Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2001 (21/06/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

Pag. 204802

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 21 de junio de 2001

requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 059-2001-EM/DGE, dejando MORDAZA que en algunos tramos de la linea de distribucion, no se cumple con el ancho de la faja de servidumbre, establecido en el numeral 7.2 de la MORDAZA Nº DGE 025-P-1/1988, aprobada por la Resolucion Directoral Nº 111-88-DGE/ONT, vigente en este aspecto; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la linea de 60 kV Derivacion Linea 658 a SET MORDAZA MORDAZA, ubicada en las provincias MORDAZA y Huarochiri del departamento de MORDAZA, a favor de Luz del Sur S.A.A., con caracter permanente, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. Inicio y Llegada de la Linea Electrica 21096198 Linea de 60 kV Derivacion Linea 658 a SET MORDAZA Anita: Tramos T14 - T25 Tramo T29 - T34 Tramo T38 - T39 Tramo T42 - SET MORDAZA MORDAZA 60 60 60 60 02 02 02 02 1,340 0,880 0,085 0,995 16 16 16 16 Nivel de Tension (kV) Nº de Ternas Longitud (km) Ancho de la Faja (m)

cidad de conformidad con la Ley General de Electricidad Nº 23406 y su Reglamento; Que, mediante Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, se dictaron normas para el desarrollo de las actividades de generacion, transmision, distribucion y comercializacion de la energia electrica, derogandose la Ley General de Electricidad Nº 23406; Que, es necesario un MORDAZA Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional aplicable al subsector electricidad acorde a las disposiciones legales vigentes, cambios tecnologicos, nueva reestructuracion del subsector electricidad y a los aspectos de bienestar y seguridad requeridos; Que, el proyecto del MORDAZA Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional ha sido prepublicado en la Pagina Web del Ministerio de Energia y Minas con el correspondiente aviso en el Diario Oficial El Peruano, tomandose en cuenta las sugerencias o aportes del subsector electricidad; De conformidad con la Decima Disposicion Transitoria del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del Subsector Electricidad que consta de seis (6) Titulos, ciento catorce (114) Articulos, dos (2) Disposiciones Transitorias y dos (2) Disposiciones Finales, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del Subsector Electricidad

Articulo 2º.- Quedan excluidos de la presente Resolucion los tramos en los que no se cumple con el ancho de la faja de servidumbre, establecido en la MORDAZA Nº DGE 025P-1/1988, vigente en este aspecto, de acuerdo al siguiente cuadro:
Cod. Exp. Inicio y Llegada de la Linea Electrica 21096198 Linea de 60 kV Derivacion Linea 658 a SET MORDAZA Anita: Tramos T25 - T29 Tramo T34 - T38 Tramo T39 - T42 60 60 60 02 02 02 0,350 0,465 0,320 11 13 13 Nivel de Tension (kV) Nº de Longitud Ternas (km) Ancho de la Faja (m)

Indice Titulo I Titulo II Capitulo I Capitulo II Capitulo III Titulo III Titulo IV Capitulo Capitulo Capitulo Capitulo Capitulo Capitulo Capitulo Titulo V I II III IV V VI VII Generalidades Sistema de Seguridad e Higiene Ocupacional Organizacion del Sistema de Seguridad e Higiene Ocupacional Implementacion del Sistema de Seguridad e Higiene Ocupacional Control y Normatividad Obligaciones y Derechos El Sistema Electrico Disposiciones Generales Sistema de Generacion Lineas de Transmision Centros de Transformacion Sistema de Distribucion Maquinaria y Herramientas en General Almacenaje de Materiales y Liquidos Inflamables o Combustibles Actividades Complementarias Equipos de Proteccion Personal La Seguridad y el Saneamiento Ambiental III Servicios Permanentes y Provisionales IV Prevencion y Control de Incendios V Programas de Emergencias, Servicios Medicos y Primeros Auxilios VI Investigacion de Accidentes y Prevencion de Enfermedades Profesionales VII Iluminacion Responsabilidades y Sanciones

Articulo 3º.- Los propietarios de los predios sirvientes, dentro de la faja de servidumbre, no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 5º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 25064

Aprueban el Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del Subsector Electricidad
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 263-2001-EM/VME MORDAZA, 18 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 157-88-EM/DGE, publicada el 26 de MORDAZA de 1988, se aprobo el Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del Subsector Electri-

Capitulo I Capitulo II Capitulo Capitulo Capitulo Capitulo Capitulo

Titulo VI

Disposiciones Transitorias Disposiciones Finales

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.