Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2001 (19/10/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de octubre de 2001

hacerse efectivo el pago de la misma, conforme a lo estipulado en el Articulo 137º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Articulo 3º.- El importe de la multa impuesta debera ser abonado en el Banco Wiese-Sudameris, Cuenta Corriente Nº 00-044-107-0018-57 MINISTERIO DE PESQUERIA, debiendo acreditar el correspondiente deposito ante la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, dentro de los quince (15) dias habiles siguientes a la fecha de publicada o notificada la presente Resolucion o de acuerdo a las facilidades de pago que el titular de la sancion opte por escoger conforme a lo dispuesto en los Articulos 1º y 6º de la Resolucion Ministerial Nº 201-2001-PE, caso contrario, de no existir impugnacion en tramite, se procedera a iniciar el cobro coactivo de la deuda. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia 32874 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 353-2001-PE/DINSECOVI MORDAZA, 21 de setiembre de 2001 Vistos el Informe Nº 105-2001-CTAR-ANCASH/DRP-CH/ DPyMA-Insp del 26 de marzo del 2001 y el Informe Legal Nº 404-2001-PE/DINSECOVI-Dsvs del 17 de MORDAZA del 2001; CONSIDERANDO: Que el Articulo 77º de la Ley General de Pesca, promulgada por Decreto Ley Nº 25977, establece que constituye infraccion toda accion u omision que contravenga o incumpla alguna de las normas contenidas en dicha Ley, su Reglamento o demas disposiciones sobre la materia; Que de las investigaciones efectuadas, se ha determinado que con fecha 24 de marzo del 2001, en la localidad de Chimbote, la embarcacion pesquera "NINO DEL MORDAZA I" de matricula Nº PL-17414-CM, propiedad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, extrajo 21.37 TM del recurso hidrobiologico anchoveta, con una incidencia del 28.97% en tallas menores a las establecidas, lo que constituye infraccion a lo dispuesto en el inciso 3. del Articulo 76º de la Ley General de Pesca; Que mediante escrito de fecha 17 de MORDAZA del 2001, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento descargos, manifestando su disconformidad con el procedimiento de muestreo realizado, en tanto aduce que la toma de muestras no se realizo al inicio, mitad y final de la descarga, ademas que al momento de iniciarse el muestreo, se habia descargado mas del 90% de la materia prima; Que los argumentos expuestos por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no desvirtuan su responsabilidad en la comision de la infraccion denunciada, en tanto que el numero de especimenes muestreado (252) excedio ampliamente el numero minimo de ejemplares establecidos para el recurso anchoveta (180), hecho que es ratificado en lo establecido por las Normas Generales de Muestreo de Recursos Hidrobiologicos, aprobados por Resolucion Ministerial Nº 1422001-PE, motivos por los cuales se concluye que la toma de muestras fue representativa del total de la descarga y que el procedimiento de muestreo fue correctamente realizado; En uso de las facultades conferidas por el literal a) del Articulo 147º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, armador propietario de la embarcacion pesquera "NINO DEL MORDAZA I" de matricula Nº PL17414-CM, con multa ascendente a una (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), por haber infringido lo dispuesto en el inciso 3. del Articulo 76º de la Ley General de Pesca. Articulo 2º.- Para los fines de determinar el monto de la multa impuesta, se tomara en consideracion la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) que este vigente al momento de hacerse efectivo el pago de la misma, conforme a lo estipulado en el Articulo 137º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Articulo 3º.- El importe de la multa impuesta debera ser abonado en el Banco Wiese-Sudameris, Cuenta Corriente Nº 00-044-107-0018-57 MINISTERIO DE PESQUERIA, debiendo acreditar el correspondiente deposito ante la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia,

dentro de los quince (15) dias habiles siguientes a la fecha de publicada o notificada la presente Resolucion o de acuerdo a las facilidades de pago que el titular de la sancion opte por escoger conforme a lo dispuesto en los Articulos 1º y 6º de la Resolucion Ministerial Nº 201-2001-PE, caso contrario, de no existir impugnacion en tramite, se procedera a iniciar el cobro coactivo de la deuda. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia 32875

RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminadas funciones de Consul General del Peru en Berlin, Republica Federal de Alemania
RESOLUCION SUPREMA Nº 435-2001-RE MORDAZA, 18 de octubre de 2001 Vista la Resolucion Suprema Nº 0005-RE, de 11 de enero de 1999, que nombra al entonces Ministro Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Consul General del Peru en Berlin, Republica Federal de Alemania; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Suprema Nº 415-2001-RE, de 2 de octubre del ano 2001, se dispone el cierre definitivo del Consulado General del Peru en Berlin, Republica Federal de Alemania, a partir del 31 de octubre del ano 2001; Que es necesario la permanencia del Consul General para finalizar las diversas gestiones relativas al cierre del Consulado General del Peru en Berlin; De conformidad con los Articulos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; SE RESUELVE: 1º.- Dar por terminadas las funciones del Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Consul General del Peru en Berlin, Republica Federal de Alemania, con fecha 31 de octubre del ano 2001. 2º.- Disponer la permanencia en Berlin del Ministro MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hasta su traslado en fecha a fijarse por Resolucion Ministerial, a fin de que finalice las gestiones relativas al cierre del Consulado General del Peru en Berlin. 3º.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del senor MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 32986

Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores y funcionario diplomatico a la Republica Popular China para participar en evento del APEC
RESOLUCION SUPREMA Nº 436-2001-RE MORDAZA, 18 de octubre de 2001

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