Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2001 (19/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 19 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

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3.4 Manejo de los estandares de servicios y actividades conexas: Manejo de Materiales. Electricidad. Sistema de Candados y Tarjetas de Seguridad (Lock Out - Tag Out ). Iluminacion. Agua, Aire Comprimido y Calderos. Sistema de Izaje. Escaleras y Andamios. Maquinaria, Equipo y Herramienta. Edificios e Instalaciones. Transporte de Personal. Otros. 3.5 Identificacion de areas criticas: Mina subterranea. Mina a tajo abierto - canteras. Planta concentradora. Planta de fundicion y refinacion. Instalaciones Auxiliares. Otros.

Planes de contingencia de sustancias toxicas y otros. Planes de Cierre y Abandono. Estabilidad Fisica y Quimica de los Depositos de Relaves. Compromisos derivados de las relaciones comunitarias con las Comunidades Campesinas y Nativas. Otros compromisos que se generen por la actividad minera no contemplados en los PAMA o EIA. 3.2. CONTROL DE LAS OBLIGACIONES AMBIENTALES Monitoreos de Efluentes. Monitoreos de Emisiones. Otras obligaciones. 4. PERIODICIDAD DE FISCALIZACION Senalar la periodicidad de la fiscalizacion a realizarse durante el ano (anual, semestral, trimestral, bimestral, etc.) teniendo en cuenta lo siguiente: La magnitud de las operaciones. Los compromisos y obligaciones ambientales. Otros de acuerdo a su problematica ambiental no contemplados en los PAMA o EIA. 5. DIAS DE INSPECCION Nº 1 2 3 ACTIVIDADES Compromisos ambientales Obligaciones ambientales Otros TOTAL DIAS DE INSPECCION DIAS DE INSPECCION

4. PERIODICIDAD DE FISCALIZACION Senalar la periodicidad de la fiscalizacion a realizarse durante el ano (anual, semestral, trimestral, bimestral, etc.) teniendo en cuenta lo siguiente: La magnitud de las operaciones. Los indices de frecuencia y severidad. 5. DIAS DE INSPECCION Senalar el numero de dias de inspeccion en las areas siguientes: Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 AREAS Subterraneo Tajo abierto / Canteras Planta concentradora Fundicion Refinacion Instalaciones auxiliares Depositos de concentrados Otros TOTAL DE DIAS DE INSPECCION ANEXO II DIAS DE INSPECCION

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JUSTICIA
Aprueban Reglamento del Capitulo III de la Ley Nº 27378 sobre procedimiento de colaboracion eficaz en el ambito de la criminalidad organizada
DECRETO SUPREMO Nº 035-2001-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACION DEL PROGRAMA ANUAL DE FISCALIZACION DE LAS NORMAS DE PROTECCION Y CONSERVACION DEL AMBIENTE 1. OBJETIVO Establecer las pautas y la estructura del Programa Anual de Fiscalizacion de las Normas de Proteccion y Conservacion del Ambiente, a fin de dar la viabilidad y condiciones apropiadas para la ejecucion eficiente y oportuna de la labor de fiscalizacion minera. 2. ALCANCES Comprenden las obligaciones y los compromisos ambientales de todas las areas y las zonas de influencia de la actividad minera de cada unidad de produccion. 3. ASPECTOS A FISCALIZAR 3.1 COMPROMISOS AMBIENTALES Declaraciones Juradas Ambientales (Exploracion Categoria "B"). Evaluaciones Ambientales (Exploracion Categoria "C"). Programas de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA). Avances Fisicos de los Proyectos Ambientales. Avances de las Inversiones Realizadas de los Proyectos Ambientales. Programas Especiales de Manejo Ambiental (PEMA). Estudios de Impacto Ambiental (EIA): mina, planta, depositos de relaves, transporte y depositos de concentrados, otros.

Que mediante la Ley Nº 27378, publicada el 21 de diciembre de 2000, se establecieron los beneficios por colaboracion eficaz en el ambito de la criminalidad organizada; Que el Capitulo III de dicha Ley, MORDAZA el ambito propiamente procesal de la colaboracion eficaz; Que la MORDAZA DISPOSICION FINAL de la Ley dispone que el Poder Ejecutivo reglamentara los alcances de dicho dispositivo legal; Que es menester reglamentar el citado Capitulo de la Ley a fin de garantizar un procedimiento adecuado, que cumpla los objetivos previstos en ella; En uso de las atribuciones que confiere el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el Reglamento del Capitulo III de la Ley Nº 27378, sobre procedimiento de colaboracion eficaz en el ambito de la criminalidad organizada, que consta de dieciseis (19) articulos. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de octubre del ano dos mil uno. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia

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