Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2001 (21/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

MORDAZA, jueves 21 de junio de 2001

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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INDECI
Aceptan donacion efectuada a favor de la Tercera Region de Defensa Civil MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 240-2001-INDECI MORDAZA, 7 de junio del 2001 Visto el Oficio Nº 490-2001-/TRDC/LOG. 15.5 del 30 de MORDAZA del 2001, por el cual la Tercera Region de Defensa Civil - MORDAZA, da cuenta de la recepcion de una donacion; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Organo Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, esta encargado del planeamiento, coordinacion y control de las actividades de Defensa Civil a nivel nacional; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, constituye una entidad perceptora de donaciones; Que, la INTENDENCIA DE ADUANA DE AREQUIPA; ha donado a la Tercera Region de Defensa Civil - MORDAZA, alimentos, ropa de MORDAZA uso y diversos articulos, valorizado en TREINTINUEVE MIL CIENTO DIECISEIS Y 67/100 NUEVOS SOLES (S/. 39,116.67), segun se detalla en Nota de Entrada a Almacen Nº 000017 del 25 de MORDAZA del 2001 y Resolucion de Intendencia Nº 154-2001000085 de 20 de MORDAZA del 2001; De conformidad a lo dispuesto en los Decretos Leyes Nºs. 21942 y 19338, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar en via de regularizacion la donacion efectuada por la INTENDENCIA DE ADUANA DE AREQUIPA; segun se detalla en la Nota de Entrada a Almacen adjunta a la presente, valorizada en TREINTINUEVE MIL CIENTO DIECISEIS Y 67/100 NUEVOS SOLES (S/. 39,116.67). Articulo Segundo.- Agradecer a la INTENDENCIA DE ADUANA DE MORDAZA, por el valioso aporte efectuado a favor de la Tercera Region de Defensa Civil AREQUIPA. Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion Jefatural a la Contraloria General de la Republica, a la INTENDENCIA DE ADUANA DE MORDAZA y al Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA PODESTA LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 25611

Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", faculta al Instituto Nacional de Cultura a proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como tambien las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, el Instituto Nacional de Cultura, en cumplimiento de la funcion que le asigna la ley, viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 04 de fecha 28 de MORDAZA de 2001 propuso se declara monumento a los inmuebles ubicados en la Av. MORDAZA de Pierola Nºs. 454458-462-466-470, esquina pasaje Inclan Nºs. 119-123-125127-129-135 y Av. MORDAZA de Pierola Nºs. 476-482-486-492, esquina Av. Tacna Nºs. 708-718-722, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, por cuanto constituyen MORDAZA ejemplos de la edilicia MORDAZA caracteristica de la Av. MORDAZA de Pierola de los primeros anos del siglo XX; Estando a lo visado por la Direccion General del Patrimonio Monumental e Historico, la Direccion de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, la Gerencia Legal y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Organica del Ministerio de Educacion", y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a los inmuebles ubicados en la Av. MORDAZA de Pierola Nºs. 454458-462-466-470, esquina pasaje Inclan Nºs. 119-123-125127-129-135 y Av. MORDAZA de Pierola Nºs. 476-482-486-492, esquina Av. Tacna Nºs. 708-718-722, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura, cualquier intervencion a realizarse en el monumento a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CARRE Director Nacional 25582

Modifican el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones Administrativas aproDeclaran Monumento integrante del bado mediante la Ordenanza Nº 061 Patrimonio Cultural de la Nacion a DECRETO DE ALCALDIA Nº 071 diversos inmuebles ubicados en la MORDAZA, 13 de junio de 2001 provincia de MORDAZA EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 508/INC MORDAZA, 11 de junio de 2001 Visto el Acuerdo Nº 04/28.05.2001 de la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos y demas documentacion sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades, en su Articulo 3º, senala que las Municipalidades representan al vecindario, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion;

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA

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