoral; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 3) del Articulo 36º e inciso 1) del Articulo 37º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con dispensa de aprobacion del Acta; SE ACORDO: Articulo Primero.- La presente Ordenanza es de orden publico e interes general y tiene por finalidad establecer las normas que sobre propaganda electoral deben cumplir las organizaciones politicas, listas independientes y alianzas, dentro de la jurisdiccion distrital de MORDAZA MORDAZA, en procesos constitucionalmente convocados.

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