Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2001 (22/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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zando su utilizacion para la obtencion de productos con mayor valor agregado; Que del diagnostico situacional de la actividad langostinera y de la problematica ocasionada por la permanencia de virus de la "mancha blanca" en el departamento de Tumbes, se ha determinado que la actividad langostinera se encuentra practicamente colapsada, indicandose igualmente que esta actividad durante los anos 1997 - 1998 se vio seriamente afectada por los efectos derivados del Fenomeno de El Nino; Que ante tal situacion el sector privado langostinero adopto medidas que lo conllevaron a existosas experiencias de reconversion tecnologica por lo que el Ministerio de Pesqueria conjuntamente con el Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE) y el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES) vienen apoyando dicha gestion a traves de la ejecucion de un Plan Piloto de Investigacion para el Cultivo Experimental de Langostinos, en convivencia con el virus de la "mancha blanca", el cual viene ofreciendo resultados favorables; Que en dicho contexto se ha aprobado el Programa de Credito para la Recuperacion de la MORDAZA Langostinera y su Reglamento, cuya primera fase es hasta por la suma de S/. 3 600 000,00 (Tres Millones Seiscientos Mil y 00/ 100 Nuevos Soles), el mismo que sera ejecutado por el FONDEPES, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Pesqueria; Que el apoyo crediticio MORDAZA senalado, requiere complementarse con la adopcion de acciones economicofinancieras de urgencia para reforzar la ejecucion del citado programa, para lo cual el Ministerio de Pesqueria con cargo a los Recursos Directamente Recaudados de su Presupuesto Institucional del ano fiscal 2001, ha previsto efectuar una transferencia de recursos financieros al FONDEPES; Que por tratarse de una medida economica - financiera que permitira la atencion inmediata de las acciones descritas en el parrafo anterior, existen razones de interes sectorial que justifican su expedicion en forma inmediata; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; SE DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion de Transferencia Autorizar Ministerio de Pesqueria a efectuar una transferencia de recursos financieros al Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES), hasta por la suma S/. 3 600 000,00 (Tres Millones Seiscientos Mil y 00/100 Nuevos Soles), orientada a la ejecucion del "Programa de Credito para la Recuperacion de la MORDAZA Langostinera", bajo la administracion del FONDEPES. Articulo 2º.- Financiamiento El Ministerio de Pesqueria efectuara la correspondiente transferencia con cargo a los Recursos Directamente Recaudados del Pliego 018: Ministerio de Pesqueria, Ejercicio Fiscal 2001. Articulo 3º.- Disposiciones Complementarias para implementar la transferencia autorizada El monto senalado en el Articulo 1º es adicional a los recursos autorizadas al FONDEPES en el Articulo 13º del Decreto Legislativo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001, el mismo que sera incorporado al Presupuesto FONDEPES de acuerdo a los mecanismos senalados en el Articulo 6º, inciso a) del citado dispositivo. Articulo 4º.- Rol del FONDEPES El Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES) queda facultado para aplicar el Programa Crediticio que se hace referencia en el Articulo 1º del presente Decreto de Urgencia, conforme a la normatividad vigente. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Pesqueria.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 27680

Decreto de Urgencia que autoriza una transferencia de partidas del pliego presupuestario Superintendencia Nacional de los Registros Publicos al pliego presupuestario Ministerio de Justicia
DECRETO DE URGENCIA Nº 091-2001 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2001, y modificado por la Ley Nº 27427 - Ley de Racionalidad y Limites en el Gasto Publico para el Ano Fiscal 2001, se aprueba y modifica el presupuesto, estableciendo una nueva Asignacion Presupuestaria para el presente ano para el Pliego 006 Ministerio de Justicia. Asimismo por Decretos de Urgencia Nºs. 021 y 040-2001, se aprueban transferencias de partidas para la continuidad de las investigaciones en esclarecimiento de la presunta comision de delitos de apropiacion ilicita, corrupcion de funcionarios y otros en agravio del Estado, cumplimiento pleno de las Sentencias de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, asi como para el fortalecimiento de la gestion administrativa; Que, se requiere contar con la provision de bienes y servicios que permitan atender con mayor eficiencia las necesidades ordinarias del Ministerio de Justicia, asi como las nuevas funciones asumidas en el periodo del Gobierno de Transicion, referidas a la lucha contra la corrupcion; reforzamiento de las actividades del plan nacional anticorrupcion; la reinstitucionalizacion democratica y vigencia de los derechos humanos, debiendo atenderse entre ellos, la contratacion de profesionales para el Consejo Nacional de Derechos Humanos para el estudio legal y tecnico de solicitudes de indulto, derecho de MORDAZA y conmutacion de penas, propuestas para promocion de los derechos humanos; desarrollo de planes de fortalecimiento del Estado de Derecho en el MORDAZA y el apoyo logistico a las Comisiones de Estudio que permitan la implementacion futura de los nuevos planes de accion a desarrollar por el Ministerio de Justicia; Que, existiendo recursos disponibles en el Pliego 067 - Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas del Presupuesto del Sector Publico, para el Ejercicio Fiscal 2001; Que, siendo medidas en materia economica y financiera que permitira al Ministerio de Justicia cumplir con el desarrollo de actividades en el MORDAZA de la lucha contra la corrupcion, reconstruccion democratica y vigencia de los derechos humanos, existen razones de interes nacional que justifican la expedicion del presente dispositivo en forma inmediata; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru;

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