Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2001 (22/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 22 de MORDAZA de 2001

Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, la siguiente infraccion: Descripcion Por carecer de Certificado de Salud Gratuito (Coordinadoras de Comedores Populares, Comites de Vaso de Leche y en general de Org. Sociales de Base que realizan labores de apoyo alimentario). % UIT 1% (*)

aprobacion del acta, por Unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA MORDAZA DE APOYO AL VECINO MORDAZA APOSTOL 2001 Articulo Primero.- AMBITO DE APLICACION Apruebese dentro de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA de MORDAZA, el beneficio de regularizacion de pagos a traves del Fraccionamiento denominado MORDAZA de Apoyo al Vecino MORDAZA Apostol 2001, que se otorgara del 25 de MORDAZA al 31 de agosto del presente ano. Articulo Segundo.- CARACTERISTICAS DEL BENEFICIO El presente beneficio de regularizacion de pagos tiene las siguientes caracteristicas: a. Fraccionamiento para deudas tributarias, hasta en 18 cuotas mensuales. b. Minimo interes de fraccionamiento permitido por el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario (80% del TIM equivalente al 1.44% mensual) c. Sin cuota inicial, salvo en el caso de deudas que se encuentren en MORDAZA de Ejecucion Coactiva con medida cautelar trabada, en cuyo caso la Cuota Inicial sera equivalente al 50% del monto en Ejecucion Coactiva a fraccionar. d. Pago de la primera cuota diferido al 30 de setiembre, sin recargo de intereses moratorios ni de fraccionamiento, salvo la excepcion contemplada en el literal precedente. e. Descuento de hasta el 50% del interes moratorio de las deudas tributarias fraccionadas correspondientes a los anos 1994 a 2000: · Hasta el 40%, en el caso de pago fraccionado; y · 50% de descuento, en el caso de pago al contado del total de la deuda. f. Para obtener hasta el 40% de descuento a que se refiere el literal anterior se debera abonar cada una de las cuotas del fraccionamiento dentro del plazo de su vencimiento. El abono oportuno de cada cuota MORDAZA lugar a un porcentaje de descuento acumulable, equivalente al MORDAZA porcentaje de descuento entre el total de cuotas generadoras del mismo. Para efectos del calculo del porcentaje de descuento acumulable no generan descuento la primera y la MORDAZA cuota. g. El pago extemporaneo de una cuota o su falta de pago, total o parcial, MORDAZA lugar a la perdida del descuento acumulado, pudiendo el vecino reiniciar la acumulacion del descuento a partir del siguiente pago oportuno manteniendose el porcentaje de descuento mensual senalado en el literal f). h. El descuento a que se refiere el literal f) es aplicable a fraccionamientos en 4 o mas cuotas. i. El descuento acumulado es imputable a las ultimas cuotas, solo para la cancelacion del fraccionamiento. Articulo Tercero.- REQUISITOS Para acogerse a la presente MORDAZA el vecino debera cumplir los siguientes requisitos: a. Fraccionar el integro de su deuda tributaria pendiente de pago, acumulada hasta el MORDAZA trimestre del ano 2001 y las que se encuentren en Ejecucion Coactiva, previo pago de costas y gastos, con excepcion de los montos pendientes de pago comprendidos en convenios de fraccionamiento anteriores. b. Haber cancelado la cuota correspondiente al tercer trimestre del ejercicio 2001 del Impuesto Predial y de la Tasa de Arbitrios Municipales. c. Los demas requisitos y garantias senalados en el Reglamento de Fraccionamiento vigente, siempre que no se opongan a las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza. d. Para efectos de la presente Ordenanza no se aplicaran las exigencias contenidas en el Reglamento de Fraccionamiento de estar al dia en los fraccionamientos anteriores, si los tuviera, ni de otorgar garantia hipotecaria cuando la deuda es superior a 10 UIT, debiendo, en este caso, el contribuyente suscribir letras de cambio a favor de la Municipalidad en garantia de pago de cada cuota. Articulo Cuarto.- MULTAS ADMINISTRATIVAS Las multas administrativas que MORDAZA regularizadas, mediante el pago en efectivo o a traves de un fraccionamien-

(*) La multa pecuniaria podra ser reemplazada por la prestacion de servicios comunitarios por 5 dias, en la organizacion a la que pertenece, previa aprobacion de la Subdireccion de Sanidad.

Articulo Quinto.- Encargar a la Direccion de Bienestar Social y Desarrollo Humano, a la Subdireccion de Sanidad y a la Direccion de Fiscalizacion y Control, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 27652

Aprueban beneficio de regularizacion de pagos denominado MORDAZA de Apoyo al Vecino MORDAZA Apostol 2001
ORDENANZA Nº 74-MSS MORDAZA de MORDAZA, 18 de MORDAZA 2001 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas en la creacion, modificacion y supresion de sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias, de conformidad con los Articulos 191° y 192° incisos 2) y 3) de la Constitucion Politica del Peru, concordantes con las Normas III y IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario; Que, tal como establece el Articulo 36° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF es facultad de la Administracion Tributaria conceder fraccionamiento, en casos particulares; Que, los gobiernos locales, conforme lo dispuesto por el Articulo 41° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF, podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto a los tributos que administren; Que, corresponde al Concejo Municipal la funcion normativa, la que ejerce a traves de dispositivos, entre los cuales destaca la Ordenanza, que tiene rango de ley, conforme lo reconoce el numeral 4) del Articulo 200° de la Constitucion Politica del Peru y la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario; Estando a lo solicitado y sustentado por la Oficina de Rentas mediante Informes N°s. 147 y 155-2001OR-MSS y a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe N° 1103-2001-OAJ-MSS; y contando con Dictamen favorable N° 021-2001CEPP/MSS de la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto por los Articulos 36° inciso 3), 109° y 110° de la Ley Organica de Municipalidades N° 23853, con dispensa del tramite de lectura y

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