Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2007 (07/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de setiembre de 2007

VISTO: el Oficio Nº 2077-2007-OL/MINSA de la Direccion Ejecutiva de Logistica, el Informe Tecnico Nº 011-2007-OGA-BLC, que sustenta la exoneracion de la realizacion de procesos de seleccion por causal de situacion de emergencia, la adquisicion y contratacion de diversos bienes y servicios destinados a atender la emergencia originada por el Sismo del pasado 15 de Agosto ocurrido en nuestro pais; las cuales se encuentran incluidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado del Ano 2007, asi como el Informe Legal Nº 1893-2007OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el 15 de agosto de 2007, se registraron sismos de gran magnitud en el territorio nacional, afectando de manera considerable la MORDAZA centro y sur del MORDAZA, por lo que mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, se declaro en Estado de Emergencia el departamento de Ica y la provincia de Canete del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias naturales; Que, con Resolucion Ministerial Nº 665-2007/MINSA del 16 de agosto de 2007, se declaro la Alerta Roja en los Establecimientos de Salud a Nivel Nacional a partir de la fecha por el plazo de sesenta (60) dias naturales. Asimismo, se dispuso que cada Direccion Regional de Salud de conformidad a la Directiva de Declaracion de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres, incremente la Alerta Roja al nivel que corresponda a la situacion dentro de su jurisdiccion; Que, por Circular Nº 152-2007-OGA-MINSA del 17 de agosto de 2007, el Director General de Administracion informo que conforme a los hechos acontecidos en el MORDAZA, se ha configurado la causal de situacion de emergencia, por lo que las Entidades Publicas en general, quedan exoneradas de la tramitacion del expediente administrativo para las contrataciones y/o adquisiciones destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas por el desastre. En ese sentido, faculto a los hospitales e institutos bajo el ambito del Ministerio de Salud para que bajo su responsabilidad, adquieran los bienes y servicios que MORDAZA estrictamente necesarios para la atencion de la emergencia e informar inmediatamente para que el Ministerio de Salud proceda a emitir la Resolucion Ministerial correspondiente dentro de los diez (10) dias posteriores al evento que la produjo; Que, mediante Circular Nº 156-2007-OGA-MINSA del 24 de agosto de 2007, el Director General de Administracion solicito la remision de la documentacion de las contrataciones y/o adquisiciones que se hayan realizado con ocasion de la situacion de emergencia originada por el sismo del pasado 15 de agosto; Que, con Oficio Nº 2077-2007-OL/MINSA del 28 de agosto de 2007, el Director Ejecutivo de la Oficina de Logistica informo de las adquisiciones y/o contrataciones realizadas y solicito su inclusion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2007", de la Unidad Ejecutora 001 Administracion Central del Pliego 011 ­ Ministerio de Salud para el Ejercicio Fiscal 2007; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 639-2007OGA-MINSA del 28 de agosto de 2007, se incluyo en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2007", de la Unidad Ejecutora 001 Administracion Central del Pliego 011 ­ Ministerio de Salud para el Ejercicio Fiscal 2007, las adquisiciones y contrataciones efectuadas para la atencion de la emergencia anteriormente citada; Que, con Memorandum Nº 1683-2007-OGA/MINSA del 28 de agosto de 2007, el Director General de la Oficina General de Administracion remitio el Informe Tecnico Nº 011-2007-OGA-BLC asi como el listado de bienes y servicios materia de adjudicacion o contratacion por el monto de 1 562 829.98 (Un Millon Quinientos Sesenta y Dos Mil Ochocientos Veintinueve y 98/100 Nuevos Soles) que sustentan la exoneracion de la realizacion de procesos de seleccion por causal de situacion de emergencia; Que, la Oficina General de Administracion ha solicitado la exoneracion por causal de situacion de emergencia de las contrataciones y adquisiciones efectuadas para la atencion de las zonas afectadas por el desastre nacional ocurrido el 15 de agosto pasado, en aplicacion del literal c) del articulo 19º del TUO de la Ley de contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada con D.S. Nº 0832004-PCM; Que, la figura de situacion de emergencia se encuentra definida en el Articulo 22º del TUO de la Ley de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con D.S. Nº 083-2004-PCM, en adelante, la Ley, concordante con el Articulo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada con D.S. Nº 084-2004-PCM, en adelante el Reglamento, como aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos y de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional; Que, la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion que correspondan. Cuando no corresponda realizar un MORDAZA de seleccion posterior, en el informe tecnico-legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la adquisicion o contratacion definitiva; Que, en la situacion de emergencia queda acreditada de por si la necesidad actual y urgente de los bienes o servicios para atender los requerimientos inmediatos y no por periodos consecutivos o que excedan el lapso de tiempo requerido para paliar la situacion. Asimismo, dicha figura constituye causal de exoneracion de procesos de seleccion (literal c del Articulo 19º de la Ley), pero en este caso puntual, la Entidad queda exonerada de la tramitacion de expediente administrativo y podra ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la Ley; Que, de la informacion que obra en autos se desprende que los acontecimientos catastroficos ocurridos el 15 de agosto de 2007 constituyen una situacion de emergencia, la cual ademas se encuentra establecida como causal de exoneracion en el literal c) del articulo 19º de la Ley, hecho que motivo la emision de documentos facultativos para la contratacion directa de bienes y servicios orientados a la atencion de las zonas afectadas; Que, se observa que la situacion informada por el Director General de la Oficina General de Administracion, encaja en el supuesto contemplado en las normas de contrataciones y adquisiciones, habiendo quedado acreditado que la necesidad del servicio es actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos de sus dependientes con la finalidad de hacer frente a la situacion critica que atraviesan las zonas afectadas; Que, el articulo 142º del Reglamento concede la facultad de regularizar dentro de los diez (10) dias siguientes a la finalizacion del evento que la produjo a las adquisiciones o contrataciones que se realicen mediante acciones inmediatas, e incluirlas con sus respectivos procesos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion o Acuerdo correspondiente, remitiendolo, junto con el informe tecnico-legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de la ejecucion de las prestaciones, conforme a lo senalado en el articulo 20º de la Ley en concordancia con el articulo 142º del Reglamento; Que, el Director Ejecutivo de la Oficina de Logistica informo de las adquisiciones y/o contrataciones realizadas para su inclusion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2007", de la Unidad Ejecutora 001 Administracion Central del Pliego 011 ­ Ministerio de Salud para el Ejercicio Fiscal 2007, mediante Resolucion Directoral Nº 639-2007-OGA-MINSA del 28 de agosto de 2007, lo que acredita el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el articulo 22º de la Ley y el articulo 142º del Reglamento; Que, con Memorandum Nº 1683-2007-OGA/MINSA del 28 de agosto de 2006, el Director General de la Oficina General de Administracion remitio el informe tecnico correspondiente, asi como el listado de bienes y servicios materia de adjudicacion o contratacion por el monto de S/. 1 562 829.98 (Un Millon Quinientos Sesenta y Dos Mil Ochocientos Veintinueve y 98/100 Nuevos Soles), documentos que sustentan la exoneracion de la realizacion de procesos de seleccion por causal de situacion de emergencia, documentos necesarios para emitir la Resolucion Ministerial correspondiente a efectos de formalizar el tramite de regularizacion conforme a lo establecido en el mencionado articulo; Que, mediante Informe Legal Nº 1893-2007-OGAJ/ MINSA, la Oficina General de Asesoria Juridica, emitio opinion legal favorable acerca de la procedencia de

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