Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2001 (19/10/2001)


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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 19 de octubre de 2001

Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de un (1) ano otorgado por Resolucion Ministerial Nº 323-90-TC/15.17, por tanto se otorga en periodos sucesivos, que vendera el 12 de marzo del ano 2010. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ESPARZA Viceministro de Comunicaciones 32892

Articulo 1º.- Otorgar a la empresa RADIO LIDER S.R.Ltda., autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios y la Planta Transmisora : : : : : : BC-FM 99.3 MHz. OAR-5W 1 Kw. 256F8E H24

Otorgan autorizacion y permiso de instalacion a Radio Lider S.R. Ltda. para operar estacion de servicio de radiodifusion sonora comercial
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 885-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 9 de octubre de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la empresa RADIO LIDER S.R.Ltda., para que se le otorgue autorizacion para instalar y operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Andahuaylas, departamento de Apurimac; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Informes Nºs. 524-2001-MTC/15.19.03.2 y 710-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por la empresa RADIO LIDER S.R.Ltda. cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 0694-TCC con sus modificatorias, el MORDAZA del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones;

: Av. Martinelli Nº 576, distrito y provincia de Andahuaylas, departamento de Apurimac. Coordenadas: L.O. 73° 23' 15.58" L.S. 13° 39' 11.00"

El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion de dicho periodo, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sancion de dejar sin efecto la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa RADIO LIDER S.R.Ltda., esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedida de modificar las caracteristicas a que se contrae el Articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ESPARZA Viceministro de Comunicaciones 32893

Revocan permiso de operacion de servicio de transporte aereo regular internacional de carga otorgado a Challenge Air Cargo Inc.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 142-2001-MTC/15.16 MORDAZA, 10 de octubre del 2001 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Directoral Nº 004-2001-MTC/15.16 del 26 de enero del 2001, se otorgo a CHALLENGE AIR CARGO INC., de conformidad con el "Acuerdo de Transporte Aereo" suscrito entre el Gobierno del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, la renovacion del Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de carga; Que, el 20 de enero del 2000 CHALLENGE AIR CARGO INC., informo a la Direccion General de Aeronautica Civil que la empresa UNITED PARCEL SERVICE Co. habia adquirido los activos de la primera y operaria en un futuro las rutas que esta venia realizando; Que, con documento de Registro Nº 043724 del 4 de setiembre del 2001, CHALLENGE AIR CARGO INC., luego de reiterar que UNITED PARCEL SERVICE Co. habia adquirido sus activos en el ano 1999, solicito dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 004-2001-MTC/15.16 que le

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