Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2001 (21/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 21 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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en lo alto de sus estructuras, es obligatorio conocer su nivel de tension y la verificacion mediante pruebas con el equipo apropiado, de que efectivamente estan desenergizados (detector de tension para el nivel indicado en su estructura). Todo trabajo en estructuras metalicas, postes y porticos se efectuara con dos personas como minimo y sera supervisado permanente por otra persona desde tierra en la MORDAZA de trabajo. Todo liniero estara asegurado a la estructura con MORDAZA o arnes de seguridad en forma permanente mientras dure la labor en lo alto de la estructura. La realizacion de trabajos en lo alto de las estructuras metalicas, postes y porticos, requiere que el trabajador este en buen estado fisico y animico; y, provisto de optimos implementos de seguridad y equipos de proteccion. El trabajador que no este apto para subir a las estructuras o postes sera retirado del grupo de trabajo. Articulo 48º. Instrucciones para trabajos en estructuras MORDAZA de efectuar cualquier trabajo en las estructuras y lineas electricas, se debera instruir a los trabajadores sobre la tarea a realizarse, designando equipos de trabajo con los responsables respectivos, poniendo especial enfasis en la seguridad de los trabajadores. Articulo 49º. Instalacion de lineas paralelas a lineas energizadas MORDAZA que se instale lineas nuevas paralelas a lineas energizadas existentes, la empresa debera determinar la tension aproximada que se inducira en las nuevas lineas para aplicar la proteccion necesaria durante todo el tiempo de ejecucion de los trabajos. En su defecto, la obra se ejecutara suponiendo que la tension inducida es peligrosa y se tomaran las medidas pertinentes para trabajos en lineas energizadas. La empresa debera tomar en cuenta las siguientes precauciones: a. Cada conductor desnudo debera ser puesto a tierra en intervalos de tal manera que ningun punto a lo largo del conductor se encuentre a mas de 3 km. de una puesta a tierra. b. Las puestas a tierra referidas en el inciso anterior deberan dejarse en su lugar hasta que se complete la instalacion del conductor. c. Se retirara las puestas a tierra referidas en el inciso "a" en la MORDAZA fase de limpieza de la linea. d. Si los trabajadores estan laborando en contacto con conductores desnudos, las puestas a tierra deberan instalarse en cada lugar donde ellos esten trabajando, y tambien deberan instalarse puestas a tierra en todos los puntos muertos o puntos de soporte de la estructura adyacente. e. Si dos conductores desnudos van a ser empalmados, previamente deberan ser puenteados, puestos a tierra y el empalme sera realizado con guantes dielectricos. Se debera respetar las distancias minimas de seguridad para la construccion de lineas paralelas entre los diferentes niveles de tension, segun lo establecido en el Codigo Nacional de Electricidad. Articulo 50º. Identificacion y senalizacion de lineas Los postes y estructuras metalicas de las lineas de transmision deberan ser facilmente identificados, indicando por lo menos: tension nominal, nombre de la empresa, numero, codigo de la estructura, nombre de la linea de transmision y senales de peligro. Las estructuras metalicas deberan contar con medios de antiescalamiento, cuando se ubiquen en las zonas urbanas o cercanas a estas y terrenos agropecuarios. Articulo 51º. Trabajos en caliente Esta absolutamente prohibido trabajar en circuitos energizados, mientras no se disponga del procedimiento respectivo y autorizacion para su uso. En caso de disponer estos medios, el trabajo debera ser realizado por personal especializado, con el perfil minimo en lo fisico y psicologico, y que cuente con equipos y herramientas especialmente disenados, probados y fabricados para esos fines. Articulo 52º. Condiciones meteorologicas y climaticas en los trabajos Los trabajos en las lineas de transmision deberan efectuarse en horas de luz natural y con las condiciones

meteorologicas y climaticas mas convenientes. Se suspendera los trabajos en caso que las condiciones ambientales tengan alguna de las siguientes caracteristicas: a. Velocidad de viento superior a los 35 km/h. b. Lluvias torrenciales, granizadas y nevadas. c. Tempestades electricas, rayos y truenos. d. Otros fenomenos anormales que afecten la seguridad. Cuando existan condiciones meteorologicas y climaticas adecuadas, se podra efectuar trabajos durante horas nocturnas que puedan ejecutarse con mayor seguridad que durante horas de luz natural y MORDAZA debidamente sustentados por la empresa en su reglamento interno, y para los casos de situaciones de emergencia. Capitulo IV Centros de Transformacion Articulo 53º. Equipos de proteccion personal e implementos de seguridad El personal que efectue cualquier actividad en las instalaciones de un centro de transformacion (maniobras en los equipos de operacion, trabajos de mantenimiento o reparacion de equipos e instalaciones, otros) debe utilizar equipos de proteccion personal e implementos de seguridad de acuerdo a la labor que desempene. La empresa debe verificar periodicamente el uso, vigencia y operatividad de los dispositivos de senalizacion existentes como podrian ser detectores de humo, alarmas contra incendios, sirenas, extintores, entre otros. Toda persona que ingresa a los centros de transformacion debera usar casco dielectrico e implementos de seguridad necesarios. Articulo 54º. Personal autorizado para realizar maniobras La empresa establecera la nomina del personal autorizado y entrenado para operar los centros de transformacion y realizar las maniobras, de acuerdo a los programas de trabajo o por emergencias, de conformidad con su Reglamento Interno de Seguridad. Dicha nomina debe estar registrada en el centro de control y ubicada en las casetas de vigilancia asi como en la sala de operacion de los centros de transformacion. Articulo 55º. Identificacion de circuitos Todos los sistemas electricos deben presentarse en forma visible en los diagramas donde se senalen claramente todos los circuitos, redes y lineas debidamente numeradas y codificadas a fin de identificarlas con toda facilidad. Estos diagramas deben estar ubicados en lugar visible dentro de la sala de operaciones de cada uno de los centros de transformacion. Articulo 56º. Requisitos del personal no electricista En el desarrollo de sus actividades dentro de las instalaciones de la empresa, el personal no electricista como pintores, albaniles, personal de limpieza, y otros deben cumplir los siguientes requisitos: a. Tener la orden o permiso escrito para trabajar, en la que se delimite el area de labores. b. Utilizar sus implementos de seguridad personal y los adecuados al area donde realizan sus labores. c. Tener sus equipos de trabajo en MORDAZA estado. d. Ser supervisados permanentemente por un trabajador autorizado con conocimiento de los riesgos en las instalaciones del centro de transformacion. Capitulo V Sistema de Distribucion Articulo 57º. Trabajos con tension en sistemas de distribucion Para garantizar la seguridad en los trabajos con tension en sistemas de distribucion, por lo menos, debera tenerse en cuenta los siguientes aspectos: a. Identificacion fehaciente del circuito a intervenir. b. Los equipos y lineas electricas se consideraran y deberan ser tratados como energizados, aun cuando no lo

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