Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2001 (19/10/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de octubre de 2001

Incorporan Disposicion Final al Reglamento de los Regimenes Especiales y de la Liquidacion de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 776-2001 MORDAZA, 18 de octubre de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, la Seccion Primera de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante la Ley General, regula el regimen de vigilancia, regimen de intervencion, y la disolucion y liquidacion de las empresas del sistema financiero y del sistema de seguros; senalando en su Articulo 114º que esta Superintendencia establecera las normas y el procedimiento aplicable para la disolucion y liquidacion de las empresas; Que, mediante Resolucion SBS Nº 455-99 del 25 de MORDAZA de 1999, se aprobo el Reglamento de los Regimenes Especiales y de la Liquidacion de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros; Que el Titulo IV del referido del Reglamento contiene disposiciones aplicables al MORDAZA de liquidacion de las empresas, fijando entre otros, plazos para la convocatoria, oposicion, tacha o reclamo para la elaboracion del listado final de acreedores; Que, en salvaguarda de los intereses de los acreedores, especialmente los depositantes, y de la propia empresa en liquidacion, y en aquellos casos en que exista disponibilidad de fondos liquidos, resulta conveniente proceder al pago de las acreencias en forma inmediata a la declaratoria de disolucion y liquidacion, sin esperar la elaboracion del listado definitivo de acreencias, debiendo para ello adoptarse las medidas adecuadas y prever las contingencias correspondientes, observando plenamente las disposiciones del Reglamento y de la Ley General; Que, el MORDAZA de tacha, oposicion o reclamo de los acreedores respecto al listado final de acreencias se efectuara conforme a lo establecido en los Articulos 23º, 24º y 25º del precitado Reglamento; Con la visacion de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los Articulos 114º y 349º numeral 18, de la Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Incorporar como MORDAZA Disposicion Final del Reglamento de los Regimenes Especiales y de la Liquidacion de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado por Resolucion SBS Nº 455-99, la siguiente: "QUINTA .- Pago inmediato de Acreencias. En los casos en que las empresas declaradas en Liquidacion, cuenten con fondos recuperados suficientes para el pago total o parcial de las acreencias determinadas de acuerdo a lo establecido en el Articulo 117º de la Ley General, se podra disponer en forma excepcional el pago inmediato de las mismas, segun listado elaborado preliminarmente, sin que sea necesario contar con el Listado Final de Acreedores. Para ello, la administracion de la empresa en liquidacion debera adoptar las medidas adecuadas y prever las posibles contingencias, a fin de dar pleno cumplimiento de lo dispuesto en la Ley General y en el presente Reglamento. En la elaboracion del Listado Final de Acreencias, se debera observar lo dispuesto en los Articulos 23º, 24º y 25º del Reglamento, referidos a Convocatoria de acreedores; Oposicion, Tacha o Reclamo." Articulo Segundo.- La presente MORDAZA entrara en vigencia el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 32995

Aprueban Bases de concurso para la seleccion de empresa a la cual se transferiran fondos para pago de depositos no cubiertos por el Fondo de Seguro de Depositos del Banco MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 777 -2001 MORDAZA, 18 de octubre de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 775-2001 del 18 de octubre de 2001 esta Superintendencia declaro la disolucion del Banco MORDAZA MORDAZA e inicio el respectivo MORDAZA de liquidacion de la indicada empresa, procediendo conforme a lo establecido en el Titulo VII de la Seccion Primera de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General; Que, a partir del inicio del MORDAZA de liquidacion del Banco MORDAZA MORDAZA, se procedera a la exclusion de los conceptos a que hace referencia el Articulo 118º de la Ley General, asi como al pago de las obligaciones indicadas en el literal A del Articulo 117º de la referida Ley; Que, en la medida que el Banco MORDAZA MORDAZA en Liquidacion cuenta con recursos suficientes para atender el primer pago de los depositos a que alude el literal B del Articulo 117º de la Ley General, esta Superintendencia considera necesario convocar a un concurso para seleccionar a una empresa del sistema financiero a la cual se le transferiran los fondos requeridos para efectuar el primer pago de dichos depositos a sus respectivos titulares; Que, en consecuencia, resulta necesario que esta Superintendencia establezca las normas que regiran el MORDAZA de seleccion de la empresa del sistema financiero a la cual se transferiran los fondos para el pago de los depositos a que alude el literal B del Articulo 117º de la Ley General correspondientes al Banco MORDAZA MORDAZA en Liquidacion; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 7 y 18 del Articulo 349º de la Ley General y lo dispuesto por el Reglamento de los Regimenes Especiales y de la Liquidacion de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros Resolucion SBS Nº 455-99 y sus modificatorias; RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar las Bases del concurso para la seleccion de la empresa del sistema financiero a la cual se transferiran fondos para el primer pago de depositos no cubiertos por el Fondo de Seguro de Depositos del Banco MORDAZA MORDAZA en Liquidacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 32996

ESSALUD
Establecen normas complementarias para que asegurados accedan a prestaciones de salud en admision de consulta externa, emergencia y hospitalizacion en centros asistenciales de ESSALUD
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 486-GG-ESSALUD-2001 MORDAZA, 17 de octubre del 2001

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