Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2007 (07/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de setiembre de 2007

Otorgan plazo a los Trabajadores Autonomos Ambulantes del distrito para realizar el mantenimiento, remodelado y pintado de sus modulos de venta
DECRETO DE ALCALDIA Nº 03-2007-MPL
Pueblo Libre, 21 de agosto del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, administrativa y economica en los asuntos de su competencia; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecinadario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible y armonico de su circunscripcion; Que el numeral 3.2 del articulo 83 de la referida MORDAZA, senala que es funcion de las Municipalidades en materia de abastecimiento y comercializacion de productos y servicios, el regular y controlar el comercio ambulatorio de acuerdo con las normas establecidas por la municipalidad provincial; Que, mediante Ordenanza Nº 01-96-SC-MPL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de MORDAZA de 1996, se aprueba el Reglamento del Comercio Ambulatorio de la jurisdiccion del distrito de Pueblo Libre, el mismo que establece que para el desarrollo de sus actividades, el trabajador MORDAZA ambulante necesita de una autorizacion municipal de caracter temporal, personal e intransferible, cuyo otorgamiento obliga su registro en el padron correspondiente; Que, el articulo 11 del referido Reglamento dispone que los trabajadores autonomos ambulantes expediran sus productos en modulos, quiscos y equipos autorizados por la Municipalidad, debiendo ser uniformes en su MORDAZA y pintura, cuyas caracteristicas tecnicas no podran ser modificadas por ningun motivo; Que, mediante Informe Nº 002-2007-MPL-GDD/ SGDTPI-CVFO se da cuenta que se han realizado las coordinaciones correspondientes con los miembros de la Comision Tecnica Mixta que representa a los Trabajadores Autonomos Ambulantes del distrito con el fin de remodelar y pintar sus modulos de acuerdo con los MORDAZA y diseno determinado por la municipalidad asi como el uniforme que dichos trabajadores deberan usar, de acuerdo con la tonica establecida; Que, mediante Informe Nº 158-2007-MPL/OAJ, la Oficina de Asesoria Juridica de la Municipalidad de Pueblo Libre opina que resulta procedente la expedicion de la MORDAZA que dispone el pintado y remodelacion de los modulos de venta del comercio ambulatorio, asi como la utilizacion de nuevos uniformes para sus trabajadores; En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Otorgar a los Trabajadores Autonomos Ambulantes del distrito, un plazo de treinta (30) dias calendario a partir de la publicacion del presente Decreto, para realizar el mantenimiento, remodelado y pintado de sus modulos de venta, de acuerdo con las caracteristicas senaladas a continuacion: Fondo de Modulo de venta Base superior Texto en base superior Franja horizontal (sobre vidrio) Numero de Credencial Logotipo de la Municipalidad Franja debajo de logotipo Franja base inferior con texto Texto en base inferior Texto lateral "Serenazgo..." : : : : : : : : : : Esmalte MORDAZA Esmalte MORDAZA Cromo. Esmalte MORDAZA Esmalte MORDAZA Transito. Esmalte MORDAZA Cromo. Esmalte MORDAZA Cromo. Esmalte MORDAZA Transito. Esmalte MORDAZA Cromo. Esmalte MORDAZA Esmalte MORDAZA Cromo.

Articulo Segundo.- Disponer la utilizacion del uniforme que usaran los Trabajadores Autonomos Ambulantes del distrito segun la siguiente especificacion: Chaleco MORDAZA "reportero", color MORDAZA botella con adorno de cinta color MORDAZA, logotipo de la Municipalidad acompanado de la palabra "Autorizado" y del logotipo de la institucion que corresponda. Articulo Tercero.- Disponer la actualizacion del Padron de Trabajadores Autonomos Ambulantes del distrito de Pueblo Libre, lo cual estara a cargo de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones de la Municipalidad de Pueblo Libre. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Distrital, Gerencia de Servicios al Vecino y Subgerencia de Fiscalizacion Municipal, el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA

104729-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Aprueban Reglamento para la Eleccion de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local
ORDENANZA Nº 014-2007/MDPN
Punta Negra, 11 de agosto del 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA NEGRA POR CUANTO: Que, Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, se debatio el pedido sobre el Memorandum Nº 125-2007/ GM/MDPN de fecha 02.8.2007 sobre la aprobacion del Reglamento para la Eleccion de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad es un Organo de Gobierno Local que, goza de autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la de promover, apoyar y reglamentar la Participacion Vecinal en el Desarrollo Local, formula sus presupuestos con la participacion de la Poblacion, asi como son entidades basicas en la organizacion territorial del Estado y cabales inmediatos de participacion vecinal en las correspondientes colectividades. Y segun el Art. 17º de la Ley Nº 27883 "Ley de Bases de la Descentralizacion" senala que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana, en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuesto;

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