Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2009 (17/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, lunes 17 de agosto de 2009 Factor de Productividad TPM 2009-2014 Diferencia en el Crecimiento en Precios Insumos con la Economia Crecimiento en Precios Insumos Economia We Crecimiento en Precios Insumos Empresa W Diferencia Diferencia en el Crecimiento en la PTF con la Economia Crecimiento en la PTF de la Empresa T Crecimiento en la PTF de la Economia Te Diferencia Factor X

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:
4,25% -1,72% 5,97% 2,64% 1,69% 0,96% 6,93%

401045

Nota: el sumando de la diferencia en la PTF con la economia difiere por efecto del redondeo. T=2,643%; T e =1,685%; Diferencia: 0,958%. El presente mecanismo regulatorio se puede aplicar, de conformidad al Contrato de Concesion y el RETA, a dos (2) canastas de servicios regulados: una para los servicios a la nave y otra para los servicios a la carga. De otro lado, OSITRAN llevara a cabo un monitoreo periodo sobre el comportamiento de los mercados en los que se brindan servicios portuarios a la carga y a la nave en el Terminal Portuario de Matarani, incluyendo el segmento de MORDAZA que es objeto de desregulacion, a efectos de prevenir o identificar que no se produzcan comportamientos estrategicos en los precios de los servicios no regulados donde la empresa concesionaria goce de exclusividad o de posicion de dominio, que tenga por objeto compensar (de manera parcial o total) la reduccion tarifaria en los servicios regulados derivada de la aplicacion del factor de productividad. En el supuesto que el monitoreo de MORDAZA revele un comportamiento que uno o mas servicios que no se sustenten en razones de MORDAZA (oferta o demanda), OSITRAN procedera a evaluar el inicio de fijacion de tarifas en dichos servicios. Finalmente, se recomienda: · Aprobar la desregulacion de los servicios portuarios prestados a usuarios con capacidad de autoproveerse dichos servicios y que gozan de capacidad compensatoria para disciplinar a la empresa concesionaria y para alcanzar acuerdos de precios mediante contratos de largo plazo con Terminal Internacional del Sur S.A. (TISUR). · Aprobar para el periodo comprendido entre el 17 de agosto de 2009 y el 16 de agosto de 2014 un factor de productividad de 6,93% anual. · Monitorear los servicios no regulados que se brindan en el TPM. 384557-1

Que, por Decreto Supremo Nº 008-2007-EM se aprueba la fusion del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero ­ INACC con el Instituto Geologico Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, correspondiendole al Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET la calidad de entidad incorporante; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM del 05 de MORDAZA del 2007, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero ­ INACC (hoy INGEMMET), publicara mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visacion de la Direccion de Concesiones Mineras y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el articulo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de MORDAZA de 2009, de acuerdo a la relacion adjunta que es parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Articulo Segundo.- Incluyase en la relacion adjunta que es parte integrante de la presente resolucion la concesion minera LA RINCONADA 2007-A de codigo Nº 050035207A, cuyo titulo fue aprobado en el mes de junio de 2009. Registrese y publiquese. MORDAZA T. CASQUINO Presidente del Consejo Directivo 383954-1

SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD
Disponen que las EPS deben comunicar a la SEPS las transferencias de acciones, las afectaciones y cargas de las acciones, la modificacion de los estatutos sobre aumento y disminucion de capital social, dentro de diez dias habiles posteriores de producida la transferencia
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 071-2009-SEPS/CD MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2009 VISTOS: El Informe N° 00217-2009/IRD del 16 de MORDAZA de 2009 de la Intendencia de Regulacion y Desarrollo y el Informe Juridico N° 00180-2009/OAJ del 16 de MORDAZA del 2009 de la Oficina de Asuntos Juridicos; y

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO
Disponen la publicacion de las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de MORDAZA de 2009
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 108-2009-INGEMMET/PCD MORDAZA, 11 de agosto de 2009

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