Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2009 (17/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, lunes 17 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

401015

articulo 1 de la Resolucion Directoral N° 1059-2008-AGSENASA-DIAIA; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 231-2009-AGSENASA se dispusieron acciones tendientes a lograr un registro de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA agil y eficiente; De conformidad con la Decisiones 436 y 684 de la Comunidad MORDAZA, Resolucion 630 de la Comunidad MORDAZA, Decreto Supremo Nº 016-2000-AG, Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y con los vistos de la Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria y de las Oficinas de Planificacion y Desarrollo Institucional y de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el articulo 1 de la Resolucion Jefatural N° 231-2009-AG-SENASA, el cual quedara redactado en los siguientes terminos: "Disponer que el MORDAZA de revaluacion de los plaguicidas quimicos de uso MORDAZA registrados bajo el Decreto Supremo N° 15-95-AG, MORDAZA preexistente a la vigencia de la Decision 436, sera iniciado por el SENASA MORDAZA del 26 de junio de 2012". Articulo 2.- Precisar que la prorroga de la vigencia de los registros de los plaguicidas quimicos de uso MORDAZA inscritos bajo el Decreto Supremo N° 15-95-AG, que esten en MORDAZA de revaluacion, dispuesta por el articulo 2 de la Resolucion Directoral N° 1059-2008-AG-SENASA-DIAIA, alcanza tambien a aquellos cuyo MORDAZA de revaluacion se inicio con posterioridad a la publicacion de la referida Resolucion Directoral. Articulo 3.- Disponer que la Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del SENASA senale y publique oportunamente la nueva fecha de inicio del MORDAZA de revaluacion de los plaguicidas quimicos de uso MORDAZA registrados bajo el Decreto Supremo N° 15-95-AG, asi como el cronograma y procedimientos correspondientes, de conformidad con lo indicado en el articulo 1 de la Resolucion Jefatural N° 231-2009-AG-SENASA. Articulo 4°.- Precisar que la Resolucion Jefatural N° 231-2009-AG-SENASA y la Resolucion Directoral N° 1059-2008-AG-SENASA-DIAIA mantienen su vigencia en todo aquello que no se oponga a la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 384188-1

investigacion para la aplicacion de una medida de salvaguardia general a las importaciones de hilados de algodon que ingresan bajo las partidas arancelarias 52.05 y 52.06 del Arancel Nacional NANDINA; Que, el 17 de MORDAZA de 2009 se emitio el Informe N° 0432009/CFD-INDECOPI, en el MORDAZA del procedimiento de investigacion para la aplicacion de una medida de salvaguardia general a las importaciones de hilados de algodon que ingresan bajo las partidas MORDAZA referidas; Que, el 12 de agosto de 2009 se instalo la Comision Multisectorial a la que se refiere el Articulo 5° del Decreto Supremo N° 020-98-ITINCI y modificatorias; Que, luego de analizar el referido informe e intercambiar opiniones, los senores Ministros que integran la Comision Multisectorial advirtieron que dicho documento carece de informacion suficiente del MORDAZA de MORDAZA, caracteristicas del producto y otros que permitan demostrar fehacientemente que el hilado de algodon nacional y el importado constituyan productos similares o directamente competidores, segun lo establecido en el articulo 2.1 del Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC y en el articulo 3° del Decreto Supremo N° 02098-ITINCI y modificatorias, lo que trae como consecuencia la imposibilidad de efectuar una evaluacion integral de la investigacion efectuada por el INDECOPI; Que, el Articulo 5° del Decreto Supremo N° 02098-ITINCI y modificatorias establece que las decisiones respecto a la aplicacion o no, tomadas por dicha la Comision Multisectorial se formalizara mediante Decreto Supremo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo refrendado por los Ministros de la Comision Multisectorial; De conformidad con el Articulo 5° del Decreto Supremo N° 020-98-ITINCI y modificatorias; DECRETA: Articulo 1°.- Medida de Salvaguardia Disponer la no aplicacion de la medida de salvaguardia general sobre las importaciones de hilados de algodon debido a que el Informe N° 043-2009/CFD-INDECOPI de la Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios de INDECOPI carece de informacion suficiente del MORDAZA de MORDAZA, caracteristicas del producto y otros que permitan demostrar fehacientemente que el hilado de algodon nacional y el importado constituyan productos similares o directamente competidores, segun lo establecido en el articulo 2.1 del Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC y en el articulo 3° del Decreto Supremo N° 020-98ITINCI y modificatorias. Articulo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de Economia y Finanzas y la Ministra de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de agosto del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de la Produccion 384599-10

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Disponen la no aplicacion de la medida de salvaguardia general sobre las importaciones de hilados de algodon
DECRETO SUPREMO N° 016-2009-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Legislativa Nº 26407 el Poder Legislativo incorporo a la legislacion nacional el "Acuerdo por el que se establece la Organizacion Mundial del Comercio (OMC) y los Acuerdos Comerciales Multilaterales contenidos en el Acta Final de la Ronda Uruguay" suscritos con fecha 15 de MORDAZA de 1994, en la MORDAZA de Marrakech, Marruecos; Que, dentro de los referidos Acuerdos Comerciales Multilaterales se encuentra el Acuerdo sobre Salvaguardias el cual fue reglamentado mediante el Decreto Supremo N° 02098-ITINCI y modificatorias; Que, mediante la Resolucion N° 036-2009/CFDINDECOPI se dispuso el inicio del procedimiento de

ECONOMIA Y FINANZAS
Establecen monto y caracteristicas especiales de la MORDAZA colocacion de Bonos Soberanos destinada a financiar los proyectos de inversion publica a cargo de los Gobiernos Regionales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 008-2009-EF/75.01 MORDAZA, 13 de agosto de 2009

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