Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2001 (21/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

MORDAZA, jueves 21 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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en los cuales el adquiriente vende los activos adquiridos en un pacto de recompra previo y transfiere su posicion de adquiriente. g) Compromiso de compra de valores emitidos: Acuerdo por el cual una empresa emisora de valores, titulos y obligaciones asume el compromiso de comprar, ya sea total o parcialmente, la emision MORDAZA de su vencimiento, de acuerdo con las condiciones y plazo previamente pactados. h) Opcion de compra de valores emitidos: Derecho del emisor o del comprador de valores, titulos y obligaciones de comprar, o en su caso de exigir la compra de los mismos, sea total o parcialmente, segun las modalidades que hubieran sido pactadas o permitidas por ley. Dependiendo del acuerdo, dicho derecho puede ser ejercido en cualquier momento desde la emision o durante un periodo determinado. i) Compromiso de redencion anticipada: Acuerdo por el cual una empresa emisora de valores, titulos y obligaciones asume el compromiso de redimir total o parcialmente la emision MORDAZA de su vencimiento, de acuerdo con las condiciones y plazo previamente pactados. j) Opcion de redencion anticipada: Derecho del emisor o del comprador de valores, titulos y obligaciones de redimir o exigir la redencion anticipada de los mismos, sea total o parcialmente, segun las modalidades que hubieran sido pactadas o permitidas por ley. Dependiendo del acuerdo, dicho derecho puede ser ejercido en cualquier momento desde la emision o durante un periodo determinado. k) Operacion overnight: Operacion pactada a un dia o que se renueva diariamente, distinta a los fondos interbancarios. Gestion de tesoreria Articulo 3º.- Las empresas deberan establecer e implementar politicas y procedimientos que les permitan una adecuada administracion de su liquidez, considerando la complejidad y volumen de las operaciones que realizan. El Directorio u organo equivalente es el responsable del establecimiento, implementacion y cumplimiento de dichas politicas y procedimientos, teniendo en cuenta los requerimientos minimos establecidos en la presente norma. Comite y Unidad de Riesgos Articulo 4º.- El Comite de Riesgos debera tener en cuenta las disposiciones establecidas en la presente MORDAZA en el diseno de sus politicas y procedimientos para la identificacion y administracion del riesgo de liquidez que enfrenta su empresa. Asimismo, debera establecer MORDAZA de comunicacion efectivos con el fin de que las areas involucradas en la toma, registro, identificacion y administracion del riesgo de liquidez tengan conocimiento de los riesgos asumidos. De otro lado, la Unidad de Riesgos de la empresa sera responsable, entre otros, de evaluar de manera permanente el cumplimiento de las politicas y procedimientos establecidos por el Comite de Riesgos. CAPITULO II REQUERIMIENTOS E INDICADORES DE LIQUIDEZ Requerimientos minimos de liquidez Articulo 5º.- Las empresas deberan mantener los requerimientos minimos de liquidez determinados por los siguientes ratios: a) Moneda Nacional: Activos liquidos -------------------- Pasivos de corto plazo b) Moneda Extranjera: Activos liquidos -------------------- Pasivos de corto plazo 20 % 8%

Para la determinacion de los ratios MORDAZA senalados se consideraran los activos y pasivos establecidos en los Articulos 7º y 8º de la presente norma. Indicadores de liquidez Articulo 6º.- Ademas de los ratios establecidos en el Articulo 5º, las empresas deberan calcular el siguiente ratio, tanto en moneda nacional como en moneda extranjera: Ratio de Liquidez Ajustado por Recursos Prestados: Activos Liquidos Ajustados por Recursos Prestados ---------------------------------------------------- Pasivos de Corto Plazo Ajustados por Recursos Prestados Para la determinacion del indicador MORDAZA senalado se consideraran los activos y pasivos establecidos en los Articulos 9º y 10º de la presente norma. Activos liquidos Articulo 7º.- Para el calculo de los ratios minimos de liquidez senalados en el Articulo 5º se consideraran como activos liquidos los siguientes conceptos, asi como sus rendimientos devengados: a) MORDAZA y fondos fijos; b) Fondos disponibles en el Banco Central y en empresas del sistema financiero nacional; c) Fondos disponibles en bancos del exterior de primera categoria; d) Fondos interbancarios netos deudores; e) Titulos representativos de deuda negociable emitidos por el Gobierno Central y el Banco Central; f) Certificados de deposito negociables y certificados bancarios emitidos por empresas del sistema financiero nacional; g) Titulos negociables representativos de deuda publica y del sistema financiero y de seguros del exterior, que se coticen en mecanismos centralizados de negociacion, calificados en grado de inversion por clasificadoras de riesgo a satisfaccion de esta Superintendencia; y, h) Otros que determine esta Superintendencia mediante normas de caracter general. No deberan incluirse dentro de los activos senalados en los literales b), e), f), g) y h) los montos de los activos de disponibilidad restringida por operaciones de reporte, pactos de recompra y prestamos de valores. Pasivos de corto plazo Articulo 8º.- Para el calculo de los ratios minimos de liquidez establecidos en el Articulo 5º de la presente MORDAZA, se consideraran los pasivos que se senalan a continuacion, asi como los gastos por pagar asociados con ellos: a) Obligaciones a la vista, obligaciones con instituciones recaudadoras de tributos y obligaciones relacionadas con inversiones negociables y a vencimiento; b) Fondos interbancarios netos acreedores; c) Obligaciones por cuentas de ahorro; d) Obligaciones por cuentas a plazo, cuando el vencimiento ocurra dentro de los trescientos sesenta (360) dias siguientes, excluyendo los depositos CTS; y, e) Adeudos y obligaciones financieras a corto plazo, y valores, titulos y obligaciones en circulacion cuyo vencimiento ocurra dentro de los trescientos sesenta (360) dias siguientes. No deberan incluirse dentro de los pasivos contenidos en el literal a) las obligaciones correspondientes a operaciones de reporte y pactos de recompra realizados con los activos liquidos, asi como las obligaciones por prestamo de valores. Se deberan considerar en el literal e) los montos de los valores, titulos y obligaciones en circulacion emitidos por la empresa sobre los cuales existen compromisos u opciones de compra, y compromisos u opciones de redencion anticipada, cuyos plazos o fechas de ejercicio respectivamente, esten comprendidos en los trescientos sesenta (360) dias siguientes.

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