Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2001 (19/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 19 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES
CATEGORIA DEL GASTO 6 GASTOS DE CAPITAL 5 Inversiones TOTAL

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(En Nuevos Soles) 94 500 000,00 130 000 000,00 ============

VOS SOLES (S/. 23 600 000,00), NOVENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 94 500 000,00) y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 600 000,00), respectivamente, para el cumplimiento de sus fines consistentes en la generacion de empleo a nivel nacional y la ejecucion de obras de caracter social; Que, para cumplir con los objetivos de caracter social que corresponde alcanzar al Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social, es necesario autorizar una operacion de Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico aprobado por el Decreto Legislativo Nº 909 y su modificatoria Ley Nº 27427; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y del Articulo 15º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizase una Operacion de Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001, hasta por la suma de CIENTO TREINTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 130 000 000,00), de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 009 001 03 006 0019 : : : : : : GOBIERNO CENTRAL Ministerio de Economia y Finanzas Administracion General Administracion y Planeamiento Planeamiento Gubernamental Planeamiento Presupuestario Financiero y Contable

Articulo 2º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego comprendido en la presente Transferencia de Partidas, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 3º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego 065 Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore la correspondiente "Nota de Modificacion Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo, sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de octubre del ano dos mil uno. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 32973

00010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico 00 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) TOTAL 130 000 000,00 130 000 000,00 ============

CATEGORIA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 0 Reserva de Contingencia

Autorizan transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Publico para dotar de mayores recursos a la Secretaria Ejecutiva de la Comision de la Verdad y Reconciliacion
DECRETO SUPREMO Nº 208-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

A LA: SECCION MORDAZA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA PROYECTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO CATEGORIA DEL GASTO 6 GASTOS DE CAPITAL 5 Inversiones PROYECTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO CATEGORIA DEL GASTO 6 GASTOS DE CAPITAL 5 Inversiones PROYECTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO CATEGORIA DEL GASTO 6 GASTOS DE CAPITAL 5 Inversiones PROYECTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00302 : Inversion Social 00 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) 23 600 000,00 065 : 001 : 05 : 014 : 0050 : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social Asistencia y Prevision Social Promocion y Asistencia Social y Comunitaria Promocion y Asistencia Comunitaria

CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2001, y la Ley Nº 27427 - Ley de Racionalidad y Limites en el Gasto Publico para el Ano Fiscal 2001, se aprueba y modifica el Presupuesto del ano 2001, respectivamente y entre ellos el del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros; Que, con Decreto Supremo Nº 065-2001-PCM de fecha 2.junio.2001 se crea la Comision de la Verdad encargada de esclarecer el MORDAZA, los hechos y responsabilidades de la violencia terrorista y de la violacion de los derechos humanos producidos desde MORDAZA de 1980 hasta noviembre del 2000, imputables tanto a las organizaciones terroristas como a los agentes del Estado, asi como de proponer iniciativas destinadas a afirmar la paz y la concordancia entre los peruanos. Asimismo se senala que la citada Comision iniciara sus funciones a partir de su instalacion y tendra un plazo de vigencia de dieciocho meses, el que podra ser prorrogado por cinco meses mas; Que siendo uno de los fines esenciales de la Comision sentar las bases para un profundo MORDAZA de reconciliacion nacional, a partir del esclarecimiento de los hechos asi como el restablecimiento de la justicia; mediante el Decreto Supremo Nº 101-2001-PCM se ha modificado la denominacion de la Comision de la Verdad por "COMISION DE LA VERDAD Y RECONCILIACION"; Que, resulta de urgente necesidad dotar de mayores recursos a la Secretaria Ejecutiva de la Comision de la Verdad y Reconciliacion a traves del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros a fin que la misma continue con sus actividades destinadas al esclarecimiento de los hechos de violencia terrorista y las graves violaciones a los derechos humanos asi como crear las condiciones para la reconciliacion nacional fundada en la justicia, por lo que debera transferirse recursos por S/. 1 500 000,00 de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el Articulo 15º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado;

00216 : Desarrollo Productivo 00 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) 9 600 000,00

00689 : Desarrollo Social en la MORDAZA y MORDAZA 00 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) 2 300 000,00

00753 : Proyecto de Emergencia Social Productiva PESP 00 : Recursos Ordinarios

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