Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2005 (22/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, jueves 22 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que mediante Carta Nº CNE-1080-2005, la Presidenta del Consejo Nacional de Educacion, presenta al Despacho Ministerial una relacion de personalidades para designar a dos nuevos consejeros para cubrir las vacancias existentes ante la renuncia de los senores MORDAZA Iguiniz MORDAZA y MORDAZA Pedraglio Mendoza; Que de conformidad con los articulos 7º y 10º del Reglamento Interno del Consejo Nacional de Educacion, aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 494-2002ED, el Poder Ejecutivo designa a los Consejeros mediante Resolucion Ministerial del Sector, con un mandato de seis anos calendario consecutivos; y en caso de vacancia de un cargo de Consejero, el Presidente del Consejo solicitara, por intermedio del Despacho de Educacion, la designacion de un MORDAZA Consejero Titular. El mandato del MORDAZA Titular se extiende hasta el termino del mandato correspondiente al Consejero reemplazado; Que don MORDAZA Iguiniz MORDAZA fue designado mediante la Resolucion Ministerial Nº 0023-2004-ED, del 27 de enero de 2004 y don MORDAZA Pedraglio MORDAZA mediante la Resolucion Ministerial Nº 0601-2004-ED, del 24 de noviembre de 2005, en ambos casos, con vigencia hasta el fin del ano 2007; Que es necesario designar a los nuevos miembros del Consejo Nacional de Educacion que cubriran las vacantes existentes; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a partir de la fecha de la presente Resolucion y hasta el fin del ano 2007, a las siguientes personas como miembros del Consejo Nacional de Educacion: - MORDAZA Brack Egg; y - MORDAZA MORDAZA Galvez. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 21558

Autorizan a procurador iniciar acciones legales para lograr la nulidad de la Resolucion de Secretaria General Nº 300-2003-ED
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0745-2005-ED MORDAZA, 16 de diciembre de 2005 Vistos, el Oficio Nº 2961-2005-PP/ED del Procurador Publico del Estado a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, Expediente Nº 66475-2005 y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0408-2003ED, de fecha 25 de marzo de 2003, se resolvio instaurar MORDAZA administrativo disciplinario a Juvel MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ganoza por los hechos irregulares detallados en el Informe Largo sobre el Examen Especial de la Informacion Presupuestaria por el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2000 y en el Informe Largo sobre el Examen a los Estados Financieros y otros Aspectos Operativos al 31 de diciembre de 2000, elaborados por la Sociedad de Auditoria MORDAZA MORDAZA - Contadores Publicos;

Que, a traves de la Resolucion de Secretaria General Nº 300-2003-ED, de fecha 6 de octubre de 2003, se declaro prescrita la accion administrativa seguida contra los referidos servidores y se dispuso que la Oficina de Auditoria Interna del Ministerio de Educacion efectue las acciones que correspondan para determinar responsabilidades por la demora en la tramitacion del MORDAZA administrativo disciplinario; Que, por Oficio Nº 2961-2005-PP/ED, el Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion solicita la expedicion de la Resolucion Ministerial Autoritativa que lo faculte a interponer demanda contencioso - administrativa contra la Resolucion de Secretaria General Nº 300-2003-ED, al haberse vulnerado el ordenamiento legal vigente; Que, sobre el particular, cabe senalar que el Informe Largo sobre el Examen Especial de la Informacion Presupuestaria por el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2000 y el Informe Largo sobre el Examen a los Estados Financieros y otros Aspectos Operativos al 31 de diciembre de 2000, elaborados por la Sociedad de Auditoria MORDAZA MORDAZA - Contadores Publicos, fueron puestos a conocimiento del Titular del Pliego del Ministerio de Educacion el 29 de noviembre de 2002, conforme se desprende del Oficio Nº 521-2002/SA cursado por la referida Sociedad de Auditoria; Que, tales hechos acreditan que la Resolucion Ministerial Nº 0408-2003-ED MORDAZA referida, fue expedida dentro del plazo legal establecido en el articulo 173º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; Que, en tal sentido, al haberse contravenido el numeral 1) del articulo 10º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, debe declararse la nulidad de la Resolucion de Secretaria General Nº 300-2003-ED, de conformidad con los numerales 202.3) y 202.4) del articulo 202º de la referida Ley del Procedimiento Administrativo General que senalan que la facultad para declarar la nulidad de oficio de los actos administrativos prescribe al ano, contado a partir de la fecha en que hayan quedado consentidos y que en caso que MORDAZA prescrito el plazo previsto en el numeral anterior, solo procede demandar la nulidad ante el Poder Judicial via el MORDAZA contencioso administrativo; Que, en atencion a las normas MORDAZA glosadas resulta pertinente emitir la Resolucion Ministerial Autoritativa a favor del Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion para que interponga las acciones judiciales tendentes a lograr la nulidad de la Resolucion de Secretaria General Nº 3002003-ED; Que, los articulos 2º y 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado mediante el Decreto Ley Nº 17667, establecen que "los Procuradores Generales de la Republica tienen la plena representacion del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil" y que "para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, sera necesario la expedicion previa de la Resolucion Ministerial autoritativa"; Con lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, mediante el Informe Nº 2116-2005-ME/SG-OAJ que forma parte integrante de la presente Resolucion; conforme lo solicitado por la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion mediante el Oficio Nº 2961-2005-PP/ED; y, De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Estado a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, para que interponga las acciones judiciales tendentes a lograr la nulidad de la Resolucion de Secretaria General Nº 300-2003-ED, de acuerdo a los considerandos de la presente Resolucion.

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