Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2007 (07/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de setiembre de 2007

Nº 084 -2004 ­PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 148-2006-EF, que dispone que los actos que aprueba la exoneracion no son impugnables; Por lo MORDAZA expuesto y de conformidad con lo establecido en los Arts. 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, sometido a consideracion de los Senores Regidores para su debate; previa las deliberaciones del caso; la votacion de estilo, por UNANIMIDAD del pleno; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar el Informe Legal Nº 1002007-MDPL/AJ, en todo su contenido para los fines de Ley; asi como el requerimiento de bienes y servicios Nº 01162007, ejecutando el expediente tecnico para la ejecucion de la obra, que motiva el presente Acuerdo; y que formara parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de seleccion por desabastecimiento inminente y urgencia para la adquisicion de 4,000 M3 (cuatro mil metros cubicos) de material de relleno clasificado; conforme el requerimiento de bienes y servicios Nº 0116-2007, presentado por el Ing. Residente MORDAZA Galdos Lavado; para la ejecucion de la Obra: "Mejoramiento Carretera Pueblo LibrePamparomas- tramo cruce carretera Caraz- HuarazJuipon, Km 3+200 al Km 6+510"; cuyo valor referencial es la suma de S/. 160,000.00 nuevos soles incluido IGV, que sera financiado con recursos del CANON. Articulo Tercero.- Encargar al Comite de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo Municipal, en la forma que senala el Art. 148º Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; cuya adquisicion tendra el caracter de definitivo, para la firma del contrato respectivo por el titular del pliego. Articulo Cuarto.- Remitir MORDAZA del Acuerdo y del Informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Quinto.- Ordenar la publicacion del contenido del Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese, archivese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, establece que las municipalidades tienen la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, conformidad con lo establecido en el Inc. C) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen por desabastecimiento inminente y urgencia, declaradas de conformidad con dicha Ley; Que, el Art. 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, establece que el desabastecimiento inminente es "aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial, lo que faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda"; Que, el Informe legal Nº 101-2007-MDPL/AJ, se pronuncia por la procedencia de la exoneracion del MORDAZA de Seleccion por la causal de desabastecimiento inminente y urgencia, para la adquisicion de 374 unidades de Tubo PVC S-25 de 150mm x 6m; 374 unidades de Anillo para tuberia PVC S-25 de 150mm; y 08 galones de lubricante para interconexion de tubos; segun el requerimiento Nº 01, presentado por el Ing. Residente Richard. E. MORDAZA Angeles; para la ejecucion de la Obra: "Construccion del sistema de alcantarillado de la localidad de Juipon- I etapa"; segun su expediente tecnico; Que, finalmente debera tenerse en cuenta lo que dispone el Inc. 2 del Art. 150 del Decreto Supremo Nº 084 -2004 ­PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 148-2006-EF, que dispone que los actos que aprueba la exoneracion no son impugnables; Por lo MORDAZA expuesto y de conformidad con lo establecido en los Arts. 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, sometido a consideracion de los Senores Regidores para su debate; previa las deliberaciones del caso; la votacion de estilo, por UNANIMIDAD del pleno; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar el informe Legal Nº 1012007-MDPL/AJ, en todo su contenido para los fines de Ley; asi como el requerimiento Nº 01, ejecutando el expediente tecnico para la ejecucion de la obra, que motiva el presente Acuerdo; y que formara parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de seleccion por desabastecimiento inminente y urgencia para la adquisicion de 374 unidades de Tubo PVC S-25 de 150mm x 6m; 374 unidades de Anillo para tuberia PVC S-25 de 150mm; y 08 galones de lubricante para interconexion de tubos; conforme el requerimiento Nº 01, presentado por el Ing. Residente Richard. E. MORDAZA Angeles; para la ejecucion de la Obra: "Construccion del sistema de alcantarillado de la localidad de Juipon- I etapa"; cuyo valor referencial es la suma de S/. 58,959.46 nuevos soles incluido IGV, que sera financiado con recursos del CANON. Articulo Tercero.- Encargar al Comite de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo Municipal, en la forma que senala el Art. 148º Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004PCM; cuya adquisicion tendra el caracter de definitivo, para la firma del contrato respectivo por el titular del pliego. Articulo Cuarto.- Remitir MORDAZA del Acuerdo y del Informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Quinto.- Ordenar la publicacion del contenido del Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese, archivese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de bienes para la ejecucion de la obra "Construccion del sistema de alcantarillado de la localidad de Juipon - I Etapa"
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 462-2007-MDPL
Pueblo Libre, 3 de setiembre del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE. VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 3 de setiembre del 2007, el contenido del el Informe Legal Nº 101-2007-MDPL/ AJ, con relacion a la adquisicion de 374 unidades de Tubo PVC S-25 de 150mm x 6m; 374 unidades de Anillo para tuberia PVC S-25 de 150mm; y 08 galones de lubricante para interconexion de tubos; segun el requerimiento Nº 01, presentado por el Ing. Residente Richard. E. MORDAZA Angeles; para la ejecucion de la Obra: "Construccion del sistema de alcantarillado de la localidad de Juipon- I etapa"; via exoneracion de MORDAZA de seleccion por la causal de desabastecimiento inminente y urgencia; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que los

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